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Fecha de publicación: 16/05/2026
Reglamento que establece los requisitos y el procedimiento para la designación de los miembros del Consejo Consultivo del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN

Autorizan viaje de asesor de OSINERGMIN para participar en evento a realizarse en Argentina

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

N° 168-2026-PCM

Lima, 15 de mayo de 2026

VISTO:

El Oficio N° 162-2026-OS/PRES de la Presidencia del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería - OSINERGMIN;

CONSIDERANDO:

Que, el evento denominado ADELATAM26 Conferencia de Distribución Eléctrica: “Redes que transforman la energía del Futuro” organizado por la Asociación de Distribuidoras de Energía Eléctrica Latinoamericanas (ADELAT), se llevará a cabo el 20 y 21 de mayo de 2026, en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina;

Que, dicha conferencia tiene como objetivo principal promover el intercambio de conocimiento y la difusión de experiencias, desarrollos e investigaciones vinculadas a la modernización de las redes eléctricas en América Latina, abordando de manera integral los desafíos estratégicos, técnicos y regulatorios que marcarán el desarrollo del sector en la próxima década;

Que, en la mencionada Conferencia se abordarán temas cruciales para la industria eléctrica, tales como los Smart Grids y el futuro de la distribución inteligente de energía eléctrica en Latinoamérica, la regulación y marcos normativos para una red en transición, la comercialización eléctrica y la resiliencia en los sistemas de distribución de electricidad. Asimismo, el programa contempla el análisis de las energías renovables y la generación distribuida, la digitalización y automatización de redes, la movilidad eléctrica y las estrategias de inversión para las redes de distribución del futuro, todos ellos ámbitos alineados con la labor reguladora y supervisora del OSINERGMIN;

Que, a través del Informe N° GSE/DSR-672-2026, la División de Supervisión Regional de la Gerencia de Supervisión de Energía del OSINERGMIN sustenta la importancia de la participación del señor JUAN RAUL QUISPE CUADROS, Asesor Técnico en Electricidad de la referid División, señalando que dicha participación permitirá fortalecer sus conocimientos en materias como Smart Grids, regulación y marcos normativos para una red en transición, resiliencia en los sistemas de distribución, energías renovables y generación distribuida de energía eléctrica, las cuales forman parte de los principales desafíos del OSINERGMIN, favoreciendo el intercambio especializado de experiencias y conocimientos sobre los retos actuales del sector eléctrico, promoviendo la innovación y la actualización técnica a través de la presentación de nuevas tecnologías, tendencias regulatorias y soluciones que vienen transformando la industria eléctrica;

Que, por lo antes expuesto, resulta de interés institucional autorizar el viaje del señor JUAN RAUL QUISPE CUADROS, Asesor Técnico en Electricidad, de la División de Supervisión Regional de la Gerencia de Supervisión de Energía del OSINERGMIN, a la ciudad de Buenos Aires, República de Argentina, a fin de participar en la referida Conferencia;

Que, los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos que se generen con motivo de la participación en el citado evento serán asumidos con cargo al presupuesto institucional del OSINERGMIN, conforme a las disposiciones y normas vigentes en la materia;

Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, establece que la autorización de viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos, así como de los representantes del Estado se otorgue de conformidad a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus respectivas normas reglamentarias;

Que, según lo establecido en el artículo 1 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, dicha autorización para los servidores y funcionarios públicos de los Ministerios y de los Organismos Públicos se otorgará por Resolución Ministerial del sector competente;

De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por la Resolución Ministerial N° 199- 2025-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor JUAN RAUL QUISPE CUADROS, Asesor Técnico en Electricidad de la División de Supervisión Regional de la Gerencia de Supervisión de Energía del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería - OSINERGMIN, a la ciudad de Buenos Aires, República de Argentina, del 19 al 21 mayo de 2026, para participar en el evento señalado en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial serán financiados con cargo al presupuesto institucional del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería - OSINERGMIN, de acuerdo al siguiente detalle:

Nombres y Apellidos

Pasajes

US$

Viáticos

por día

(US$)

Número de días

Total de Viáticos

US$

Total

US$

Juan Raúl

Quispe Cuadros

1 010.50

370.00

2+1

1 110.00

2 120.50

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes posteriores a la culminación del viaje, la persona cuyo desplazamiento se autoriza en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, deberá presentar ante su entidad, un informe detallado, en el que se consigne las actividades realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de documentos de los gastos efectuados de conformidad con la normatividad vigente.

Artículo 4.- El cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial no otorga derecho alguno a exoneración o liberación del pago de impuestos o pago de derechos aduaneros, cualquiera su naturaleza o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LUIS ENRIQUE ARROYO SÁNCHEZ

Presidente del Consejo de Ministros

2515798-1