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Fecha de publicación: 20/05/2026
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Aprueban la Política Antisoborno del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 200-2026-VIVIENDA

Lima, 18 de mayo de 2026

VISTOS:

La Nota Nº 00000097-2026/SG/OILCC de la Oficina de Integridad y Lucha contra la Corrupción (OILCC); el Memorándum Nº 613-2026-VIVIENDA/SG-OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto (OGPP); el Informe Nº 436-2026-VIVIENDA/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica (OGAJ); y,

CONSIDERANDO:

Que, con el Decreto Supremo Nº 092-2017-PCM, se aprueba la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción, que tiene como objetivo general contar con instituciones transparentes e íntegras que practican y promueven la probidad en el ámbito público, sector empresarial y la sociedad civil; y, garantizar la prevención y sanción efectiva de la corrupción a nivel nacional, regional y local con la participación activa de la ciudadanía;

Que, mediante el Decreto Supremo Nº 042-2018-PCM, se establecen medidas para fortalecer la integridad pública, orientadas a garantizar la actuación correcta, transparente y eficiente de los servidores civiles; con la finalidad de contribuir al cumplimiento de las políticas en materia de integridad pública, como parte de las acciones de prevención y lucha contra la corrupción, en el marco de la consolidación de la democracia, el Estado de Derecho y el buen gobierno;

Que, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) cuenta con el Certificado Nº ER-0061-21-AS del Sistema de Gestión Antisoborno (SGAS), basado en la Norma Internacional ISO 37001:2016, con vigencia hasta el 08 de julio de 2027;

Que, a través de la Directiva Nº 002-2021-PCM/SIP “Lineamientos para fortalecer una cultura de integridad en las entidades del sector público”, aprobada por la Resolución de Secretaría de Integridad Pública Nº 002-2021-PCM/SIP, se desarrolla el componente “Gestión de riesgos que afecten la integridad pública” a través de la ejecución de los subcomponentes: i) identificación, evaluación y mitigación de los procesos o actividades que generen riesgos que afecten la integridad pública; y, ii) mapa de riesgos y controles;

Que, con la Resolución Ministerial Nº 312-2023-VIVIENDA, se aprueba la Política Antisoborno del MVCS, de conformidad con lo previsto en el Decreto Supremo Nº 092-2017-PCM, que aprueba la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción y la Norma Técnica Peruana NTP-ISO 37001:2017 “Sistema de gestión antisoborno. Requisitos con orientación para su uso”;

Que, mediante el Decreto Supremo Nº 148-2024-PCM, se aprueba el Modelo de Integridad, el cual tiene por finalidad fortalecer la cultura de integridad en las entidades públicas, incrementando su capacidad de prevención y respuesta frente a prácticas antiéticas o corruptas, así como asegurar un servicio orientado al interés general y a la creación de valor público;

Que, en febrero de 2025, la Organización Internacional de Normalización (ISO) publica la Norma ISO 37001:2025 “Sistemas de gestión antisoborno - Requisitos con orientación para su uso”, incorporando enfoques reforzados en materia de gestión de riesgos, contexto organizacional, integración del sistema y mejora continua;

Que, asimismo, el subnumeral 5.1.2 del numeral 5.1 y el subnumeral 5.3.2 del numeral 5.3 del Capítulo 5 de la Norma ISO 37001:2025, señalan que la alta dirección debe demostrar liderazgo y compromiso con respecto al sistema de gestión antisoborno, asegurándose que se establezcan la política antisoborno y los objetivos antisoborno, así como el logro de los resultados previstos; y, debe asignar la función antisoborno a las personas que tengan la competencia, el estatus, la autoridad y la independencia apropiadas para ejecutar la función de cumplimiento de la política antisoborno de la organización;

Que, con la Resolución Directoral Nº 000017-2025-INACAL/DN, se aprueba la Norma Técnica Peruana NTP-ISO 37001:2025 “Sistemas de gestión antisoborno. Requisitos con orientación para su uso. 2ª Edición”, la cual acoge la Norma Internacional ISO 37001:2025; constituyendo un referente técnico nacional para la implementación, mantenimiento y mejora continua de los sistemas de gestión antisoborno y, asimismo, deja sin efecto la NTP-ISO 37001:2017;

Que, los literales d) y k) del artículo 24-A del Reglamento de Organización y Funciones del MVCS, aprobado por el Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, establecen que la OILCC tiene como función promover y realizar actividades vinculadas al fomento de la ética, transparencia y lucha contra la corrupción; así como, elaborar y proponer, a la Alta Dirección, normas relacionadas a las materias de su competencia;

Que, a través de la Nota Nº 00000097-2026/SG/OILCC, sustentada en el Informe Nº 0015-2026-VIVIENDA-SG/OILCC/bbarletti, la OILCC sustenta técnicamente la propuesta de actualización de la Política Antisoborno, señalando que la misma permite alinear el SGAS a la Norma ISO 37001:2025, fortaleciendo el enfoque basado en riesgos, la debida diligencia, la trazabilidad de decisiones y la mejora continua, contribuyendo además, a reducir la exposición a riesgos de soborno y fortalecer la integridad institucional; así como propone la derogación de la Resolución Ministerial Nº 312-2023-VIVIENDA;

Que, con el Memorándum Nº 613-2026-VIVIENDA/SG-OGPP, la OGPP hace suyo el Informe Nº 0164-2026-VIVIENDA/SG-OGPP-OPM de la Oficina de Planeamiento y Modernización, mediante el cual se considera viable la continuación del trámite de actualización de la Política Antisoborno del MVCS; asimismo, se señala que dicha propuesta ha incorporado los nuevos enfoques de la Norma ISO 37001:2025, y se encuentra vinculada a la Acción Estratégica Institucional 08.02: “Capacidades preventivas y defensivas fortalecidas frente a la corrupción, inconductas funcionales y prácticas cuestionables en el MVCS”, la cual está alineada al Objetivo Estratégico Institucional 08: Fortalecer la gestión institucional del MVCS;

Que, mediante el Informe Nº 436-2026-VIVIENDA/SG-OGAJ, la OGAJ emite opinión favorable para que se derogue la Resolución Ministerial Nº 312-2023-VIVIENDA, y se expida una Resolución Ministerial que apruebe la propuesta de nueva Política Antisoborno del MVCS;

Que, en consecuencia, es necesario aprobar la nueva Política Antisoborno del MVCS propuesta por la OILCC; así como, derogar la Resolución Ministerial Nº 312-2023-VIVIENDA;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA; el Decreto Supremo Nº 092-2017-PCM, que aprueba la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción; el Decreto Supremo Nº 148-2024-PCM, Decreto Supremo que aprueba el Modelo de Integridad para fortalecer la capacidad de prevención y respuesta frente a la corrupción en las entidades del sector público; y, la Resolución de Secretaría de Integridad Pública Nº 002-2021-PCMSIP, que aprueba la Directiva Nº 002-2021-PCM-SIP “Lineamientos para fortalecer una cultura de integridad en las entidades del sector público”;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Derogar la Resolución Ministerial
Nº 312-2023-VIVIENDA

Se deroga la Resolución Ministerial
Nº 312-2023-VIVIENDA, que aprueba la Política Antisoborno del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento.

Artículo 2.- Aprobación de la Política Antisoborno

Se aprueba la Política Antisoborno del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 3.- Función Antisoborno

Se designa al Jefe de la Oficina de Integridad y Lucha contra la Corrupción como responsable de ejercer la Función Antisoborno del Sistema de Gestión Antisoborno del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, conforme a lo establecido en el numeral 5.3.2 de la Norma ISO 37001:2025, garantizando su independencia, autonomía técnica, acceso directo a la Alta Dirección y la disponibilidad de recursos necesarios.

Artículo 4.- Adecuación del Sistema de Gestión Antisoborno

Se dispone que los documentos de gestión, procedimientos y demás información documentada del Sistema de Gestión Antisoborno del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, se adecúen de manera progresiva a la Política Antisoborno aprobada mediante el artículo 2 de la presente Resolución Ministerial, asegurando su coherencia, integración, trazabilidad y alineamiento con el enfoque basado en riesgos, en el marco de la mejora continua.

Artículo 5.- Implementación y transición del Sistema de Gestión Antisoborno

Se dispone que todas las unidades de organización y los Programas del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento adopten las acciones necesarias para asegurar la implementación efectiva de la Política Antisoborno aprobada mediante el artículo 2 de la presente Resolución Ministerial, y contribuir a la transición progresiva del Sistema de Gestión Antisoborno a la Norma ISO 37001:2025.

Artículo 6.- Notificación

Se dispone la notificación de la presente Resolución Ministerial a la Oficina de Integridad y Lucha contra la Corrupción, y a las unidades de organización y programas del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, para los fines correspondientes.

Artículo 7.- Publicación

Se dispone la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en la sede digital del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

WILDER ALEJANDRO SIFUENTES QUILCATE

Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento

2516653-1