Autorizan viaje de docente de la Universidad Nacional de Cañete a España, en comisión de servicios
UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAÑETE
RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL
Nº 105-2026-UNDC-CO/P
Cañete, 15 de mayo de 2026
EL PRESIDENTE DE LA COMISIÓN ORGANIZADORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAÑETE
VISTOS:
PROVEÍDO N° 1014841-2026 de fecha 14.05.2026 emitido por la Presidencia de Comisión Organizadora; INFORME LEGAL N° 230 - 2026-UNDC/OAJ-ERS de fecha 14.05.2026 emitido por la Jefa de Asesoría Jurídica; INFORME N°0593-2026-UNDC/PCO/OPP de fecha 13.05.2026 emitido por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; INFORME Nº 009- 2026/UNDC/PROYECTO 007 de fecha 09.04.2026 emitido por el Dr. Wagner Enoc Vicente Ramos; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 18º prevé que cada Universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico, y el artículo 8º de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, establece que la referida autonomía inherente a las Universidades, se ejerce de conformidad con la Constitución y las Leyes de la República e implica las organizaciones de su sistema académico, económico y administrativo, así como la administración de sus bienes y rentas, elaborar su presupuesto y aplicar sus fondos con la responsabilidad que impone la Ley;
Que, de conformidad con la Ley N° 29488 de fecha 22.12.2009, se creó la Universidad Nacional de Cañete, la misma que fue modificado por la Ley Nº 30515, cuyo artículo 1º dispone: “Créase la Universidad Nacional de Cañete con domicilio en la provincia de Cañete, Departamento de Lima”. Asimismo, a través de la Resolución del Consejo Directivo N° 116-2018- SUNEDU/CD, el Concejo Directivo de la SUNEDU, le otorgó la Licencia Institucional a la Universidad Nacional de Cañete;
Que, el artículo 29° de la Ley Universitaria, Ley N° 30220, establece que, aprobada la ley de creación de una universidad pública, el Ministerio de Educación (MINEDU), constituye una Comisión Organizadora integrada por tres (3) académicos de reconocido prestigio, que cumplan los mismos requisitos para ser Rector (…). Esta Comisión tiene a su cargo la aprobación del estatuto, reglamentos y documentos de gestión académica y administrativa de la universidad, formulados en los instrumentos de planeamiento, así como su conducción y dirección hasta que se constituyan los órganos de gobierno que, de acuerdo a la presente Ley, le correspondan”;
Que, mediante Resolución Viceministerial N° 050-2026-MINEDU de fecha 09.04.2026, se reconformó la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Cañete, integrada por los académicos: Dr. Juvenal Castromonte Salinas como Presidente de la Comisión Organizadora; Dr. Angel Hugo Campos Diaz como Vicepresidente Académico y Dr. Jorge Rafael Diaz Dumont, como Vicepresidente de Investigación;
Que, el artículo 60° de la Ley Universitaria, Ley Nº 30220, concordado con el artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones de la Universidad Nacional de Cañete, establecen que el Rector en el presente caso el Presidente de la Comisión Organizadora es el personero y representante legal de la universidad. Tiene a su cargo y a dedicación exclusiva, la dirección, conducción y gestión del gobierno universitario en todos sus ámbitos, dentro de los límites de la presente Ley y del Estatuto;
Que, la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; señalan que las resoluciones de autorización de viajes al exterior deben ser publicadas en el Diario Oficial “El Peruano”, con anterioridad al viaje y deben ser autorizados mediante Resolución de la más alta autoridad respectiva de la entidad, debiendo sustentar el interés nacional o institucional o en el interés específico de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac;
Que, por su parte, el numeral 7.2.5 de la Directiva para otorgamiento de viáticos y pasajes para viajes en comisión de servicios y reconocimiento de reembolsos por comisión de servicios de la Universidad Nacional de Cañete, aprobado mediante Resolución de Comisión Organizadora N° 130-2025-UNDC/CO, establece que los viáticos por comisión de Servicios al exterior del país se calculan por cada día que dure la misión oficial o evento, a los que se podrá adicionar por una sola vez el equivalente a un día de viáticos por concepto de instalación y traslado, cuando el viaje es a cualquier país de América y de dos días cuando el viaje se realice a países de otro continente;
Que, en ese sentido, con Informe Nº 009-2026/UNDC/PROYECTO 007 de fecha 09.04.2026, el Dr. Wagner Enoc Vicente Ramos, docente ordinario del Departamento Académico de Ingeniería de Sistemas, en su calidad de Coordinador General del Proyecto de Investigación Nº 007 denominado “Creación del Centro de Investigación CITIA. Sistema de videovigilancia con visión artificial para la seguridad ciudadana en San Vicente de Cañete”; solicita autorización de viaje al exterior en comisión de servicios, a fin de participar en el Congreso Internacional: IMPROVE 2026 – “6th International Conference on Image Processing and Vision Engineering”, a realizarse los días 20 y 21 de mayo del presente año, en Benidorm, España;
Que, la participación del Dr. Wagner Enoc Vicente Ramos en el referido evento, permitirá fortalecer y actualizar conocimientos en visión artificial y procesamiento de imágenes, áreas clave para el desarrollo del Proyecto de Investigación N° 007 denominado “Creación del Centro de Investigación CITIA. Sistema de videovigilancia con visión artificial para la seguridad ciudadana en San Vicente de Cañete”, conocimientos que serán aplicados en el proyecto, contribuyendo a optimizar su implementación y resultados, así como al fortalecimiento académico y tecnológico institucional;
Que, con Informe N°0593-2026-UNDC/PCO/OPP de fecha 13.05.2026, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto informa la existencia de disponibilidad presupuestal para el viaje en comisión de servicios del Dr. Wagner Enoc Vicente Ramos del 19 al 22 de mayo del 2026 a la ciudad de Benidorm, España, de acuerdo al siguiente detalle:
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Meta |
Fuente |
Clasificador |
Monto |
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25 |
RD-H |
2.3.21.11 |
7,500 |
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2.3.21.12 |
3,224 |
||
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2.3.27.13.98 |
2,100 |
Que, con Informe Legal N° 230 - 2026-UNDC/OAJ-ERS de fecha 14.05.2026, la Jefa de Asesoría Jurídica concluye que, de acuerdo al análisis efectuado y conforme a lo dispuesto por la Ley N° 27619 y el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, se concluye que la participación del Dr. Wagner Enoc Vicente Ramos en el Congreso Internacional “IMPROVE 2026 – 6th International Conference on Image Processing and Vision Engineering”, a realizarse en la ciudad de Benidorm, España, responde directamente al desarrollo del Proyecto de Investigación N° 007-2023 denominado “Creación del Centro de Investigación CITIA. Sistema de videovigilancia con visión artificial para la seguridad ciudadana en San Vicente de Cañete”, constituyendo una actividad de interés institucional vinculada al fortalecimiento de la investigación científica, innovación tecnológica y posicionamiento académico de la Universidad Nacional de Cañete. En consecuencia, es jurídicamente viable autorizar el viaje en comisión de servicios del Dr. Wagner Enoc Vicente Ramos a la ciudad de Benidorm, España, del 19 al 22 de mayo de 2026, debiendo la resolución correspondiente publicarse en el Diario Oficial El Peruano con anterioridad al inicio del viaje, conforme a lo establecido en la Ley N° 27619;
Que, en virtud a lo expuesto, la Presidencia de la Comisión Organizadora a través del Proveído N° 1014841-2026 de fecha 14.05.2026, dispone a Secretaría General la emisión de la Resolución Presidencial correspondiente, con cargo a dar cuenta en sesión de Comisión Organizadora;
Que, estando a lo expuesto y de conformidad a las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 18° de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 30220, Ley Universitaria; el Documento Normativo denominado: “Disposiciones para la Constitución y Funcionamiento de las Comisiones Organizadoras de las Universidades Públicas en proceso de Constitución”, aprobado mediante la Resolución Viceministerial N° 244-2021-MINEDU y sus modificatorias; Resolución Viceministerial N° 050-2026-MINEDU, así como en el Estatuto de la Universidad Nacional de Cañete y demás normas concordantes;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- AUTORIZAR, el viaje en comisión de servicios al exterior del país del Dr. Wagner Enoc Vicente Ramos, docente ordinario del Departamento Académico de Ingeniería de Sistemas, para que participe en el Congreso Internacional: IMPROVE 2026 – “6th International Conference on Image Processing and Vision Engineering”, en la ciudad de Benidorm, España¸ autorizando su salida del país el 19 de mayo y su retorno el 22 de mayo de 2026.
Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución, son con cargo del Pliego 547: Universidad Nacional de Cañete, de acuerdo con el siguiente detalle:
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DESCRIPCIÓN |
PRESUPUESTO (S/) |
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Pasajes Aéreos (Ida y vuelta) |
S/ 7500.00 |
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Viáticos |
S/ 3224.00 |
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Inscripción |
S/ 2100.00 |
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Total |
S/ 12,824.00 |
Artículo Tercero.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el Dr. Wagner Enoc Vicente Ramos debe presentar al Titular de la Entidad, un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos durante el viaje autorizado y la rendición de cuentas.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional, la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano” de conformidad a las normas vigentes.
Artículo Quinto.- NOTIFICAR, la presente Resolución a todas las instancias y dependencias administrativas y académicas de la Universidad Nacional de Cañete, para su conocimiento, cumplimiento y demás fines pertinentes.
Artículo Sexto.- ENCARGAR, a la Oficina de Tecnologías de la Información, la publicación de la presente Resolución en el Portal de Transparencia de la Universidad Nacional de Cañete.
Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.
JUVENAL CASTROMONTE SALINAS
Presidente de la Comisión Organizadora
ROBERTO ESTEBAN GIBSON SILVA
Jefe de Secretaría General
2516197-1