Prorrogan, a favor del Proyecto Especial Binacional Puyango Tumbes, la reserva de recursos hídricos del río Puyango - Tumbes en la sección denominada Linda Chara, ubicada en el departamento de Tumbes
RESOLUCIóN JEFATURAL
N° 0107-2026-ANA
San Isidro, 12 de mayo de 2026
VISTOS:
Los Oficios N°s. 0288 y 0350/2026-MIDAGRI-DVDAFIR-PEBPT-DE/OPPyS de fecha 27 de marzo y 16 de abril de 2026 presentados por el Director Ejecutivo del Proyecto Especial Binacional Puyango Tumbes del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; el Informe Técnico N° 0017-2026-ANA-DCERH/CAC de la Dirección de Calidad y Evaluación de Recursos Hídricos; el Informe Legal N° 0274-2026-ANA-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 997, crea la Autoridad Nacional del Agua - ANA, como un organismo público adscrito al Ministerio de Agricultura, actualmente Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, en concordancia con los artículos 2 y 13 de la Ley N° 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, y mediante Decreto Supremo N° 018-2017-MINAGRI, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la ANA, documento de gestión que establece la estructura orgánica y funciones de los órganos y unidades orgánicas de la entidad;
Que, el artículo 14 de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos (en adelante, la LRH) establece que, la Autoridad Nacional del Agua es el ente rector y la máxima autoridad técnico - normativa del Sistema Nacional de Gestión de los Recursos Hídricos, encargado de dictar normas y establecer procedimientos para asegurar la gestión integral y sostenible de los recursos hídricos;
Que, el numeral 5 del artículo 15 de la LRH dispone que, es función de la Autoridad Nacional del Agua aprobar, previo estudio técnico, reservas de agua por un tiempo determinado cuando así lo requiera el interés de la Nación;
Que, el artículo 206 del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos (en adelante, el RLRH) aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-AG, señala que, la reserva de recursos hídricos es un derecho especial intransferible otorgado por la Jefatura de la Autoridad Nacional del Agua, consistente en separar un determinado volumen de agua de libre disponibilidad de una fuente natural de agua superficial o subterránea, por un plazo determinado, con la finalidad de garantizar la atención de las demandas de un proyecto declarado de interés regional o nacional;
Que, el inciso 208.1 del artículo 208 del RLRH dispone que, la reserva de recursos hídricos se otorga por un período máximo de dos (02) años prorrogables, mientras subsistan las causas que la motivan. Esta reserva no faculta el uso del agua;
Que, con fecha 01 de mayo de 2024 se publicó en el Diario Oficial El Peruano la Resolución Jefatural N° 0172-2024-ANA de fecha 26 de abril de 2024, que otorgó a favor del Proyecto Especial Binacional Puyango Tumbes, la reserva de recursos hídricos del río Puyango - Tumbes en la sección denominada Linda Chara, ubicada en el departamento de Tumbes, hasta por un volumen anual de 235.98 hm3, para el desarrollo del proyecto en mención, por el plazo de dos (2) años, contados desde su publicación;
Que, dentro del plazo legal establecido, el Director Ejecutivo del Proyecto Especial Binacional Puyango Tumbes mediante los Oficios de Vistos, solicita la prórroga de la reserva de recursos hídricos del río Puyango - Tumbes en la sección denominada Linda Chara, ubicada en el departamento de Tumbes, hasta por un volumen anual de 235.96 hm3 otorgada mediante Resolución Jefatural N° 0172-2024-ANA;
Que, según el literal e) del artículo 38 del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2017-MINAGRI (en adelante, el Reglamento) la Dirección de Calidad y Evaluación de Recursos Hídricos tiene entre sus funciones proponer, previo estudio técnico, reservas de agua, entre otras, recomendando las medidas pertinentes;
Que, en el marco de sus funciones establecidas en el Reglamento, la Dirección de Calidad y Evaluación de Recursos Hídricos a través del Informe Técnico de Vistos, concluye que al no haber modificaciones en la reserva de recursos hídricos otorgada y considerando la información que justifica el sustento correspondiente, recomienda prorrogar, a partir del 02 de mayo de 2026, la reserva de recursos hídricos a favor del Proyecto Especial Binacional Puyango Tumbes, hasta por un volumen anual de 235.96 hm3 del río Puyango - Tumbes en la sección denominada Linda Chara, ubicada en el departamento de Tumbes, para el desarrollo del proyecto en mención, en las mismas condiciones otorgada en la Resolución Jefatural N° 0172-2024-ANA, por el plazo de dos (2) años adicionales;
Que, en ese escenario normativo, la Oficina de Asesoría Jurídica mediante el Informe Legal de Vistos, opina que resulta legalmente viable la emisión de la Resolución Jefatural que otorgue la prórroga de la reserva de recursos hídricos, en las mismas condiciones primigenias otorgada por la Resolución Jefatural N° 0172-2024-ANA, por el plazo de dos (2) años adicionales, contados a partir del 02 de mayo de 2026, de conformidad con la recomendación técnica, y en aplicación de la LRH y su Reglamento;
Que, conforme a los artículos 11 y 12 del Reglamento de Organizaciones y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua - ROF - ANA, el Jefe de la entidad es la máxima autoridad ejecutiva y titular del pliego presupuestario, teniendo como funciones conducir la marcha general de la ANA, dirigiendo la gestión técnica, financiera y administrativa, cautelando el cumplimiento de sus políticas, planes y estrategias institucionales; así como expedir resoluciones, referidas a la gestión administrativa, en los asuntos de su competencia;
Con los vistos de la Dirección de Calidad y Evaluación de Recursos Hídricos, de la Oficina de Asesoría Jurídica y de la Gerencia General; y, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-AG, el Reglamento de Organizaciones y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2017-MINAGRI.
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Prórroga de la reserva de recursos hídricos
Prorrogar, a favor del Proyecto Especial Binacional Puyango Tumbes, la reserva de recursos hídricos del río Puyango - Tumbes en la sección denominada Linda Chara, ubicada en el departamento de Tumbes, hasta por un volumen anual de 235.98 hm3, para el desarrollo del proyecto en mención, en las mismas condiciones establecidas en la Resolución Jefatural N° 0172-2024-ANA, conforme al siguiente detalle:
|
VOLUMEN |
AGO |
SET |
OCT |
NOV |
DIC |
ENE |
FEB |
MAR |
ABR |
MAY |
JUN |
JUL |
TOTAL |
|
Río Puyango - Tumbes (hm3) |
17.956 |
19.663 |
32.332 |
33.700 |
17.856 |
20.103 |
12.547 |
12.496 |
19.548 |
17.676 |
15.186 |
16.897 |
235.96 |
Artículo 2°.- Vigencia
La reserva de recursos hídricos es otorgada por el plazo de dos (2) años, contados desde el 02 de mayo de 2026.
Artículo 3°.- De la supervisión de la reserva de recursos hídricos
La Autoridad Administrativa del Agua Jequetepeque - Zarumilla y a la Administración Local del Agua Tumbes, son responsables de supervisar el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución, debiendo informar periódicamente a la Dirección de Calidad y Evaluación de Recursos Hídricos de la Autoridad Nacional del Agua.
Artículo 4°.- Publicación
Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como en el portal web de la entidad: www.gob.pe/ana.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MANUEL BARRENO RODRIGO
Jefe
Autoridad Nacional del Agua
2515223-1