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Fecha de publicación: 15/05/2026
Decreto Supremo que dispone medidas de intervención multisectorial articulada para la implementación de los Polos de Desarrollo Amazónico

Autorizan viaje de oficial de la Marina de Guerra del Perú a la República Argentina, en misión de estudios

Resolución Ministerial

N° 00555-2026-DE

Lima, 11 de mayo del 2026

VISTOS:

El Oficio N° 2786/52 de la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú; el Oficio N° 00815-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y el Informe Legal N° 00693-2026-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.

CONSIDERANDO:

Que, mediante Carta S/N de enero de 2026, la coordinadora del Área de Residentes y Becarios de la Secretaría de Posgrado de la Universidad Hospital Italiano de Buenos Aires comunica al Capitán de Fragata SN. (MC) Sandro Yanick CANO GAMARRA, que ha sido aprobada su visita en el servicio de Cirugía General - Sección de Hepatobiliopancreática del Hospital Italiano, en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina durante el periodo comprendido entre el 1 de agosto al 31 de octubre de 2026;

Que, con Oficio N° 2786/52, la Marina de Guerra del Perú solicita al Ministerio de Defensa autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del Capitán de Fragata SN. (MC) Sandro Yanick CANO GAMARRA, identificado con DNI N° 00517696, para participar en la capacitación en Cirugía Hepatobiliopancreática y Trasplante Hepático a realizarse en el Hospital Italiano, en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, del 1 de agosto al 31 de octubre de 2026, así como autorizar su salida del país el 31 de julio y su retorno el 1 de noviembre de 2026;

Que, a través del citado documento, la Institución Armada remite el Informe Legal N° 016-2026-OAJ-DIREDUMAR; la Hoja de Gastos N° 024-2026; la Hoja de Disponibilidad Presupuestaria N° 040-2026; así como las Certificaciones de Crédito Presupuestario N° 0000000004 y N° 0000000029 que garantizan el financiamiento correspondiente;

Que, mediante la Exposición de Motivos, la Marina de Guerra del Perú señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del personal militar designado para participar en el referido curso, por cuanto permitirá fortalecer el nivel de perfeccionamiento técnico profesional del oficial asignado, mediante la adquisición de competencias avanzadas en el manejo quirúrgico de patología hepática, biliar y pancreática de alta complejidad, así como en los procesos quirúrgicos vinculados al trasplante hepático, lo que permitirá atender la demanda de pacientes del Centro Médico Naval “Cirujano Mayor Santiago Távara” que presentan patología hepatobiliopancreática;

Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo N° 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, será reducido en la misma cantidad que la bonificación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1132, que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú;

Que, conforme al artículo 26 de la Ley N° 28359, Ley de Situación Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, modificada por Decreto Legislativo N° 1143, el Oficial nombrado en comisión de servicio o misión de estudios por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio previsto en la ley de la materia;

Que, a través del Oficio N° 00815-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN e Informe Técnico N° 046-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN-LAYC, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la autorización del viaje al exterior referido en los considerandos precedentes;

Que, mediante el Informe Legal N° 00693-2026-
MINDEF/SG-OGAJ la Oficina General de Asesoría Jurídica considera que resulta legalmente viable emitir la resolución ministerial que autorice el presente viaje al exterior, en misión de estudios, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia;

Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; y, el Decreto Supremo N° 262-2014-EF, que establece disposiciones referente a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior, y modificatoria.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del Capitán de Fragata SN. (MC) Sandro Yanick CANO GAMARRA, identificado con DNI N° 00517696, para participar en la capacitación en Cirugía Hepatobiliopancreática y Trasplante Hepático a realizarse en el Hospital Italiano, en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, del 1 de agosto al 31 de octubre, así como autorizar su salida del país el 31 de julio y su retorno el 1 de noviembre de 2026.

Artículo 2.- La Marina de Guerra del Perú, efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2026, de acuerdo al siguiente detalle:

Pasajes aéreos: Lima - Buenos Aires (República Argentina) - Lima

clase económica

US$ 812.71 x 1 persona US$ 812.71

Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero:

US$ 5,911.63 x 3 meses (ago.-oct.) US$ 17,734.89

Total a pagar en dólares americanos: US$ 18,547.60

Artículo 3.-El Comandante General de la Marina de Guerra del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin incrementar el tiempo de autorización, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje ni el nombre del personal autorizado.

Artículo 4.- El personal militar autorizado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario, contados a partir de la fecha de retorno al país.

Artículo 5.- El Oficial Superior designado revistará en la Dirección General de Educación de la Marina de Guerra del Perú por el periodo que dure la misión de estudios en el exterior.

Artículo 6.- El personal militar autorizado está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia.

Artículo 7.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

AMADEO JAVIER FLORES CARCAGNO

Ministro de Defensa

2514299-1