Autorizan viaje de personal militar de la Fuerza Aérea del Perú a Uruguay, en misión de estudios
Resolución Ministerial
N° 00565-2026-DE
Lima, 14 de mayo del 2026
VISTOS:
El Oficio Extra FAP N° 001498-2026-SECRE/FAP de la Secretaría de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú; el Oficio N° 01001-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y el Informe Legal N° 00854-2026-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.
CONSIDERANDO:
Que, a través del Acta de la II Reunión de Jefes de Estados Mayores de la Fuerza Aérea del Perú y de la Fuerza Aérea Uruguaya se acordó definir el Programa de Cooperación Bilateral para el periodo 2024-2026, estableciéndose en el anexo “Bravo” las actividades a cargo de la Fuerza Aérea Uruguaya, dentro de las cuales se incluye la actividad UR-03 “Intercambio de conocimientos y experiencias en el cumplimiento de las inspecciones estructurales de sus aeronaves KC-130H, así como el mantenimiento de las cabinas digitales modificadas por la Cía. INDRA”;
Que, por medio del Oficio N° 9030/26 el Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea Uruguaya hace extensiva la invitación al Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea del Perú, para que dos (2) Oficiales/Suboficiales participen en la citada actividad, a realizarse en el Escuadrón Aéreo N° 3 de la Brigada Aérea I, ubicado en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, del 19 al 25 de mayo de 2026;
Que, con Oficio Extra FAP N° 001498-2026-SECRE/FAP, la Secretaría de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú solicita al Ministerio de Defensa autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del Mayor FAP Ángel Alexander PÉREZ GARCÍA, identificado con DNI N° 70341717 y NSA N° 97485, y del Técnico de Primera FAP Miguel Ángel HERNANDEZ SILVA, identificado con DNI N° 43385551 y NSA N° 608816, como titulares; y del Mayor FAP Miguel Ángel GUTIERREZ AYSANOA, identificado con DNI N° 42854009 y NSA N° 98387, y del Técnico de Segunda FAP Daniel REYES ZAPATA, identificado con DNI N° 40741915 y NSA N° 608859, como suplentes, para participar en la actividad UR-03 “Intercambio de conocimientos y experiencias en el cumplimiento de las inspecciones estructurales de sus aeronaves KC-130H, así como el mantenimiento de las cabinas digitales modificadas por la Cía. INDRA”, a realizarse en el Escuadrón Aéreo N° 3 de la Brigada Aérea I, ubicado en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, del 19 al 25 de mayo de 2026; asimismo, solicita autorizar su salida del país el 18 de mayo y su retorno el 26 de mayo de 2026, sin que estos días adicionales generen gasto alguno al Tesoro Público;
Que, a través del citado documento, la institución armada remite el Informe Legal N° 005-LOAJ-2026; la Hoja de Gastos N° 074 DGVC-ME/SIAF-RP; así como las Certificaciones de Crédito Presupuestario N° 0000000005 y N° 0000000022 que garantizan el financiamiento correspondiente;
Que, mediante la Exposición de Motivos y Sustento, la institución armada señala que resulta conveniente autorizar el viaje al exterior del citado personal militar, por cuanto permitirá obtener un intercambio de conocimientos y experiencias respecto a las inspecciones estructurales y mantenimiento de cabinas digitales en el área aeroespacial, lo cual coadyuvará a mejorar la capacidad profesional de forma cualitativa y cuantitativa del personal militar de la Institución Armada;
Que, conforme a lo indicado en el Oficio N° 9030/26 del Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea Uruguaya, los gastos por concepto de alojamiento del personal designado serán asumidos por la Fuerza Aérea Uruguaya; por lo que, debe otorgarse viáticos diarios hasta un cuarenta por ciento (40%) del que corresponde a la zona geográfica por concepto de alojamiento, de acuerdo a lo establecido en la citada Resolución Ministerial N° 696- 2013-DE/SG, que aprueba porcentajes máximos de viáticos en función de la escala prevista en el artículo 5 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, modificado por el artículo 1 del Decreto Supremo N° 056-2013-PCM;
Que, a través del Oficio N° 01001-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN e Informe Técnico N° 237-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN-HMC, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la presente autorización de viaje al exterior;
Que, mediante el Informe Legal N° 00854-2026-MINDEF/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica considera que resulta legalmente viable emitir la resolución ministerial que autorice el presente viaje al exterior, en misión de estudios, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia;
Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del Mayor FAP Ángel Alexander PÉREZ GARCÍA y del Técnico de Primera FAP Miguel Ángel HERNANDEZ SILVA, como titulares; y del Mayor FAP Miguel Ángel GUTIERREZ AYSANOA y del Técnico de Segunda FAP Daniel REYES ZAPATA, como suplentes, para participar en la actividad UR-03 “Intercambio de conocimientos y experiencias en el cumplimiento de las inspecciones estructurales de sus aeronaves KC-130H, así como el mantenimiento de las cabinas digitales modificadas por la Cía. INDRA”, a realizarse en el Escuadrón Aéreo N° 3 de la Brigada Aérea I, ubicado en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, del 19 al 25 de mayo de 2026, así como autorizar su salida del país el 18 de mayo y su retorno el 26 de mayo de 2026.
Artículo 2.- La participación del personal militar suplente queda supeditada a la imposibilidad de participación del personal militar titular.
Artículo 3.- La Fuerza Aérea del Perú efectúa los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional de la Unidad Ejecutora 005: Fuerza Aérea del Perú, Año Fiscal 2026, de acuerdo a los siguientes conceptos:
Pasajes aéreos: Lima – Montevideo
(República Oriental del Uruguay) - Lima
Clase económica
US$ 2,031.38 x 2 personas US$ 4,062.76
Viáticos
US$ 370.00 x 7 días x 2 personas x 40% US$ 2,072.00
Total a pagar en dólares americanos: US$ 6,134.76
Artículo 4.- El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado.
Artículo 5.- El Oficial Superior designado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país.
Artículo 6.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
AMADEO JAVIER FLORES CARCAGNO
Ministro de Defensa
2515713-1