Nombran fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de la Selva Central
Resolución de la Fiscalía de la Nación
N° 1396-2026-MP-FN
Lima, 18 de mayo de 2026
VISTOS:
Los oficios N°s. 001072, 001330, 001841 y 002172-2026-MP-FN-PJFSSELVACENTRAL, e informe N° 0123-2026-MP-FN-OREF-JJCP, y;
CONSIDERANDO:
Mediante los oficios de vistos, cursados por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de la Selva Central, se eleva propuesta en terna para cubrir la plaza de fiscal provincial en la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Satipo.
A través de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 839-2021-MP-FN, de fecha 8 de junio de 2021, se resolvió nombrar al abogado Orlando Gregorio Enciso Ccopa, como fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándolo en el 1° Despacho Provincial Penal de la Primera Fiscalía Corporativa Penal de San Isidro-Lince; quien viene laborando a la fecha en mérito a lo dispuesto en la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024.
Los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo N° 052 y modificada por el artículo único de la Ley N° 31718, establecen que corresponde al Fiscal de la Nación el nombramiento de los fiscales provisionales de todos los niveles, así como la designación de los fiscales titulares y provisionales en el órgano fiscal respectivo.
El numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley N° 30483, Ley de la Carrera Fiscal, modificada por la Ley N° 31718, señala que los fiscales provisionales son aquellos fiscales titulares que en caso de vacancia, licencia o impedimento ocupan el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen los requisitos para el nivel que se les designa.
Al respecto, el Tribunal Constitucional ha manifestado en reiterada jurisprudencia que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC N° 2770-2010-PA/TC); asimismo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la sentencia de fecha 24 de noviembre de 2020, caso Casa Nina vs. Perú, determinó que no debe extenderse indefinidamente en el tiempo y debe estar sujeta a una condición resolutoria.
En ese sentido, es necesario emitir el acto resolutivo correspondiente a fin de nombrar y designar al abogado Orlando Gregorio Enciso Ccopa, para que ocupe provisionalmente el cargo de fiscal provincial en la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Satipo, para lo cual previamente se deberá concluir su nombramiento y designación señalados en el segundo párrafo de la parte considerativa de la presente resolución; en atención al marco normativo, previa verificación del cumplimiento de los requisitos de ley y según el informe N° 0123-2026-MP-FN-OREF-JJCP, de fecha 15 de mayo de 2026.
De conformidad con lo establecido por el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo N° 052 y modificada por el artículo único de la Ley N° 31718;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento del abogado Orlando Gregorio Enciso Ccopa, como fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro y su designación en el 1° Despacho Provincial Penal de la Primera Fiscalía Corporativa Penal de San Isidro-Lince, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación N°s. 839-2021-MP-FN y 2956-2024-MP-FN, de fechas 8 de junio de 2021 y 30 de diciembre de 2024, respectivamente.
Artículo Segundo.- Nombrar al abogado Orlando Gregorio Enciso Ccopa, como fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de la Selva Central, designándolo en la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Satipo.
Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento al abogado Orlando Gregorio Enciso Ccopa que debe efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General N° 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002.
Artículo Cuarto.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Lima Centro y Selva Central, Coordinador Nacional de las Fiscalías Penales de competencia de los Distritos Fiscales que integran el Grupo “A” y encargado de los Distritos Fiscales que integran el Grupo “B”, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Integridad Institucional, Oficina de Imagen Institucional y al fiscal mencionado.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
TOMÁS ALADINO GÁLVEZ VILLEGAS
Fiscal de la Nación
2516531-7