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Fecha de publicación: 22/05/2026
Decreto Supremo que prorroga el Estado de Emergencia declarado en las provincias de Trujillo y Virú del departamento de La Libertad y declara el Estado de Emergencia en la provincia de Chepén del departamento de La Libertad

Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República

Resolución Ministerial

N° 279-2026-RE

Lima, 19 de mayo de 2026

VISTOS:

El Oficio N° 000836-2026-CG/GAD, de 28 de enero de 2026, emitido por la Contraloría General de la República; el Memorándum N° OPP007202026, de 26 de marzo de 2026, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; los Memorandos N° OGA005612025 y OGA005772026, de 25 y 27 de marzo de 2026, respectivamente, de la Oficina General de Administración; el Memorándum N° LEG005502026, de 30 de marzo de 2026, de la Oficina General de Asuntos Legales; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificada mediante Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, tiene por objeto propender al apropiado, oportuno y efectivo ejercicio del control gubernamental, para prevenir y verificar, mediante la aplicación de principios, sistemas y procedimientos técnicos, la correcta, eficiente y transparente utilización y gestión de los recursos y bienes del Estado, el desarrollo honesto y probo de las funciones y actos de las autoridades, funcionarios y servidores públicos; así como el cumplimiento de metas y resultados obtenidos por las instituciones sujetas a control, con la finalidad de contribuir y orientar el mejoramiento de sus actividades y servicios en beneficio de la Nación;

Que, de conformidad con el artículo 3 de la citada Ley N° 27785, las normas que se encuentran contenidas en ella y aquellas que emita la Contraloría General de la República son aplicables a todas las entidades sujetas a control por el Sistema, independientemente del régimen legal o fuente de financiamiento bajo el cual operen, siendo una de ellas, el Gobierno Central, sus entidades y órganos que, bajo cualquier denominación, formen parte del Poder Ejecutivo, incluyendo las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional, y sus respectivas instituciones;

Que, el artículo 20 de la referida Ley N° 27785 autoriza a las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales, a realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República, para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego; así como del jefe de la oficina de administración y del jefe de la oficina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego. Las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, requiriéndose el informe previo favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. La citada resolución es publicada en el Diario Oficial El Peruano;

Que, bajo dicho marco normativo, la Contraloría General de la República, mediante Resolución de Contraloría N° 237-2021-CG, aprueba el Tarifario que establece el monto por retribución económica, el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de Sociedades de Auditoría que las entidades del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, entre otras, deben transferir a la Contraloría General de la República, para la contratación y pago a las Sociedades de Auditoría que, previo concurso público de méritos, sean designadas para realizar labores de control posterior externo;

Que, a través del oficio de Vistos, la Contraloría General de la República solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores una transferencia financiera por S/ 252,728,00 (Doscientos cincuenta y dos mil setecientos veintiocho y 00/100 soles), por concepto del 100% de la retribución económica a la Sociedad de Auditoría que realice las labores de control posterior externo del Ministerio de Relaciones Exteriores, correspondiente al periodo 2026;

Que, mediante Memorándum N° OGA005612025, de 25 de marzo de 2026, la Oficina General de Administración solicita a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto la certificación presupuestal e informe correspondiente para atender la transferencia financiera solicitada, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República;

Que, a través del Informe (OPR) N° OPR0026/2026, de 26 de marzo de 2026, la Oficina de Programación y Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto opina favorablemente sobre la viabilidad presupuestal para realizar la trasferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República, destinada al pago de la retribución económica de la Sociedad de Auditoría que realice las labores de control posterior externo del Ministerio de Relaciones Exteriores, correspondiente al periodo 2026;

Que, mediante Memorándum Nº OPP007202026, de 26 de marzo de 2026, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto comunica la emisión de la Nota N° 0000001361 que otorga certificación de crédito presupuestario por el monto de S/ 252 728,00 (Doscientos cincuenta y dos mil setecientos veinte y ocho y 00/100 soles) para atender la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República;

Con los visados de la Secretaría General, la Oficina General de Administración, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina General de Asuntos Legales;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; la Ley 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; la Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Resolución Ministerial N° 0516-2025-RE; y, la Resolución de Contraloría N° 237-2021-CG;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Transferencia Financiera

Se autoriza la Transferencia Financiera del Pliego 008: Ministerio de Relaciones Exteriores por S/ 252 728,00 (Doscientos cincuenta y dos mil setecientos veintiocho y 00/100 soles), a favor de la Unidad Ejecutora 001-196: Contraloría General de la República, para financiar el pago de la retribución económica de la contratación de la Sociedad de Auditoría que realice las labores de control posterior externo del Ministerio de Relaciones Exteriores, correspondiente al periodo 2026.

Artículo 2.- Financiamiento

La transferencia financiera autorizada en el artículo precedente se atiende con cargo al presupuesto aprobado para el presente año fiscal del Pliego 008: Ministerio de Relaciones Exteriores, por la Meta 319 (0000583) “Desarrollo de Actividades Contables y Financieras”, Centro de Costo: 02.04.02 Oficina de Finanzas, Actividad Operativa: AOI00004500219, Clasificador de gasto: 2.4.1.3.1.1 A Otras Unidades del Gobierno Nacional, Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios.

Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos

Los recursos de la transferencia financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- Remisión y cumplimiento

Se encarga a la Oficina General de Administración remitir copia de la presente Resolución Ministerial a la Contraloría General de la República y efectuar las acciones administrativas correspondientes para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución.

Artículo 5.- Publicación

Se dispone la publicación de la presente resolución en la sede digital del Ministerio de Relaciones Exteriores (www.gob.pe/rree), siendo responsable de dicha acción la Oficina General de Comunicación Estratégica y Proyección de Imagen Internacional, el mismo día de la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Carlos Pareja

Ministro de Relaciones Exteriores

2517246-1