Logo El Peruano
Fecha de publicación: 19/05/2026
Decreto Supremo que modifica el Reglamento que regula las Políticas Nacionales, aprobado por Decreto Supremo N° 029-2018-PCM, y aprueba otras disposiciones

Aceptan renuncia de fiscal adjunto provincial penal de Lima

resolución de la junta

de fiscales supremos

Nº 015-2026-MP-FN-JFS

Lima, 14 de mayo de 2026

VISTOS:

La carta del abogado EDGAR ABELARDO PANTIGOSO ZUÑIGA de fecha 15 de abril de 2026; el proveído Nº 018781-2026-MP-FN-SEGFIN de fecha 16 de abril de 2026; el oficio Nº 173-2026-FSCN-FISLAA-MP-FN que remite el oficio Nº 774-2026-2°FSCEDLA-6D-MP-FN de la misma fecha, la Resolución del Consejo Nacional de la Magistratura Nº 202-2015-CNM; y,

CONSIDERANDO:

Primero: Por Resolución del Consejo Nacional de la Magistratura Nº 202-2015-CNM de fecha 14 de mayo de 2015, se resolvió nombrar al abogado Edgar Abelardo Pantigoso Zuñiga, Fiscal Adjunto Provincial Penal de Lima.

Segundo: Mediante proveído n.° 018781-2026-MP-FN-SEGFIN de fecha 16 de abril de 2026, Secretaría General remite el oficio Nº 173-2026-FSCN-FISLAA-MP-FN que contiene el oficio Nº 774-2026-2° FSCEDLA-6D-MP-FN y la carta de fecha 15 de abril de 2026, presentada por el abogado Edgar Abelardo Pantigoso Zuñiga, a través del cual renuncia al cargo de fiscal adjunto provincial penal de Lima, por razones estrictamente personales, solicitando que la renuncia se haga efectiva a partir del día 20 de abril de 2026.

Tercero: A través del Oficio Nº 173-2026-FSCN-FISLAA-MP-FN, de fecha 16 de abril de 2026, la Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Lavado de Activos otorga la conformidad a la renuncia del abogado Edgar Abelardo Pantigoso Zuñiga.

Cuarto: Con oficio Nº 000513-2026-MP-FN-SJFS, de fecha 27 de abril de 2026, Secretaría de la Junta de Fiscales Supremos, solicitó a la Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Lavado de Activos, si el abogado renunciante cumplió con realizar la entrega de cargo correspondiente, a lo que informó mediante oficio Nº 001090-2026-MP-FN-FSCN-FEDLA, que el abogado Edgar Abelardo Pantigoso Zuñiga no cumplió con ello, adjuntando el Informe Nº 004-2026-MP-FN-2FSCEDLA-6D-PCEV, de fecha 28 de abril de 2026; mientras que, mediante oficio Nº 001090-2026-MP-FN-FSCN-FEDLA de fecha 8 de mayo de 2026, reitera que el abogado no ha cumplido con hacer entrega de cargo y que ello ha sido puesto de conocimiento de la Autoridad Nacional de Control con oficio n.° 001025-2026-MP-FN-FSCN-FEDLA, en fecha 24 de abril de 2026.

Quinto: De acuerdo a lo establecido en el artículo 106 de la Ley Nº 30483 - Ley de la Carrera Fiscal, lo señalado en la Primera Disposición Complementaria, Transitoria y Final del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, y los artículos 183 y 185 de su reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, el cargo de fiscal termina, entre otros, desde que la renuncia es aceptada, encontrándose el empleador facultado para aceptarla desde la fecha en que fue recibida o dentro de los treinta (30) días siguientes; de igual forma, la Oficina General de Asesoría Jurídica mediante Informe Nº 000624-2021-MP-FN-OGASEJ, ha precisado que la recepción de la misma es una facultad discrecional del empleador.

Sexto: En consecuencia, la Junta de Fiscales Supremos con la dispensa de la lectura y aprobación del acta, mediante Acuerdo Nº 026-2026 adoptado en sesión ordinaria de fecha 14 de mayo de 2026 convino por unanimidad, aceptar la renuncia formulada por el abogado EDGAR ABELARDO PANTIGOSO ZUÑIGA al cargo de fiscal adjunto provincial penal de Lima, a partir del día 20 de abril de 2026, dándosele las gracias por los servicios prestados a la institución.

Por lo que, en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, y conforme a lo establecido en el considerando precedente;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por el abogado EDGAR ABELARDO PANTIGOSO ZUÑIGA al cargo de fiscal adjunto provincial penal de Lima, a partir del día 20 de abril de 2026, dándosele las gracias por los servicios prestados a la institución.

Artículo Segundo.- Remitir copia certificada de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, para los fines pertinentes.

Artículo Tercero.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, a la Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Lavado de Activos, a la Gerencia General, a la Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, a la Oficina General de Potencial Humano, así como al interesado, para los fines pertinentes.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

TOMÁS ALADINO GÁLVEZ VILLEGAS

Fiscal de la Nación

Presidente de la Junta de Fiscales Supremos

2516531-1