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Fecha de publicación: 14/05/2026
Determinan la Protección Provisional del Sitio Arqueológico Área Remanente N° 2 (Bien Inmueble Prehispánico Chan Chan), ubicado en el distrito de Huanchaco, provincia de Trujillo, departamento de La Libertad

Autorizan difusión en consulta pública del proyecto normativo que modifica el Manual de Contabilidad para las Empresas del Sistema Financiero, el Reglamento de los Almacenes Generales de Depósito, el Reglamento de las Empresas Emisoras de Dinero Electrónico, el Reglamento de las Empresas de Transferencia de Fondos; así como las Normas para la elaboración y presentación de los estados financieros e información estadística de las Empresas de Transporte, Custodia y Administración de Numerario

RESOLUCIÓN SBS N° 01386-2026

Lima, 12 de mayo de 2026

El Superintendente de Banca, Seguros

y Administradoras Privadas de Fondos

de Pensiones

CONSIDERANDO:

Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones se encarga de regular, supervisar y fiscalizar las entidades del sistema financiero, sistema de seguros y privado de pensiones, así como a otras entidades cuya supervisión haya sido encargada por otras leyes especiales, conforme a lo dispuesto en la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702, la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, cuyo Texto Único Ordenado fue aprobado por el Decreto Supremo Nº 054-97-EF, y otras leyes;

Que, mediante la Trigésima Segunda Disposición Final y Complementaria de la Ley Nº 26702 se establecen disposiciones aplicables a la publicación de proyectos normativos;

Que dicha disposición es concordante con el artículo IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General que establece el principio de participación de los administrados en el proceso de decisiones públicas, así como con el capítulo IV del Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2024-JUS;

Que, la Superintendencia considera relevante modificar el Capítulo V “Información Complementaria” del Manual de Contabilidad para Empresas del Sistema Financiero, aprobado por la Resolución SBS N° 895-98 y sus modificatorias, a fin de incorporar mejoras al formato del Reporte N° 1, actualmente denominado “Transferencias de acciones” y, asimismo, requerir información sobre el accionariado a las empresas de servicios complementarios y conexos comprendidas en el artículo 17 de la Ley N° 26702, para las labores de supervisión realizadas por esta Superintendencia;

Que, en cumplimiento de lo antes referido, la Superintendencia dispone aprobar, mediante resolución de Superintendencia, sus proyectos normativos y publicarlos en su sede digital con el objetivo de asegurar la participación efectiva del público en general; y,

Contando con el visto bueno de las Superintendencias Adjuntas de Banca y Microfinanzas y de Regulación y Jurídica;

RESUELVE:

Artículo Primero.- Autorizar la difusión en consulta pública del proyecto normativo que modifica el Manual de Contabilidad para las Empresas del Sistema Financiero, aprobado por la Resolución SBS N° 895-98, el Reglamento de los Almacenes Generales de Depósito aprobado por la Resolución SBS N° 040-2002, el Reglamento de las Empresas Emisoras de Dinero Electrónico, aprobado por la Resolución SBS N° 6284-2013, el Reglamento de las Empresas de Transferencia de Fondos aprobado por la Resolución SBS N° 1025-2005; así como las Normas para la elaboración y presentación de los estados financieros e información estadística de las Empresas de Transporte, Custodia y Administración de Numerario, aprobadas por la Resolución SBS N° 243-2007, en la sede digital de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (www.sbs.gob.pe).

Artículo Segundo.- El plazo para que el público en general pueda remitir a la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP sus comentarios y observaciones sobre el proyecto señalado en el artículo anterior es de 15 días calendario, contados desde el día siguiente de la fecha de publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SERGIO JAVIER ESPINOSA CHIROQUE

Superintendente de Banca, Seguros y AFP

2514512-1