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Fecha de publicación: 14/05/2026
Determinan la Protección Provisional del Sitio Arqueológico Área Remanente N° 2 (Bien Inmueble Prehispánico Chan Chan), ubicado en el distrito de Huanchaco, provincia de Trujillo, departamento de La Libertad

Autorizan transferencia financiera a favor del Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura (IICA), destinados exclusivamente para la coorganización del evento denominado “EXPO AGRARIA 2026”

resolución ministerial

N° 0154-2026-MIDAGRI

Lima, 12 de mayo de 2026

VISTOS:

El Convenio Específico de Colaboración entre el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego y el Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura; el Informe N° 005-2026-MIDAGRI-DVDAFIR/DGDAA-MAWGH y el Memorando N° 00525-2026-MIDAGRI-DVDAFIR/DGDAA de la Dirección General de Desarrollo Agrícola y Agroecología; el Memorando Nº 01085-2026-MIDAGRI-SG/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto que adjunta el Informe Nº 00729-2026-MIDAGRI-SG/OGPP-OPRES de la Oficina de Presupuesto; y el Informe N° 00598-2026-MIDAGRI-SG/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ley N° 32513 se aprobó el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026 y a través de la Resolución Ministerial Nº 0515-2025-MIDAGRI se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2026 del Pliego 013: Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (MIDAGRI);

Que, el literal p) del numeral 13.1 del artículo 13 de la citada Ley, autoriza al MIDAGRI a efectuar transferencias financieras a favor del Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura (IICA), en el marco del Convenio de Cooperación técnica suscrito o que se suscriba con dicho organismo internacional, para la asistencia técnica en la ejecución de estudios, actividades y eventos en apoyo a la formulación o actualización de políticas, programas y proyectos de desarrollo agrario y riego, en el marco de la respuesta al cambio climático y/o la transformación de los sistemas alimentarios;

Que, el numeral 13.2 del artículo 13 de la misma, dispone que las transferencias financieras autorizadas en el numeral 13.1 se realizan, en el caso de entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del Titular del Pliego, previo informe favorable de la Oficina de Presupuesto debiendo publicarse en el diario oficial El Peruano;

Que, en atención al Convenio N° 012-2024-MIDAGRI-DM, Convenio Marco de Cooperación Técnica suscrito entre el MIDAGRI y el IICA, de fecha 13 de diciembre de 2024, ambas partes suscribieron un Convenio Específico de Colaboración cuyo objeto es establecer las condiciones administrativas, financieras y de operatividad para efectuar la transferencia del Pliego 013: Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios a favor del IICA, destinados única y exclusivamente para la coorganización del evento denominado EXPO AGRARIA 2026;

Que, de acuerdo con la Cláusula Séptima del referido Convenio Específico, el MIDAGRI debe transferir mediante Resolución Ministerial, con cargo a los recursos previstos en el Año Fiscal 2026, del Presupuesto Institucional del Pliego 013: Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Agricultura - Administración Central, por la fuente de financiamiento 5 Recursos Ordinarios, destinados exclusivamente para la organización del evento denominado “EXPO AGRARIA 2026”, el monto que asciende a S/ 1,600,000.00 (Un millón seiscientos mil con 00/100 Soles), el cual incluye el diez por ciento (10%) de Recuperación de Costos Indirectos, conforme a la Nota Conceptual;

Que, mediante el Informe Técnico N° 005-2026-MIDAGRI-DVDAFIR/DGDAA-MAWGH, la Dirección General de Desarrollo Agrícola y Agroecología (DGDAA) emite su opinión técnica favorable respecto a la viabilidad de la transferencia financiera a favor del IICA, y mediante el Memorando N° 00525-2026-MIDAGRI-DVDAFIR/DGDAA informa al Despacho Viceministerial de Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego sobre la transferencia de fondos al IICA en atención al Convenio suscrito;

Que, con el Memorando Nº 01085-2026-MIDAGRI-SG/OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto (OGPP) remite a la Oficina General de Asesoría Jurídica el Informe Nº 00729-2026-MIDAGRI-SG/OGPP-OPRES elaborado por la Oficina de Presupuesto (OPRES) y mediante el cual se emite opinión favorable para que el Pliego 013: Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego realice una transferencia financiera por el monto de S/ 1,600,000.00 (Un millón seiscientos mil y 00/100 soles), a favor del IICA, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, en el marco del vigente Convenio Específico de Colaboración suscrito entre el MIDAGRI y el IICA, destinados exclusivamente para la coorganización del evento denominado “EXPO AGRARIA 2026”;

Que, dicha propuesta cuenta con la conformidad legal de la Oficina de Asesoría Jurídica, emitida a través del Informe N° 00598-2026-MIDAGRI-SG/OGAJ;

Que, estando a lo señalado, resulta necesario aprobar la referida transferencia financiera en el marco de lo dispuesto por el literal p) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, y del Convenio Especifico suscrito entre el MIDAGRI y el IICA;

Con las visaciones del Viceministro de Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego; del Secretario General; del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; la Ley N° 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, aprobado por la Resolución Ministerial N° 0080-2021-MIDAGRI;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor del Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura

Se autoriza una transferencia financiera del Pliego 013: Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, Unidad Ejecutora 001-155 Ministerio de Agricultura - Administración Central, hasta por la suma de S/ 1,600,000.00 (UN MILLÓN SEISCIENTOS MIL CON 00/100 SOLES), que incluye el diez por ciento (10%) de Recuperación de Costos Indirectos - RCI, por la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, a favor del Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura (IICA), destinados exclusivamente para la coorganización del evento denominado “EXPO AGRARIA 2026”, en atención al Convenio Específico de Colaboración suscrito por ambas partes.

Artículo 2.- Financiamiento

La transferencia financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se realiza con cargo al presupuesto institucional del presente Año Fiscal 2026, del Pliego 013: Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, Unidad Ejecutora 001 - 155 Ministerio de Agricultura - Administración Central, de la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, Categoría Presupuestal 9002 Asignaciones Presupuestarias que no resultan en productos, Producto 3999999 Sin Producto, en la Actividad 5001254: Transferencia de Recursos para la Ejecución de Actividades.

Artículo 3.- Limitaciones al uso de recursos

Los recursos de la transferencia financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- Monitoreo, Seguimiento y Cumplimiento

La Dirección General de Desarrollo Agrícola y Agroecología del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines, metas físicas y financieras para las cuales se realiza la transferencia financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 5.- Notificación

Se dispone la notificación de la presente Resolución Ministerial a la Oficina General de Administración del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, así como al Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura, para que realicen las acciones administrativas que correspondan.

Artículo 6.- Publicación

Se dispone la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (www.midagri.gob.pe) el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FELIPE CÉSAR MEZA MILLÁN

Ministro de Desarrollo Agrario y Riego

2514902-1