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Fecha de publicación: 14/05/2026
Determinan la Protección Provisional del Sitio Arqueológico Área Remanente N° 2 (Bien Inmueble Prehispánico Chan Chan), ubicado en el distrito de Huanchaco, provincia de Trujillo, departamento de La Libertad

Autorizan viaje de personal militar de la Marina de Guerra del Perú para participar en evento a realizarse en Polonia

Resolución Ministerial

N° 00560-2026-DE

Lima, 13 de mayo del 2026

VISTOS:

El Oficio N° 3339/51 de la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú; el Oficio N° 00955-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 00834-2026-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.

CONSIDERANDO:

Que, a través del Carta Circular N° 04/2026 del 21 de enero de 2026, el Secretario General de la Organización Hidrográfica Internacional (OHI) hace extensiva la invitación para participar en la 18° Reunión del Comité de Servicios y Normas Hidrográficas (HSSC-18), a realizarse en la ciudad de Gdansk, República de Polonia, del 18 al 22 de mayo de 2026;

Que, con Oficio N° 3339/51 la Marina de Guerra del Perú solicita al Ministerio de Defensa autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Teniente Segundo Álvaro Jesús MANRIQUE JIMÉNEZ, identificado con CIP N° 01165409 y DNI N° 71252717, como personal titular; y del Teniente Segundo David Alexander LUGO ROJAS, identificado con CIP N° 01176572 y DNI N° 72495873, como personal suplente, para participar en la 18° Reunión del Comité de Servicios y Normas Hidrográficos (HSSC-18), a realizarse en la ciudad de Gdansk, República de Polonia, del 18 al 22 de mayo de 2026; asimismo, considerando el itinerario de los vuelos internacionales, solicita autorizar su salida del país el 16 de mayo y su retorno el 23 de mayo de 2026, sin que estos días adicionales generen gasto alguno al Tesoro Público;

Que, a través del citado documento, la institución armada remite el Informe Legal N° 017-2026-OAL/DHN; de la misma manera, se remite la Hoja de Gastos N° 080-2026, la Hoja de Disponibilidad Presupuestaria N° 094-2026; así como, las Certificaciones de Crédito Presupuestario N° 0000000091 y N° 0000000094 que garantizan el financiamiento correspondiente;

Que, de acuerdo con lo, señalado en la Exposición de Motivos anexada al expediente, resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del referido personal naval; por cuanto, permitirá fortalecer la presencia internacional, establecer alianzas estratégicas e incrementar las capacidades técnicas institucionales para favorecer el desarrollo y control de la seguridad de la navegación; asimismo, facilitará el acceso a estándares tecnológicos internacionales que faciliten la actualización de las normas técnicas nacionales relacionadas con la navegación, promoviendo la seguridad, sostenibilidad y eficiencia en la gestión de la navegación, fortaleciendo el rol institucional en el ámbito global relacionado con la señalización marítima;

Que, mediante el Oficio N° 00955-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN e Informe Técnico N° 218-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN-HMC, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la autorización de viaje al exterior referida en los considerandos precedentes;

Que, mediante el Informe Legal N° 00834-2026-
MINDEF/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica considera que resulta legalmente viable emitir la resolución ministerial que autorice el presente viaje al exterior, en comisión de servicio, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia;

Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa, de la Dirección General de Relaciones Internacionales, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y su reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y modificatoria; y el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, y sus modificatorias.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Teniente Segundo Álvaro Jesús MANRIQUE JIMÉNEZ, identificado con CIP N° 01165409 y DNI N° 71252717, como personal titular; y del Teniente Segundo David Alexander LUGO ROJAS, identificado con CIP N° 01176572 y DNI N° 72495873, como personal suplente, para participar en la 18° Reunión del Comité de Servicios y Normas Hidrográficos (HSSC-18), a realizarse en la ciudad de Gdansk, República de Polonia, del 18 al 22 de mayo de 2026; así como autorizar su salida del país el 16 de mayo y su retorno el 23 de mayo de 2026.

Artículo 2.- La participación del personal militar suplente queda supeditada a la imposibilidad de la participación del personal militar titular.

Artículo 3.- La Marina de Guerra del Perú efectúa el pago que corresponda con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2026, de acuerdo a los siguientes conceptos:

Pasajes aéreos: Lima – ciudad de Gdansk

(República de Polonia) – Lima

Clase económica

US$ 2,654.64 x 1 persona US$ 2,654.64

Viáticos:

US$ 540.00 x 5 días x 1 persona US$ 2,700.00

Total a pagar: US$ 5,354.64

Artículo 4.- El Comandante General de la Marina de Guerra del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin incrementar el tiempo de autorización, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje ni el nombre del personal autorizado.

Artículo 5.- El personal militar comisionado debe cumplir con presentar un informe detallado al titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país.

Artículo 6.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

AMADEO JAVIER FLORES CARCAGNO

Ministro de Defensa

2514952-1