Aprueban Transferencia Financiera a favor de diversas Municipalidades
RESOLUCIóN EJECUTIVA REGIONAL
N° 000132-2026-GR.LAMB/GR [516296596 - 13]
Chiclayo 12 de mayo del 2026
VISTOS:
El Acuerdo Regional N° 000218-2026-GR.LAMB/CR [515390220 - 34], Acuerdo Regional N° 000219-2026-GR.LAMB/CR [516154913 - 36], Acuerdo Regional N° 000220-2026-GR.LAMB/CR [516128551 - 38], Acuerdo Regional N° 000221-2026-GR.LAMB/CR [516203885 - 24], Acuerdo Regional N° 000222-2026-GR.LAMB/CR [516203071 - 29], Acuerdo Regional N° 000223-2026-GR.LAMB/CR [515417656 - 37]; el Informe Técnico N° 000683-2026-GR.LAMB/GRPPM-SGP. [516296596 - 8], emitido por la oficina de Presupuesto; el Oficio N° 001901-2026-GR.LAMB/GRPPM [516296596 - 9], emitido por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, el Oficio N° 001848-2026-GR.LAMB/ORAD [516296596-11] de la Oficina Regional de Administración, el Informe Legal N° 000436-2026-GR.LAMB/ORAJ [516296596 - 12], y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Legislativo N° 1440, publicado en el Diario Oficial El Peruano el día 16 de setiembre de 2018, se regula el Sistema Nacional de Presupuesto Público;
Que, mediante Ley N° 32513, publicada en el Diario Oficial El Peruano el día 4 de diciembre de 2025, se aprobó el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; y en concordancia con ello, con Resolución Ejecutiva Regional N° 000448-2025-GR.LAMB/GR [515698264 - 336], de fecha 31 de diciembre de 2025, se promulgó el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) de Ingresos y Gastos del Pliego 452 Gobierno Regional del Departamento de Lambayeque correspondiente al Año Fiscal 2026;
Que, con Ley N° 31069 - Ley que fortalece los ingresos y las inversiones de los gobiernos regionales a través del Fondo de Compensación Regional (FONCOR), en su numeral 6.1 del artículo 6° establece que “Los recursos del Fondo de Compensación Regional (FONCOR) se destinan a financiar o cofinanciar inversiones de impacto regional que contribuyan al cierre de brechas de infraestructura o de acceso a servicios públicos, proyectos productivos y de investigación para la innovación tecnológica y competitividad, alineados con los planes de desarrollo concertado en el marco de la normativa del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones”;
Que, según numeral 13.1, artículo 13° de la Ley N° 32513 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, (...) se autoriza, en el presente Año Fiscal, la realización, de manera excepcional, de las siguientes transferencias financieras, conforme se detalla a continuación: “(...) h) Las que se realicen para el financiamiento y cofinanciamiento de las inversiones en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y de los proyectos que no se encuentran bajo el ámbito de dicho Sistema Nacional, y el mantenimiento de carreteras y de infraestructura de saneamiento, así como para el desarrollo de capacidades productivas, entre los niveles de gobierno subnacional y de estos al Gobierno Nacional, previa suscripción del convenio respectivo”;
Que, asimismo, se autoriza, excepcionalmente, a los gobiernos regionales, a utilizar los recursos del Fondo de Compensación Regional (FONCOR) para realizar transferencias financieras en el marco del presente literal, a favor de los gobiernos locales para financiar inversiones en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y de los proyectos que no se encuentran bajo el ámbito de dicho Sistema Nacional. Para tal efecto el pliego que transfiere los recursos del FONCOR, debe garantizar que en su Presupuesto Institucional Modificado (PIM) cumple con lo dispuesto en el literal b del artículo 2° del Decreto Supremo Nº 038-2022-EF - Modifican las Normas Reglamentarias y Metodología de Distribución del Fondo de Compensación Regional (FONCOR). Para efectos del financiamiento y cofinanciamiento de las inversiones en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones se requiere que estas cuenten con expediente técnico o documento equivalente aprobado, para lo cual los pliegos quedan exceptuados del numeral 11.3 del artículo 11° de la citada Ley;
Que, con el Informe Técnico N° 000683-2026-GR.LAMB/GRPPM-SGP. [516296596 - 8], la Oficina de Presupuesto habiendo realizado el análisis de lo expuesto en los párrafos precedentes en amparo a lo establecido en la normativa legal vigente, informa que la Unidad Ejecutora 001 Sede Lambayeque refleja saldos de libre disponibilidad informados, de los recursos del Presupuesto Institucional del Pliego 452 Gobierno Regional de Lambayeque, según Ley N° 32513 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; por lo que, emite opinión favorable para la continuación del trámite correspondiente para realizar la transferencia financiera a favor de los Pliegos mencionados, hasta por el importe de S/ 28 307 757,00 (VEINTIOCHO MILLONES TRESCIENTOS SIETE MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y SIETE Y 00/100 SOLES). Del referido monto, S/ 22 307 757,00 serán financiados con cargo a la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios; mientras que la suma de S/ 6 000 000,00 será financiada con cargo a la Fuente de Financiamiento 5: Recursos Determinados, Rubro 15: Fondo de Compensación Regional, con el objetivo de atender de manera oportuna la transferencia financiera requerida por los Gobiernos Locales en cumplimiento a lo establecido en el literal h) del numeral 13.1 del artículo 13° de la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; en la Fuente de Financiamiento 5. Recursos Determinados, rubro 15. Fondo de Compensación Regional (FONCOR);
Que, con Acuerdo Regional N° 000218-2026-GR.LAMB/CR [515390220 - 34], de fecha 5 de mayo del 2026, se aprueba la Transferencia Financiera por parte del Gobierno Regional Lambayeque a favor de la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PÁTAPO, para la ejecución del proyecto de inversión denominado: “MEJORAMIENTO DE LA TRANSITABILIDAD VEHICULAR Y PEATONAL EN LA PROLONGACIÓN ISMAEL SALCEDO Y 24 DE JUNIO, DISTRITO DE PÁTAPO, PROVINCIA DE CHICLAYO, DEPARTAMENTO DE LAMBAYEQUE” CON CUI N° 2211924, por un monto de S/ 11´804,377.00 soles (Once millones ochocientos cuatro mil trescientos setenta y siete con 00/100 soles);
Que, con Acuerdo Regional N° 000219-2026-GR.LAMB/CR [516154913 - 36], de fecha 5 de mayo del 2026, se aprueba la Transferencia Financiera por parte del Gobierno Regional Lambayeque a favor de la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACORA, para la ejecución del proyecto de inversión denominado: “CREACIÓN DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE RURAL EN SEIS (6) UNIDADES PRODUCTORAS DEL DISTRITO DE PACORA, PROVINCIA DE LAMBAYEQUE, DEPARTAMENTO DE LAMBAYEQUE – I ETAPA”, CON CUI N° 2690208, por un monto de S/ 4´862,393.00 soles (Cuatro millones ochocientos sesenta y dos mil trescientos noventa y tres con 00/100 soles);
Que, con Acuerdo Regional N° 000220-2026-GR.LAMB/CR [516128551 - 38], de fecha 5 de mayo del 2026, se aprueba la Transferencia Financiera por parte del Gobierno Regional Lambayeque a favor de la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE LAMBAYEQUE destinada al cofinanciamiento de la culminación de la intervención de reconstrucción: “MEJORAMIENTO DE PISTAS Y VEREDAS EN EL PUEBLO JOVEN SANTA ROSA – A.H. EL ROSARIO – A.H. SANTO TORIBIO DE MOGROVEJO – A.H. NAZARENO CAUTIVO, DISTRITO DE LAMBAYEQUE, PROVINCIA DE LAMBAYEQUE, DEPARTAMENTO DE LAMBAYEQUE”, CON CUI N° 2456728, por un monto de S/ 6´000,000.00 soles (Seis millones con 00/100 soles);
Que, con Acuerdo Regional N° 000221-2026-GR.LAMB/CR [516203885 - 24], de fecha 5 de mayo del 2026, se aprueba la Transferencia Financiera por parte del Gobierno Regional Lambayeque a favor de la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHÓCHOPE, destinado exclusivamente para el cierre definitivo del proyecto de inversión denominado: “REHABILITACIÓN DE REDES DE ALCANTARILLADO Y CONEXIONES DOMICILIARIAS EN LA LOCALIDAD DE CHÓCHOPE CERCADO, DISTRITO DE CHÓCHOPE, PROVINCIA DE LAMBAYEQUE Y REGIÓN LAMBAYEQUE”, CON CUI N° 2533985, por un monto de S/ 214,038.00 soles (Doscientos catorce mil treinta y ocho con 00/100 soles);
Que, con Acuerdo Regional N° 000222-2026-GR.LAMB/CR [516203071 - 29], de fecha 5 de mayo del 2026, se aprueba la Transferencia Financiera por parte del Gobierno Regional Lambayeque a favor de la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHÓCHOPE, destinado exclusivamente para el cierre definitivo del proyecto de inversión denominado: “REHABILITACIÓN DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA DE EDUCACIÓN BÁSICA REGULAR N°10117 CRUZ DE PUMACIRCA, CON CÓDIGO LOCAL N° 283990, UBICADA EN LA LOCALIDAD DE CHÓCHOPE, PROVINCIA DE LAMBAYEQUE, DEPARTAMENTO DE LAMBAYEQUE” CON CUI N° 2495260, por un monto de S/ 689,198.00 soles (Seiscientos ochenta y nueve mil ciento noventa y ocho con 00/100 soles);
Que, con Acuerdo Regional N° 000223-2026-GR.LAMB/CR [515417656 - 37], de fecha 5 de mayo del 2026, se aprueba la Transferencia Financiera por parte del Gobierno Regional Lambayeque a favor de la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ZAÑA, para la ejecución del proyecto de inversión denominado: “CREACIÓN DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE Y LETRINA DE ARRASTRE HIDRÁULICO EN EL CENTRO POBLADO LAS TRES COMPUERTAS, DISTRITO DE ZAÑA – CHICLAYO - LAMBAYEQUE” CON CUI N° 2310097, por un monto de S/ 4´737,751.00 soles (Cuatro millones setecientos treinta siete mil setecientos cincuenta y uno con 00/100 soles);
Que, en concordancia con lo expuesto en los considerandos precedentes, corresponde realizar la Transferencia Financiera a favor de los Pliegos Locales detallados en cumplimiento a lo establecido en el literal h) del numeral 13.1 del artículo 13° de la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; en la Fuente de Financiamiento 5. Recursos Determinados, rubro 15. Fondo de Compensación Regional (FONCOR);
Estando a lo expuesto e informado por los documentos del visto, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y su modificatoria, Ley Nº 27902, contando con el visado de la Gerencia General Regional, Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, Gerencia Regional de Infraestructura, Oficina Regional de Asesoría Jurídica, Oficina Regional de Administración y Secretaría General;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- APROBAR la Transferencia Financiera en el marco de lo establecido en el literal h) del numeral 13.1 del artículo 13° de la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; en la Fuente de Financiamiento 5. Recursos Determinados, rubro 15. Fondo de Compensación Regional (FONCOR), hasta por un monto de S/ 28 307 757,00 (VEINTIOCHO MILLONES TRESCIENTOS SIETE MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y SIETE Y 00/100 SOLES). Del referido monto, S/ 22 307 757,00 serán financiados con cargo a la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios; mientras que la suma de S/ 6 000 000,00 será financiada con cargo a la Fuente de Financiamiento 5: Recursos Determinados, Rubro 15: Fondo de Compensación Regional, de los recursos del Presupuesto Institucional del Pliego 452 Gobierno Regional Lambayeque, a favor del siguiente gobierno local:
- MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PÁTAPO, para la ejecución del proyecto de inversión denominado: “MEJORAMIENTO DE LA TRANSITABILIDAD VEHICULAR Y PEATONAL EN LA PROLONGACIÓN ISMAEL SALCEDO Y 24 DE JUNIO, DISTRITO DE PÁTAPO, PROVINCIA DE CHICLAYO, DEPARTAMENTO DE LAMBAYEQUE” CON CUI N° 2211924, por un monto de S/ 11´804,377.00 soles (Once millones ochocientos cuatro mil trescientos setenta y siete con 00/100 soles);
- MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACORA, para la ejecución del proyecto de inversión denominado: “CREACIÓN DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE RURAL EN SEIS (6) UNIDADES PRODUCTORAS DEL DISTRITO DE PACORA, PROVINCIA DE LAMBAYEQUE, DEPARTAMENTO DE LAMBAYEQUE – I ETAPA”, CON CUI N° 2690208, por un monto de S/ 4´862,393.00 soles (Cuatro millones ochocientos sesenta y dos mil trescientos noventa y tres con 00/100 soles);
- MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE LAMBAYEQUE destinada al cofinanciamiento de la culminación de la intervención de reconstrucción: “MEJORAMIENTO DE PISTAS Y VEREDAS EN EL PUEBLO JOVEN SANTA ROSA – A.H. EL ROSARIO – A.H. SANTO TORIBIO DE MOGROVEJO – A.H. NAZARENO CAUTIVO, DISTRITO DE LAMBAYEQUE, PROVINCIA DE LAMBAYEQUE, DEPARTAMENTO DE LAMBAYEQUE”, CON CUI N° 2456728, por un monto de S/ 6´000,000.00 soles (Seis millones con 00/100 soles);
- MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHÓCHOPE, destinado exclusivamente para el cierre definitivo del proyecto de inversión denominado: “REHABILITACIÓN DE REDES DE ALCANTARILLADO Y CONEXIONES DOMICILIARIAS EN LA LOCALIDAD DE CHÓCHOPE CERCADO, DISTRITO DE CHÓCHOPE, PROVINCIA DE LAMBAYEQUE Y REGIÓN LAMBAYEQUE”, CON CUI N° 2533985, por un monto de S/ 214,038.00 soles (Doscientos catorce mil treinta y ocho con 00/100 soles);
- MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHÓCHOPE, destinado exclusivamente para el cierre definitivo del proyecto de inversión denominado: “REHABILITACIÓN DE LA IE PRIMARIA Y SECUNDARIA DE EDUCACIÓN BÁSICA REGULAR N°10117 CRUZ DE PUMACIRCA, CON CÓDIGO LOCAL N° 283990, UBICADO EN LA LOCALIDAD DE CHÓCHOPE, PROVINCIA DE LAMBAYEQUE, DEPARTAMENTO DE LAMBAYEQUE” CON CUI N° 2495260, por un monto de S/ 689,198.00 soles (Seiscientos ochenta y nueve mil ciento noventa y ocho con 00/100 soles);
- MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ZAÑA, para la ejecución del proyecto de inversión denominado: “CREACIÓN DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE Y LETRINA DE ARRASTRE HIDRÁULICO EN EL CENTRO POBLADO LAS TRES COMPUERTAS, DISTRITO DE ZAÑA – CHICLAYO - LAMBAYEQUE” CON CUI N° 2310097, por un monto de S/ 4´737,751.00 soles (Cuatro millones setecientos treinta siete mil setecientos cincuenta y uno con 00/100 soles):
Artículo Segundo.- PRECISAR que los recursos de las transferencia autorizada en el Artículo Primero de la presente resolución, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo Tercero.- TRANSCRIBIR la presente Resolución a la Comisión del Presupuesto y Cuenta General de la República del Congreso, a la Contraloría General de la República, a la Dirección General de Contabilidad Pública y a la Dirección Nacional de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas y demás dependencias administrativas del Pliego 452 Gobierno Regional Lambayeque.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Oficina Regional de Administración del Gobierno Regional Lambayeque la publicación de la presente Resolución Ejecutiva Regional en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo Quinto.- DIFUNDIR la presente Resolución a través del Portal Electrónico Institucional: www.regionlambayeque.gob.pe, en cumplimiento de lo dispuesto en el TUO de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
Regístrese, comuníquese y archívese.
JORGE LUIS PEREZ FLORES
Gobernador Regional de Lambayeque
2515109-1