Logo El Peruano
Fecha de publicación: 20/05/2026
Autorizan viaje de representante de PROMPERÚ a Canadá, en comisión de servicios

Delegan funciones y atribuciones en el/la Jefe/a de la Unidad de Abastecimiento del OSIPTEL

RESOLUCIóN N° 000109-2026-OAF/OSIPTEL

San Borja, 15 de mayo del 2026

OBJETO

DELEGACIÓN DE FACULTADES EN MATERIA DE CONTRATACIONES PÚBLICAS

VISTO:

El Informe N° 00214-2026-OAF-UABT de fecha 23 de abril de 2026, emitido por la Unidad de Abastecimiento; y

CONSIDERANDO:

Que, el numeral 78.1 del artículo 78 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, establece que procede la delegación de competencia de un órgano a otro al interior de una misma entidad; precisando en su artículo 79, que el delegante tendrá siempre la obligación de vigilar la gestión del delegado;

Que, de conformidad con lo establecido en el literal c) del artículo 37 de la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones - ROF aprobado mediante Decreto Supremo N° 160-2020-PCM, se le asignó expresamente la función de suscribir contratos y/o convenios relacionados a la adquisición de bienes, contratación de servicios, ejecución de obras y otros de su competencia a la Oficina de Administración y Finanzas;

Que, el numeral 299.1 del artículo 229 del Reglamento de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-2025-EF y su modificatoria señala que el servidor o funcionario que tenga facultades para suscribir los contratos menores, conforme a las normas de gestión interna de la entidad contratante, es quien se encuentra facultado para autorizar cualquier modificación a este y suscribir las actas respectivas, así como para resolver el contrato menor;

Que, asimismo, respecto al catálogo electrónico de Acuerdo Marco, las disposiciones del numeral VIII de la Directiva N° 0005-2025-PERU COMPRAS “Directiva para el desarrollo del proceso de implementación y operación de los catálogos electrónicos de Acuerdo Marco” establece que la entidad contratante, a través de la orden de compra o de servicio respectiva, es responsable de la gestión administrativa de los contratos perfeccionados; y, conforme a lo establecido en la del Reglamento de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-2025-EF y su modificatoria, en el numeral 105.4 del artículo 105 señala que el servidor o funcionario que tenga facultades para suscribir el contrato y sus adendas conforme a las normas de gestión interna de la entidad contratante es quien se encuentra facultado para autorizar cualquier modificación a este o su resolución, de ser el caso, salvo que se encuentren reservados a la autoridad de la gestión administrativa o al titular de la entidad, conforme lo dispuesto en el Reglamento;

Que, atendiendo a lo señalado, mediante Informe de Visto de la Unidad de Abastecimiento que propone unificar las delegaciones efectuadas con Resolución N° 130-2025-OAF/OSIPTEL de fecha 20 de mayo de 2025 y Resolución 239-2025-OAF/OSIPTEL de fecha 07 de octubre de 2025, así como incorporar nuevas atribuciones a ser otorgadas a el/la Jefe/a de la Unidad de Abastecimiento; por lo que en dicho marco resulta necesario emitir una resolución administrativa que establezca las disposiciones referidas a la delegación de facultades de las funciones y atribuciones que la Ley General de Contrataciones Públicas y su Reglamento han conferido a la Oficina de Administración en el marco de lo dispuesto en la normativa de gestión interna;

De acuerdo con las atribuciones establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones - ROF del OSPTEL aprobado mediante Decreto Supremo N° 160-2020-PCM, y sus modificatorias; en el Reglamento de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-2025-EF y su modificatoria;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Delegar en el/la Jefe/a de la Unidad de Abastecimiento del OSIPTEL, las siguientes funciones y atribuciones:

a) Suscribir contratos menores (contratos/ órdenes de servicio/ órdenes de compra) dentro del marco regulado por la Ley General de Contrataciones Públicas.

b) Suscribir actas de acuerdo sobre modificaciones a los contratos menores, así como resolver los contratos menores por las causales establecidas en los requerimientos y conforme al procedimiento establecido en la normativa de contrataciones públicas.

c) Autorizar y suscribir la orden de compra u orden de servicio emitida a través del catálogo electrónico de acuerdo marco que perfeccionen contrataciones por montos iguales o menores a S/ 100 000,00 (Cien mil y 00/100 Soles) para su aceptación de conformidad con el numeral 277.3 del artículo 277 del reglamento de la LGCP.

d) Autorizar la resolución de orden de compra o de servicio emitidas por el OSIPTEL y registradas en el catálogo electrónico de acuerdo marco que perfeccionen contrataciones por montos iguales o menores a S/ 100 000,00 (Cien mil y 00/100 Soles).

Artículo 2.- Disponer que las delegaciones previstas por la presente resolución son indelegables y comprenden la facultad de decidir y resolver dentro de las limitaciones establecidas en la ley; mas no exime de la obligación de cumplir con los requisitos y disposiciones vigentes establecidas para cada caso.

Artículo 3.- Disponer que el/la Jefe de la Unidad de Abastecimiento del OSIPTEL informe trimestralmente a la Oficina de Administración y Finanzas respecto las actuaciones derivadas de la delegación de facultades contenida en esta Resolución, así como el cumplimiento de la normativa vigente de contrataciones con el Estado, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de culminado el trimestre.

Artículo 4.- Dejar sin efecto la Resolución N° 130-2025-OAF/OSIPTEL de fecha 20 de mayo de 2025 y la Resolución 239-2025-OAF/OSIPTEL de fecha 07 de octubre de 2025.

Artículo 5.- Notificar la presente Resolución al servidor/a en quien le han sido delegadas facultades y atribuciones.

Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente Resolución en la sede digital del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (https://www.gob.pe/osiptel), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

GISSELA ZAPATA FLORES

Directora de la Oficina de Administración

y Finanzas

Oficina de Administración y Finanzas

2516239-1