Modifican el artículo 1 de la Resolución Directoral Nº D000009-2026-MIDAGRI-SENASA-DSA
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
Nº D000019-2026-MIDAGRI-SENASA-DSA
La Molina, 18 de mayo de 2026
VISTO:
El INFORME N° D000021-2026-MIDAGRI-SENASA-DSA-SARVE de fecha 22 de abril de 2026, emitido por la Subdirección de Análisis de Riesgo y Vigilancia Epidemiológica de la Dirección de Sanidad Animal del Servicio Nacional de Sanidad Agraria; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Resolución Directoral N° D000009-2026-MIDAGRI-SENASA-DSA, publicada el 7 de marzo de 2026 en el diario oficial El Peruano, se reconoce como libre de las enfermedades de influenza aviar de alta patogenicidad y de Newcastle al compartimento perteneciente a la empresa Agrogen Desenvolvimiento Genético S.A., con certificación N° 006 otorgada por el Ministerio de Agricultura y Ganadería de la República Federativa de Brasil, la cual se encuentra comprendida por los siguientes establecimientos: RS-03982-9, RS-005128-4 y RS-003982-9;
Que, a través del informe del visto, la Subdirección de Análisis de Riesgo y Vigilancia Epidemiológica manifiesta que en una revisión complementaria de los documentos presentados por la empresa Agrogen Desenvolvimiento Genético S.A. mediante el Oficio N° 160/2025/LIMA, se ha identificado la necesidad de incorporar a la unidad productiva Granja Dona Ana (RS-050989) como parte del compartimento de la citada empresa, interesada en exportar material genético avícola a nuestro país;
Que, en el informe del visto se señala que de conformidad con los Lineamientos para el reconocimiento de compartimento libre de la enfermedad de influenza aviar y/o Newcastle para la exportación a Perú de huevo para incubar y ave de corral de un día, aprobados mediante la Resolución Directoral N° D000013-2025-MIDAGRI-SENASA-DSA, se verifica que la documentación de la unidad productiva Granja Dona Ana cumple con las exigencias requeridas para el reconocimiento solicitado; por consiguiente, recomienda que la unidad productiva Granja Dona Ana se incluya en el artículo 1 de la Resolución Directoral N° D000009-2026-MIDAGRI-SENASA-DSA, al ser un establecimiento que forma parte integrante del compartimento de la empresa Agrogen Desenvolvimiento Genético S.A.;
Que, en atención a lo informado por la Subdirección de Análisis de Riesgo y Vigilancia Epidemiológica, se estima necesario modificar el artículo 1 de la Resolución Directoral N° D000009-2026-MIDAGRI-SENASA-DSA a efectos de incluir a la referida unidad productiva;
Que, el literal a) del artículo 28 del Reglamento de Organización y Funciones del SENASA, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 008-2005-AG, señala que la Dirección de Sanidad Animal tiene como función establecer, conducir y coordinar un sistema de control y supervisión zoosanitaria, tanto al comercio nacional como internacional, de productos y subproductos pecuarios;
Con las visaciones del Director de la Subdirección de Análisis de Riesgo y Vigilancia Epidemiológica y de la Directora General de la Oficina de Asesoría Jurídica;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- MODIFICAR el artículo 1 de la Resolución Directoral N° D000009-2026-MIDAGRI-SENASA-DSA por las razones expuestas en la parte considerativa del presente acto resolutivo, el cual queda redactado de la siguiente manera:
“Artículo 1.- RECONOCER como libre de las enfermedades de influenza aviar y de Newcastle al compartimento perteneciente a la empresa Agrogen Desenvolvimiento Genético S.A., con certificación N° 006, otorgado por el Ministerio de Agricultura y Ganadería de la República Federativa de Brasil, el cual se encuentra comprendido por los siguientes establecimientos:
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Tipo de unidades |
Denominaciones de los establecimientos |
Registros otorgados por el Ministerio de Agricultura y Ganadería de la República Federativa de Brasil |
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Unidad productiva |
Planta de Incubación |
RS-03982-9 |
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Granja Flor de Guararapes |
RS-005128-4 |
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Granja Dona Ana |
RS-005098-9 |
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Unidad funcional |
Fábrica de Pienso Montenegro |
RS-003982-9 |
Artículo 2.- MANTENER SUBSISTENTES, en todos sus extremos, las demás disposiciones de la Resolución Directoral N° D000009-2026-MIDAGRI-SENASA-DSA que no fueron modificadas por el presente acto resolutivo.
Artículo 3.- DISPONER la publicación de la presente Resolución Directoral en el sitio digital del Servicio Nacional de Sanidad Agraria (www.gob.pe/senasa), el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
EGLINTON RUBÉN VILLACAQUI AYLLÓN
Director General (e)
Dirección de Sanidad Animal
Servicio Nacional de Sanidad Agraria
2516779-1