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Fecha de publicación: 20/05/2026
Autorizan viaje de representante de PROMPERÚ a Canadá, en comisión de servicios

Autorizan viaje de personal policial a España, en comisión de servicios

Resolución Ministerial

N° 0663-2026-IN

Lima, 18 de mayo del 2026

VISTOS, los Oficios N° 521-2026-COMOPPOL/DIRASINT-DIVABI y N° 537-2026-COMOPPOL PNP/DIRASINT-DIVABI, de la División de Administración de Becas Internacionales de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú, y el Informe N° 001097-2026-IN-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Suprema N° 165-2015-JUS, el Estado peruano accedió a la solicitud de extradición activa del ciudadano español JUAN ANTONIO ARANDA TORRIJOS, del Reino de España, formulada por la Sala Penal Nacional de la Corte Suprema de Justicia de la República, y declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, para ser procesado en la República del Perú por la presunta comisión del delito contra la Salud Pública - Tráfico Ilícito de drogas agravado, en agravio del Estado peruano y disponer su presentación por vía diplomática al Reino de España, de conformidad con el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso;

Que, a través de los Mensajes IP MADRID, con Referencias N° EEG6/11816/DOV/22369/8 y EEG6/11816/JPA/8, de fecha 26 de marzo y 30 de abril de 2026, respectivamente, la Oficina Central Nacional de INTERPOL - Madrid informa a la Oficina Central Nacional de INTERPOL - Lima, que ha sido aceptada la propuesta de programación para ejecutar la referida extradición del ciudadano español JUAN ANTONIO ARANDA TORRIJOS;

Que, mediante Informe N° 297-2026-COMOPPOL PNP/DIRASINT-PNP/OCN INTERPOL-L-DEPICJE, la Oficina Central Nacional INTERPOL - Lima, sustenta la designación del Coronel de la Policía Nacional del Perú HANS VICTOR HUGO RUIZ MARIN y del Suboficial Técnico de Primera de la Policía Nacional del Perú FREDDY ARTURO INCA CONDORPUZA, para que viajen en comisión de servicio, a la ciudad de Madrid del Reino de España, a fin de recibir, custodiar y trasladar a nuestro país, al ciudadano español JUAN ANTONIO ARANDA TORRIJOS;

Que, con Hoja de Estudio y Opinión N° 164-2026-COMOPPOL/DIRASINT-DIVABI, precisada mediante Oficio N° 537-2026-COMOPPOL PNP/DIRASINT-DIVABI, el Comando de Operaciones Policiales de la Policía Nacional del Perú estima conveniente se prosiga con el trámite de expedición de la resolución que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal policial mencionado precedentemente, del 23 al 29 de mayo de 2026, a la ciudad de Madrid del Reino de España, para que ejecuten la extradición activa antes citada;

Que, el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2025-IN, establece en el numeral 112.3 del artículo 112 que “La Oficina Central Nacional INTERPOL - Lima tiene las funciones siguientes: (…) 5) Planificar y ejecutar las extradiciones activas y pasivas de ciudadanos nacionales o extranjeros, requeridos por la autoridad judicial nacional o extranjera y que se encuentren en territorio nacional o internacional, vía los canales y procedimientos diplomáticos correspondientes, en el marco de la legislación vigente y los Tratados de Extradición de los cuales el Perú es parte; (…)”;

Que, la participación del mencionado personal policial en la comisión asignada, se encuentra en el ámbito de las competencias de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos por concepto de viáticos del citado personal policial, son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la PNP, del Pliego 007: Ministerio del Interior, conforme a la Certificación de Crédito Presupuestario Nota N° 0000001739, y los gastos por pasajes aéreos (ida y vuelta) serán asumidos por el Poder Judicial, conforme se precisa en el Informe N° 297-2026-COMOPPOL PNP/DIRASINT-PNP/OCN INTERPOL-L-DEPICJE y en la Hoja de Estudio y Opinión N° 164-2026-COMOPPOL/DIRASINT-DIVABI;

Que, el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, en su artículo 3 establece que “Los viajes al exterior con carácter oficial comprenden las modalidades siguientes: (…) Comisión de servicio (…)”;

Que, asimismo el Decreto Supremo N° 001-2009-IN en su artículo 1 dispone “Hacer extensivo al personal policial y civil de la Policía Nacional del Perú los alcances del Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG (…)”;

Que, la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, en su artículo 10 establece que “10.1. Durante el Año Fiscal 2026, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica, (…) La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias. (…)”;

Que, mediante Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, se aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, el cual en su artículo 2, referido al contenido del acto de autorización, establece que “La Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. (…)”;

Que, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM en su artículo 1 establece que “(…) La autorización de viajes al exterior de personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, conforme a la Ley N° 27619 y el presente Reglamento”;

Que, asimismo, el artículo 4 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM señala que “Las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano (…)”;

Que, a través del Informe de Vistos, la Oficina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable tramitar el proyecto de resolución que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal policial descrito en la parte resolutiva de la presente Resolución Ministerial, del 23 al 29 de mayo de 2026, a la ciudad de Madrid del Reino de España;

Con el visado de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior;

De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Decreto Legislativo N° 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, el Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial N° 0464-2026-IN;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del 23 al 29 de mayo de 2026, a la ciudad de Madrid del Reino de España, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución, del siguiente personal policial:

- Coronel PNP HANS VICTOR HUGO RUIZ MARIN

- Suboficial Técnico de Primera PNP FREDDY ARTURO INCA CONDORPUZA

Artículo 2.- Los gastos por concepto de viáticos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución son cubiertos con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la PNP, del Pliego 007: Ministerio del Interior, de acuerdo con el siguiente detalle:

Viáticos efectivos policiales

Importe

Días

Personas

Total

US$ 540,00

5

2

US$ 5 400,00

Artículo 3.- Disponer que el personal policial cuyo viaje se autoriza, presente al Titular de la Entidad, dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno, un informe detallado donde describa las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los viáticos asignados.

Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ MERCEDES ZAPATA MORANTE

Ministro del Interior

2516706-1