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Fecha de publicación: 23/05/2026
Decreto Supremo que aprueba el Plan Estratégico Multisectorial que implementa la Política Nacional Multisectorial de Seguridad y Defensa Nacional al 2030

Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República

RESOLUCIÓN JEFATURAL

Nº 199-2026-J/INEN

Surquillo, 15 de mayo de 2026

VISTOS:

El Informe N° 000118-2026-OCF-0GA/INEN de la Oficina de Contabilidad y Finanzas; los Memorandos N° 001056-2026-OGA/INEN de la Oficina General de Administración; el Informe N° 000684-2026-OPE-OGPP/INEN de la Oficina de Planeamiento Estratégico; el Memorando N° 000750-2026-OGPP/INEN de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe N° 00891-2026-OAJ/INEN de la Oficina de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley N° 28748, se crea como Organismo Público Descentralizado al Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas (en adelante, INEN), con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía económica, financiera, administrativa y normativa, adscrito al sector Salud, constituyendo Pliego Presupuestal, calificado como Organismo Público Ejecutor en concordancia con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y el Decreto Supremo N° 034-2008-PCM y sus modificatorias;

Que, por Decreto Supremo N° 001-2007-SA, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas (en adelante, ROF - INEN), estableciéndose su competencia, funciones generales y estructura orgánica, así como las funciones de sus diferentes Órganos y Unidades Orgánicas;

Que, el segundo párrafo del artículo 20° de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por el artículo 3° de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, dispone que las entidades de Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales quedan autorizados para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las Sociedades de Auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego así como del jefe de la oficina de administración y del jefe de la oficina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego;

Que, el tercer párrafo del artículo precitado establece que las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en caso del Gobierno Nacional , o por acuerdo del consejo regional o consejo municipal en el caso de los gobiernos regionales y gobiernos locales, respectivamente, requiriéndose en todos los casos el informe previo favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad ; siendo que la resolución del titular del pliego y el acuerdo del consejo regional se publican en el Diario Oficial El Peruano;

Que, con Resolución de Contraloría N° 237-2021-CG, de fecha 04 de noviembre del 2021, se aprueba el tarifario que establece el monto de retribución económica de las Sociedades de Auditoría por el periodo a auditar, que las entidades deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago de las mismas, previo concurso público de méritos, a fin que sean designadas para realizar labores de control posterior externo, de acuerdo al anexo que forma parte integrante de la citada Resolución;

Que, el apartado 7.2.1.2 del subnumeral 7.2.1 del numeral 7.2 del artículo 7° de la Directiva N° 006-2025-CG/GRECE “Gestión de Sociedades de Auditoría para la ejecución de Auditorías Financieras Gubernamentales”, aprobada con Resolución de Contraloría N° 314-2025-CG, establece que la Gerencia de Recursos Estratégicos en Control Gubernamental (GRECE) de la Contraloría General de la República solicita a las Entidades que son componentes significativos para la auditoría a la Cuenta General de la República, efectuar la transferencia financiera para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las Sociedades de Auditoría (SOA) y pagar el derecho de designación y supervisión. Asimismo, indica que el titular, la máxima autoridad administrativa o el representante legal de la Entidad, es responsable de considerar en el presupuesto de la Entidad los recursos suficientes y la previsión presupuestal para solventar el costo de la Auditoría Financiera Gubernamental (AFG), conforme a lo dispuesto en la normativa sobre presupuesto del Sector Público;

Que, mediante el Oficio N° 000236-2025-CG/GRECE, la GRECE comunicó a la Oficina General de Administración del INEN que para efectos de la contratación y designación de la Sociedad de Auditoría encargada de efectuar la auditoría financiera para los periodos 2025 y 2026, corresponde realizar la transferencia de la retribución económica e IGV por la suma de S/ 113 280,00 (CIENTO TRECE MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y 00/100 SOLES), por cada uno de los periodos objeto de auditoría, requiriendo que se efectúe la transferencia financiera de la retribución económica, incluido el IGV, por el período a auditar 2025, y se emita la correspondiente previsión presupuestaria para el período 2026; así como efectuar el pago de derecho de designación y supervisión por el monto de S/ 11 520,00 (ONCE MIL QUINIENTOS VEINTE Y 00/100 SOLES);

Que, en ese sentido, con la Resolución Jefatural N° 219-2025-J/INEN, se autorizó una Transferencia Financiera del Pliego 136: Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas, hasta por la suma de S/ 113 280,00 (CIENTO TRECE MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y 00/100 SOLES), para financiar el cien por ciento (100%) de la retribución económica, incluido el IGV, por el período a auditar 2025, así como el pago de derecho de designación por el monto de S/ 11 520,00 (ONCE MIL QUINIENTOS VEINTE Y 00/100 SOLES), por los períodos 2025 y 2026, a favor de la Unidad Ejecutora 002: Gestión de Proyectos y Fortalecimiento de Capacidades del Pliego 019: Contraloría General, correspondiente a los gastos que se deriven de la contratación y designación de la Sociedad de Auditoría que se encargará de realizar las labores de control posterior externo al INEN, en el marco de lo dispuesto por el artículo 20 de la Ley N° 27785;

Que, posteriormente, mediante Oficio N° 000865-2026-CG/GAD, la Gerencia de Administración de la Contraloría General de la República comunica al INEN que, en mérito al CPM N° 06-2025-CG se designó a la Sociedad de Auditoría que efectuará la auditoría financiera gubernamental por los periodos 2025 y 2026, precisando que, a la fecha, se encuentra pendiente realizar la transferencia de la retribución económica, incluido el IGV, por la suma de S/ 113 280,00 (CIENTO TRECE MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y 00/100 SOLES), por el período a auditar 2026, de acuerdo con el tarifario que establece el monto de la retribución económica, el IGV y el derecho de designación y supervisión de las Sociedades de Auditoría, aprobado mediante Resolución de Contraloría N° 237-2021-CG;

Que, mediante el Memorando N° 001056-2026-OGA/INEN, la Oficina General de Administración, en atención al Informe N° 000118-2026-OCF-OGA/INEN de la Oficina de Contabilidad y Finanzas, que hace suyo el Informe N° 000179-2026-UF-TES/INEN, elaborado por la Unidad Funcional de Tesorería, solicita la emisión de la certificación de crédito presupuestario para viabilizar la Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República, hasta por la suma de S/ 113 280,00 (CIENTO TRECE MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y 00/100 SOLES), correspondiente al cien por ciento (100%) de la retribución económica, incluido el IGV, para financiar los gastos que se deriven de la contratación de la Sociedad de Auditoría que se encargará de realizar las labores de control posterior externo al INEN, por el período a auditar 2026, en el marco de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N° 27785, modificado por la Ley N° 30742 y la Resolución de Contraloría N° 237-2021-CG;

Que, con Memorando N° 000750-2026-OGPP/INEN, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto traslada el Informe N° 000684-2026-OPG-OGPP/INEN, mediante el cual la Oficina de Planeamiento Estratégico, emite opinión favorable sobre la Transferencia Financiera a efectuarse a favor de la Unidad Ejecutora 001-196: Contraloría General del Pliego 019: Contraloría General, hasta por la suma de S/ 113 280,00 (CIENTO TRECE MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y 00/100 SOLES), para financiar el cien por ciento (100%) de la retribución económica, incluido el IGV, correspondiente a los gastos que se deriven de la contratación de la Sociedad de Auditoría que se encargará de realizar las labores de control posterior externo al Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas por el periodo a auditar 2026, en el marco de lo establecido en el artículo 20 de la Ley N° 27785, modificado por la Ley N° 30742 y la Resolución de Contraloría N° 237-2021-CG; por cuanto, se cuenta con los recursos disponibles en el presupuesto institucional del Pliego 136: Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas, en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, conforme a la Certificación de Crédito Presupuestario (CCP) N° 0000003215;

Que, mediante documento de vistos, la Oficina de Asesoría Jurídica emite opinión favorable a lo solicitado, por encontrarse conforme a la normatividad vigente;

Que, por lo expuesto resulta necesario autorizar, mediante una Resolución del Titular del Pliego, la Transferencia Financiera hasta por la suma de S/ 113 280,00 (CIENTO TRECE MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y 00/100 SOLES), por la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, a favor de la Unidad Ejecutora 001-196: Contraloría General del Pliego 019: Contraloría General, para financiar lo señalado en los considerandos precedentes, en el marco de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N° 27785, modificado por la Ley N° 30742, y por la Resolución de Contraloría N° 237-2021-CG;

Contando con el visto bueno de la Sub Jefatura Institucional; Gerencia General; Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; Oficina General de Administración; Oficina de Planeamiento Estratégico; Oficina de Contabilidad y Finanzas y la Oficina de Asesoría Jurídica; con las facultades conferidas en el ROF - INEN, aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2007-SA, y de conformidad con la Resolución Suprema N° 016-2022-SA;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Autorizar una Transferencia Financiera del Pliego 136: Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas, hasta por la suma de S/ 113 280,00 (CIENTO TRECE MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y 00/100 SOLES), a favor de la Unidad Ejecutora 001-196: Contraloría General del Pliego 019: Contraloría General, para financiar el cien por ciento (100%) de la retribución económica, incluido el IGV, correspondiente a los gastos que se deriven de la contratación de la Sociedad de Auditoría que se encargará de realizar las labores de control posterior externo al Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas, por el periodo a auditar 2026, en el marco de lo dispuesto por el artículo 20° de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por la Ley N° 30742, Ley de fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control.

Artículo Segundo.- La Transferencia Financiera autorizada mediante el artículo primero de la presente Resolución se realiza con cargo al presupuesto institucional del Pliego 136: Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas, para el Año Fiscal 2026, por la Fuente de Financiamiento: 1. Recursos Ordinarios, en la Categoría Presupuestaria: 9001. Acciones Centrales, Producto: 3999999. Sin Producto, Actividad: 5000003. Gestión Administrativa, Categoría de Gasto: 5. Gastos Corrientes, Genérica de Gasto: 4. Donaciones y Transferencias, Partida de Gasto: 2.4.1.3.1.1. A Otras Unidades del Gobierno Nacional.

Artículo Tercero.- Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada en el artículo primero de la presente Resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo Cuarto.- Encargar a la Oficina General de Administración del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas que realice las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución, su publicación en el Diario Oficial El Peruano y remitir copia de la Resolución a la Contraloría General de la República.

Artículo Quinto.- Encargar a la Oficina de Comunicaciones la publicación de la presente Resolución en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe), y en el Portal Institucional del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas (www.inen.sld.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FRANCISCO E.M. BERROSPI ESPINOZA

Jefe Institucional

2517626-1