Logo El Peruano
Fecha de publicación: 14/05/2026
Determinan la Protección Provisional del Sitio Arqueológico Área Remanente N° 2 (Bien Inmueble Prehispánico Chan Chan), ubicado en el distrito de Huanchaco, provincia de Trujillo, departamento de La Libertad

Dan por concluida designación y acreditación de Auxiliar Coactivo de la Municipalidad Provincial del Callao

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA

Nº 84-2026-ALC/MPC

Callao, 7 de mayo de 2026

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO

VISTO:

El Informe N° 15-2026-MPC-GAT-SGRC-VMDDC del Sr. Víctor Manuel Diaz Diez Canseco, Auxiliar Coactivo de la Municipalidad Provincial del Callao y el Informe N° 550-2026/MPC-OGAF-ORH de la Oficina de Recursos Humanos, y;

CONSIDERANDO:

Que, conforme lo establece el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley N° 30305, Ley de Reforma Constitucional, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, el artículo 6 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, establece que la Alcaldía es el órgano ejecutivo de Gobierno Local y el Alcalde es el representante legal de la municipalidad y su máxima autoridad administrativa;

Que, el artículo 1 de la Ley Nº 27204, refiere que el Ejecutor y el Auxiliar Coactivo son funcionarios nombrados o contratados, según el régimen laboral de la Entidad a la cual representan, y su designación, en los términos señalados en el Artículo 7 de la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, no implica que dichos cargos sean de confianza;

Que, mediante Resolución de Alcaldía N° 162-2024-ALC/MPC de fecha 09 de mayo de 2024, se designó y acreditó al Sr. VICTOR MANUEL DIAZ DIEZ CANSECO, a partir del 06 de mayo de 2024, en el cargo de Auxiliar Coactivo de la Municipalidad Provincial del Callao, bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 1057, quien ejercerá sus funciones de acuerdo con las facultades que otorga la ley específica de la materia.

Que, mediante Informe N° 517-2026-MPC/OGAF-ORH de fecha 27 de abril de 2026, la Oficina de Recursos Humanos comunica que desde el 01 de abril del 2026 el Sr. Francis Luis Prescott López no mantiene vínculo laboral con la Entidad Edil; por lo tanto, corresponde atender su solicitud dejando sin efecto la resolución que lo designa y acredita como Auxiliar Coactivo;

Estando a lo expuesto, en ejercicio de la atribución establecida en el artículo 20 inciso 6 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y con el visado de la Gerencia Municipal, la Oficina General de Asesoría Jurídica;

RESUELVE:

Artículo 1.- DAR POR CONCLUIDA, con efectividad a partir del 01 de mayo del 2026, la DESIGNACIÓN y ACREDITACIÓN del Sr. VICTOR MANUEL DIAZ DIEZ CANSECO, en el cargo de Auxiliar Coactivo de la Municipalidad Provincial del Callao, efectuada mediante Resolución de Alcaldía N° 162-2024-ALC-MPC, agradeciéndole por los servicios prestados.

Artículo 2.- ENCARGAR a la Secretaría General del Concejo Municipal la notificación de la presente Resolución al interesado y a las unidades orgánicas competentes para los fines correspondientes.

Artículo 3.- ENCARGAR a la Oficina de Recursos Humanos proceda a la liquidación de beneficios sociales y expedición de la constancia de trabajo correspondiente.

Artículo 4.- ENCARGAR a la Oficina General de Tecnología de la Información y Telecomunicación, la publicación de la presente Resolución en el Portal Web Institucional.

Regístrese y comuníquese.

CÉSAR PÉREZ BARRIGA

Alcalde

2514324-1