Encargan y acreditan las funciones de Auxiliar Coactivo de la Municipalidad Provincial del Callao
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
Nº 85-2026-ALC/MPC
Callao, 7 de mayo de 2026
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO
VISTO:
El Informe N° 104 y los Memorandos N° 882 y N° 778-2026-MPC-GAT-SGRC de la Subgerencia de Recaudación, el Informe N° 550-2026/MPC-OGAF-ORH de la Oficina de Recursos Humanos, respecto a la emisión del documento autoritativo que resuelva encargar las funciones del puesto de Auxiliar Coactivo;
CONSIDERANDO:
Que, conforme lo establece el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley N° 30305, Ley de Reforma Constitucional, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local que tienen autonomía política, económica y administrativas en los asuntos de su competencia;
Que, el artículo 20 inciso 17 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que es atribución del Alcalde designar y cesar al gerente municipal y, a propuesta de este, a los demás funcionarios y directivos públicos de confianza, cumpliendo con los requisitos previamente establecidos en la normativa vigente y en los documentos de gestión interna que regulan el perfil de cada puesto;
Que, el artículo 1 de la Ley Nº 27204, refiere que el Ejecutor y el Auxiliar Coactivo son funcionarios nombrados o contratados, según el régimen laboral de la Entidad a la cual representan, y su designación, en los términos señalados en el Artículo 7 de la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, no implica que dichos cargos sean de confianza;
Que, el Decreto Legislativo Nº 1057 que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 075-2008-PCM y modificatorias, establecen reglas de ingreso al Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios – CAS, para garantizar los principios de mérito, capacidad, igualdad de oportunidades de la administración pública, disponiendo que el acceso a dicho régimen se realiza a través de concurso público;
Que, por medio de la Resolución de Alcaldía N° 285-2025-ALC/MPC de fecha 12 de diciembre de 2025, se DESIGNÓ y ACREDITO a la señora MARIA RIVERA CELMID, identificada con DNI N° 47991292, a partir del 01 de diciembre de 2025, en el cargo de Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Provincial del Callao, bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 1057;
Que, mediante Memorando N° 882-2026-MPC-GAT-SGRC de fecha 30 de abril de 2026, la Subgerencia de Recaudación informa que el señor Víctor Manuel Diaz Diez Canseco, Auxiliar Coactivo de la Entidad concluye su vínculo contractual el 31 de abril del presente año; en tal sentido, resulta necesario encargar dicha función a la señora María Rivera Celmid, Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Provincial del Callao; a fin de permitir la atención e impulso de los procedimientos coactivos a cargo de la Subgerencia de Recaudación;
Que, mediante Informe N° 550-2026-MPC/OGAF-ORH de fecha 05 de mayo de 2026, la Oficina de Recursos Humanos trasladó los autos administrativos a la Secretaría General del Concejo Municipal, con el fin de gestionar las acciones correspondientes para dejar sin efecto la acreditación y designación del señor Víctor Manuel Díaz Diez Canseco como Auxiliar Coactivo, y encargar las funciones del mencionado cargo a la señora María Rivera Celmid;
Estando a lo expuesto, en ejercicio de la atribución establecida en el artículo 20 inciso 6 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y con el visado de la Gerencia Municipal, la Oficina General de Asesoría Jurídica, la Oficina de Recursos Humanos, Subgerencia de Recaudación y la Gerencia de Administración Tributaria;
RESUELVE:
Artículo 1.- ENCARGAR Y ACREDITAR a partir del 08 de mayo de 2026, las funciones de AUXILIAR COACTIVO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO, a la señora MARIA RIVERA CELMID, en adición a sus funciones de Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Provincial del Callao.
Artículo 2.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente resolución a la Gerencia Municipal, la Oficina General de Administración Tributaria y la Oficina de Recursos Humanos.
Artículo 3.- ENCARGAR a la Secretaría General del Concejo Municipal la notificación de la presente Resolución a la interesada y a las unidades orgánicas competentes, para los fines correspondientes.
Artículo 4.- ENCARGAR a la Oficina General de Tecnología de la Información y Telecomunicación, la publicación de la presente Resolución en el Portal Web Institucional.
Regístrese y comuníquese.
CESAR PEREZ BARRIGA
Alcalde
2514325-1