Designan Jefe de la Oficina de Planificación del Fuero Militar Policial
Resolución Administrativa
N° 070-2026-FMP/P
Lima, 14 de mayo del 2026
VISTO:
El Memorándum N° 345-2026-FMP/DE del 14 de mayo 2026 y Memorándum N° 344-2026-FMP/DE del 14 de mayo 2026 del Director Ejecutivo del Fuero Militar Policial, el Informe de Cumplimiento N° 013-2026-FMP/DE/DIR.RRHH del 12 de mayo de 2026 suscrito por el Director de Recursos Humanos del Fuero Militar Policial, y el Informe Legal N° 116-2026-FMP/OAJ del 14 de mayo 2026 del Jefe de la Oficina de Asesoria Jurídica del Fuero Militar Policial.
CONSIDERANDO:
Que, la Ley N° 29182, Ley de Organización y Funciones del Fuero Militar Policial, se establece la naturaleza, estructura, organización, competencia, jurisdicción, funciones y atribuciones del Fuero Militar Policial, como órgano jurisdiccional autónomo, independiente e imparcial;
Que, el Reglamento de Organización y Funciones del Fuero Militar Policial, modificado por Resolución Administrativa N° 065-2022-FMP/CE/SG, en su articulo 8° Funciones de la Presidencia del Fuero Militar Policial, establece: numeral “8) Disponer la contratacion y remoción del personal de funcionarios, servidores y personal de confianza con arreglo a la normativa sobre la materia”;
Que, el Reglamento de Organización y Funciones del Fuero Militar Policial, modificado por Resolución Administrativa N° 065-2022-FMP/CE/SG, en su articulo 8° Funciones de la Presidencia del Fuero Militar Policial, establece: numeral “10) Emitir resoluciones relativas a sus funciones”;
Que, mediante Resolución Administrativa N° 042-2026-FMP/P del 27 de marzo de 2026, se designó temporalmente en el puesto de Jefe de la Oficina de Planificación del Fuero Militar Policial al señor Contralmirante (R) Carlos Valentin BALAREZO Burgos;
Que, mediante Memorándum N° 344-2026-FMP/DE del 14 de mayo de 2026, el Director Ejecutivo del Fuero Militar Policial, remite a la Oficina de Asesoría Jurídica del Fuero Militar Policial, el Informe de Cumplimiento N° 013-2026-FMP/DE/DIR.RRHH del 12 de mayo de 2026 del señor Capitán de Navío (R) Mikhail PADILLA Mera, para la emitir la opinión legal de nombramiento como Jefe de la Oficina de Planificación del Fuero Militar Policial;
Que, a través del Informe de Cumplimiento N°013-2026-FMP/DE/DIR.RRHH del 12 de mayo de 2026 del señor Capitán de Navío (R) Mikhail PADILLA Mera, el Director de Recursos Humanos del Fuero Militar Policial, concluye: “De acuerdo a lo señalado en el presente informe, según lo verificado en el Curriculum Vitae documentado, concluimos que el señor Capitán de Navío (R) Mikhail PADILLA Mera; “Sí cumple” con los requisitos para ejercer el cargo de Jefe de la Oficina de Planificación del Fuero Militar Policial, establecidos en el Manual Clasificador de Cargos y el Reglamento de la Ley N° 31419 y “no se encuentra” impedido/a o inhabilitado/a para el ejercicio de la función pública”.;
Que, la Ley N° 30057 - Ley del Servicio Civil, establece en su Artículo 3° literal e) la definición de “Servidor de confianza.- Es un servidor civil que forma parte del entorno directo e inmediato de los funcionarios públicos o directivos públicos y cuya permanencia en el Servicio Civil está determinada y supeditada a la confianza por parte de la persona que lo designó. Puede formar parte del grupo de directivos públicos, servidor civil de carrera o servidor de actividades complementarias. Ingresa sin concurso público de méritos, sobre la base del poder discrecional con que cuenta el funcionario que lo designa. No conforma un grupo y se sujeta a las reglas que correspondan al puesto que ocupa”;
Que, el Reglamento de la Ley N° 31419, aprobado por el Decreto Supremo N° 053-2022-PCM y sus modificatorias, establece: “Artículo 2° Responsabilidades. 2.1. Las Oficinas de Recursos Humanos, o las que hagan sus veces en la entidades públicas, son responsables de verificar el cumplimiento de los requisitos mínimos para el acceso a cargos o puestos de funcionarios y directivos públicos de libre designación y remoción. 2.2. Los funcionarios y directivos públicos de libre designación y remoción, tiene la obligación de presentar previo a su designación o en el marco de la adecuación al presente reglamento, la información que acredite el cumplimiento de los requisitos para el acceso a dichos cargos o puestos. (…)”;
Que, el Reglamento de la Ley N° 31419 establece: “Artículo 28.- Procedimiento de vinculación (…) 28.3 Verificación de impedimentos para el acceso a la función pública. El informe que emita la Oficina de Recursos Humanos, o la que haga sus veces, debe contener la verificación de que la persona propuesta no cuente con impedimentos para el acceso a la función pública. Para tal efecto se revisa obligatoriamente la información proporcionada por la Plataforma de Debida Diligencia del Sector Público, el Registro Nacional de Sanciones contra Servidores Civiles, el Registro de Deudores de Reparaciones Civiles y el Registro de Deudores Alimentarios Morosos, de encontrarse inscrito en este último deberá cancelar el registro o autorizar el descuento por planilla o por otro medio de pago, previo a la expedición de la resolución de designación correspondiente, de acuerdo a la Ley Nº 28970, Ley que crea el registro de Deudores Alimentarios Morosos. Adicionalmente, debe considerarse los registros disponibles vinculados a cargos y funciones específicas creadas con normas con rango de ley, según se detalla en el Compendio Normativo sobre Impedimentos para el Acceso a la Función Pública, Anexo Nº 01 al presente Reglamento (…)”;
A lo dispuesto por el Presidente del Fuero Militar Policial, lo propuesto por el Director Ejecutivo del Fuero Militar Policial, lo recomendado por el Director de Recursos Humanos del Fuero Militar Policial, y lo opinado por el Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica del Fuero Militar Policial.
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- DEJAR sin efecto la designación temporal del puesto de jefe de la Oficina de Planificación del Fuero Militar Policial, del señor Contralmirante (R) Carlos Valentin BALAREZO Burgos, y darle las gracias por los servicios prestados.
Artículo 2°.- DESIGNAR, en el cargo de confianza de Jefe de la Oficina de Planificación del Fuero Militar Policial al Capitán de Navío (R) Mikhail PADILLA Mera, a partir de la emisión de la presente resolución.
Artículo 3°.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe/fmp), en el Portal de Transparencia Estándar, y en el Diario Oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Dario VÁSQUEZ Rojas
Presidente del Fuero Militar Policial
2517375-1