Aceptan la renuncia de fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Norte
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN
Nº 1412-2026-MP-FN
Lima, 19 de mayo de 2026
VISTOS:
El oficio Nº 001539-2026-MP-FN-CN-FISPREV, de fecha 6 de mayo de 2026, e informe Nº 0315-2026-MP-FN-OREF-MYGL, de fecha 18 de mayo de 2026, y;
CONSIDERANDO:
Mediante el oficio de vistos, cursado por el Coordinador Nacional de las Fiscalías en Prevención del Delito, se remite y expresa conformidad a la carta presentada en fecha 4 de mayo de 2026, suscrita por el abogado Segundo Guillermo Huaman Jambo, fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Norte, designado en la Segunda Fiscalía Provincial Especializada en Prevención del Delito de Lima Norte, quien presenta su renuncia al cargo por motivos personales y de salud.
En su carta de renuncia, el citado abogado solicita la exoneración del plazo de anticipación previsto en la ley, para que su renuncia se haga efectiva a partir del 31 de mayo de 2026, ante lo cual su jefe inmediato otorga su visto bueno, por lo que cumple con los lineamientos establecidos en el oficio circular Nº 001-2022-MP-FN-PJFS, de fecha 20 de abril de 2022.
Por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1085-2026-MP-FN, de fecha 16 de abril de 2026, se resolvió nombrar al abogado Segundo Guillermo Huaman Jambo, como fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Norte, designándolo en la Segunda Fiscalía Provincial Especializada en Prevención del Delito de Lima Norte, con reserva de su plaza de origen.
El numeral 3 del artículo 106 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, prevé que el cargo de fiscal termina, entre otros, por motivo de renuncia desde que es aceptada. El artículo 183 del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, establece que “el término de la carrera administrativa se expresa por resolución del titular de la Entidad o de quien esté facultado para ello, con clara mención de la causal que se invoca y los documentos que acrediten la misma” (aplicación supletoria al régimen especial de carrera de los señores fiscales).
En virtud de la facultad concedida al Fiscal de la Nación, conforme al marco normativo antes citado y en mérito a lo señalado en el informe Nº 0315-2026-MP-FN-OREF-MYGL, de fecha 18 de mayo de 2026, resulta necesario emitir el acto resolutivo que acepte la renuncia del abogado Segundo Guillermo Huaman Jambo, a partir del 31 de mayo de 2026.
De conformidad con lo establecido en el artículo 64 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por el abogado Segundo Guillermo Huaman Jambo, como fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Norte, y a su designación en la Segunda Fiscalía Provincial Especializada en Prevención del Delito de Lima Norte, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1085-2026-MP-FN, de fecha 16 de abril de 2026, a partir del 31 de mayo de 2026.
Artículo Segundo.- Disponer que la Oficina General de Potencial Humano y/o Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal respectivo, realice la gestión correspondiente en relación al abogado Segundo Guillermo Huaman Jambo, quien se encuentra con reserva de su plaza como personal administrativo registrado en el Sistema Integrado de Gestión Administrativa (SIGA).
Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento al abogado Segundo Guillermo Huaman Jambo que debe efectuar la entrega de cargo, conforme a lo dispuesto en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002.
Artículo Cuarto.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Norte, Coordinador Nacional de las Fiscalías en Prevención del Delito, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Integridad Institucional, Oficina de Control de la Productividad Fiscal, Registro Nacional de Detenidos y Sentenciados a Pena Privativa de Libertad Efectiva, Oficina de Imagen Institucional y al abogado mencionado.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Tomás Aladino Gálvez Villegas
Fiscal de la Nación
2516955-3