Ordenanza que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos
del Servicio de Administración Tributaria
ORDENANZA Nº 2823
LA TENIENTE ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA, ENCARGADA DEL
DESPACHO
POR CUANTO:
El Concejo Metropolitano de Lima, en sesión ordinaria de la fecha; en uso de las facultades previstas en los artículos 9 y 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización a través del Dictamen Nº 038-2026-MML/CMAEO y por la Comisión Metropolitana de Asuntos Legales en su Dictamen Nº 045-2026-MML/CMAL; por mayoría y con dispensa del trámite de aprobación del acta para su inmediata ejecución;
Ha dado la ordenanza la siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
Artículo 1.- Aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos
Apruébese el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Servicio de Administración Tributaria de Lima, el cual contiene quince procedimientos administrativos y diez servicios prestados en exclusividad que, como anexo, forma parte integrante de la presente ordenanza.
Artículo 2.- Aprobación de procedimientos, servicios, requisitos y costos
Apruébese los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, así como sus requisitos y derechos de tramitación contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Servicio de Administración Tributaria de Lima.
Artículo 3.- Aprobación de formatos
Apruébese los formatos para la tramitación de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad incluidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Servicio de Administración Tributaria de Lima, según se detalla a continuación:
|
CÓDIGO |
DENOMINACIÓN DEL FORMATO |
APLICABLE AL TRÁMITE |
|
SARFO0205 |
Solicitud de acceso a la información pública. |
Acceso a la información pública creada u obtenida por la entidad, que se encuentre en su posesión o bajo su control. |
|
SARFO0380 |
Solicitud de constancia de identificación de responsabilidad de pago deuda no tributaria - tránsito. |
Constancia de identificación de responsabilidad de pago por deuda no tributaria - tránsito. |
|
SGCFO0390 |
Solicitud de constancia de no adeudo tributario. |
Constancia de no adeudo por deuda tributaria. |
|
SARFO0249 |
Solicitud de compensación o devolución (pagos indebidos o en exceso). |
Solicitud de compensación en materia tributaria. |
|
Solicitud de devolución y/o compensación en materia de multas de tránsito y multas de transporte. |
||
|
Solicitud de devolución en materia tributaria |
||
|
Solicitud de devolución y/o compensación en materia de multas administrativas. |
||
|
SARFO0391 |
Solicitud de prescripción de deuda. |
Solicitud de prescripción en materia de multas de tránsito y multas de transporte. |
|
Solicitud de prescripción en materia tributaria. |
||
|
Solicitud de prescripción en materia de multas administrativas. |
||
|
SECFO0273 |
Solicitud de tercería de propiedad por deuda tributaria o no tributaria. |
Tercería de propiedad ante cobranza de obligaciones no tributarias. |
|
Tercería de propiedad ante cobranza de obligaciones tributarias |
||
|
GEOFO0381 |
Solicitud de copia certificada o fedateada. |
Copia certificada o fedateada de documentos emitidos por el SAT. |
|
SGCFO0392 |
Solicitud de constancia de no adeudo no tributario. |
Constancia de no adeudo por deuda no tributaria. |
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES
Primera.- Actualización de formatos
Facultar al Servicio de Administración Tributaria de Lima para actualizar, previo sustento y mediante resolución de gerencia general, los formatos citados en el artículo 3 de la presente ordenanza, disponiendo su publicación oportuna en su portal institucional.
Segunda.- Vigencia de la ordenanza
La presente ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano.
Tercera.- Publicación
Encargar a la Oficina General de la Secretaría del Concejo la publicación de la presente ordenanza en el diario oficial El Peruano y, a la Oficina de Gobierno Digital, su publicación en el Portal de Transparencia Estándar – PTE de la Municipalidad Metropolitana de Lima: https://transparencia.munlima.gob.pe y, al Servicio de Administración Tributaria de Lima, en su página web institucional: www.sat.gob.pe, el mismo día de su publicación en el diario oficial.
DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA
Única.- Entrada en vigencia de los servicios de atención no presencial
Los servicios de atención no presencial, detallados a continuación, entrarán en vigencia a los treinta días hábiles siguientes de la publicación de la presente ordenanza en el diario oficial El Peruano:
|
Nº |
SERVICIOS |
|
1 |
Autenticación digital de documentos emitidos con firma manuscrita por el SAT. |
|
2 |
Re - impresión de declaración jurada o liquidación de tributos - HR/PU (impuesto predial, impuesto al patrimonio vehicular, impuesto de alcabala, arbitrios y otros). |
|
3 |
Constancia de no adeudo por deuda no tributaria. |
|
4 |
Constancia de no obligación al pago del impuesto de alcabala (emitido por agencia SAT o notarias afiliadas). |
|
5 |
Reporte de infracciones al RNT, RTC y VM de conductor/peatón (Detalle de infracciones por licencia de conducir o por DNI). |
|
6 |
Reporte de multas de tránsito registradas en Lima Metropolitana (detalle de multas pendientes por vehículo). |
|
7 |
Constancia de identificación de responsabilidad de pago por deuda no tributaria - tránsito. |
El Servicio de Administración Tributaria de Lima habilitará e integrará los soportes tecnológicos necesarios para la presentación de los servicios de atención no presencial, en el plazo establecido en el párrafo precedente.
DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA
Única.- Derogatoria
Derogar la Ordenanza Nº 1967 que aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Servicio de Administración Tributaria, sus modificatorias, los Decretos de Alcaldía Nº 003 publicado el 25 de mayo de 2017 y Nº 008 publicado el 5 de setiembre de 2018, así como todas las demás normas que se opongan a la presente ordenanza.
POR TANTO:
Al promulgarla, mando se registre, publique, comunique y cumpla.
Dada en el Palacio Municipal de Lima, a los catorce días de mayo de dos mil veintiséis.
FABIOLA MARÍA MORALES CASTILLO
Teniente Alcalde
* El TUPA se publica en la página WEB del Diario Oficial El Peruano, sección Normas Legales.