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Fecha de publicación: 15/05/2026
Decreto Supremo que dispone medidas de intervención multisectorial articulada para la implementación de los Polos de Desarrollo Amazónico

Declaran barrera burocrática ilegal la exigencia de tramitar el procedimiento con código N° PA165092E7, contenido en el TUPA del Gobierno Regional de Moquegua

RESOLUCIÓN FINAL

N° 0005-2026/CEB-INDECOPI-TAC

AUTORIDAD QUE EMITE LA RESOLUCIÓN:

Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de Tacna

FECHA DE EMISIÓN DE LA RESOLUCIÓN:

24 de marzo de 2026

BARRERA BUROCRÁTICA DECLARADA ILEGAL:

La exigencia de tramitar el procedimiento con código N° PA165092E7 denominado “EDU 013 - Expedición de Resolución de cambio de director de institución educativa de gestión privada: Educación Básica Regular - Educación Básica Alternativa y Educación Básica Especial, previa evaluación de los requisitos exigidos”.

ENTIDAD QUE LA IMPUSO:

Gobierno Regional de Moquegua

NORMA QUE CONTIENE LA BARRERA BUROCRÁTICA IDENTIFICADA:

El Texto Único de Procedimiento Administrativos del Gobierno Regional de Moquegua, aprobado mediante la Ordenanza Regional 01-2010-CR/GRM del 29 de octubre de 2010, modificado por Ordenanza Regional N° 006-2022-CR/GRM del 19 de agosto de 2022.

FUNDAMENTOS DE LA DECISIÓN:

La ilegalidad radica en que se exige realizar un segundo trámite que se encuentra vinculado con el procedimiento de “Cambio de director de institución educativa de gestión privada, educación básica regular, educación básica especial, educación básica alternativa”, dado que la emisión del acto administrativo para obtener el Cambio de Director es la consecuencia de la evaluación de los requisitos de dicho procedimiento. Por ende, el Gobierno Regional dividió dichas etapas en dos procedimientos distintos, lo cual contraviene lo dispuesto en el numeral 4) del artículo 53° del TUO de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

EVER GLICERIO HERNÁNDEZ CERVERA

Presidente

Comisión de la Oficina Regional del Indecopi - Tacna

2514861-1