Autorizan viaje de funcionarios y/o trabajadores del PATPAL - FBB a Colombia, en comisión de servicios
Resolución de Gerencia General
N° 035-2026-PATPAL-FBB/GG/MML
San Miguel, 30 de marzo de 2026
VISTOS:
El Informe N° 113-2026/GOS-SZO de fecha 30 de enero de 2026; emitido por la Subgerencia de Zoología, el Memorando N° 253-2026/OGPP de fecha 04 de febrero de 2026; emitido por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Memorando N° 329-2026/OGPP de fecha 16 de febrero de 2026; emitido por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Proveído N° 0597-2026/OGAF de fecha 13 de febrero de 2026; emitido por la Oficina General de Administración y Finanzas, el Proveído N° 0598-2026/OGAF de fecha 13 de febrero de 2026; emitido por la Oficina General de Administración y Finanzas, el Memorando N° 463-2026/GOS de fecha 11 de marzo de 2026; emitido por la Gerencia de Operaciones y Seguridad, el Informe N° 022-2026/GOS de fecha 11 de marzo de 2026; emitido por la Gerencia de Operaciones y Seguridad, el Memorando N° 213-2026/OGAF de fecha 24 de marzo de 2026; emitido por la Oficina General de Administración y Finanzas y el Informe N° 058-2026/OGAJ de fecha 30 de marzo de 2026; emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 146 – Ley de Creación del Patronato Nacional del Parque de las Leyendas - Felipe Benavides Barreda, en adelante el PATPAL- FBB, se creó el PATPAL-FBB con la finalidad proporcionar bienestar, esparcimiento y recreación cultural en favor de la comunidad, promocionando las diferentes riquezas naturales de nuestras regiones.
Que, conforme al artículo 1° del Manual de Operaciones (MOP) del Patronato del Parque de las Leyendas Felipe Benavides Barreda – PATPAL FBB aprobado mediante Decreto de Alcaldía N° 003-2024-MML establece que, el Patronato del Parque de Las Leyendas Felipe Benavides Barreda “PATPAL FBB”, se creó mediante Decreto Legislativo N° 146, y es un Órgano Desconcentrado Especial de acuerdo a la calificación organizacional establecida en los Lineamientos de Organización del Estado vigentes, adscrito a la Municipalidad Metropolitana de Lima por Ley N° 28998, con personería jurídica de derecho público y autonomía técnica, económica, financiera y administrativa en el desempeño de sus funciones de acuerdo a su Ley de creación, sus modificatorias, ampliatorias y conexas, y a la Ley Orgánica de Municipalidades;
Que, mediante Informe N° 113-2026/GOS-SZO de fecha 30 de enero de 2026, la Subgerencia de Zoología, recomienda a la Gerencia General la participación presencial de los funcionarios, para la asistencia al XXXII Congreso ALPZA, del 19 al 22 de mayo del 2026 en la Sede de las instalaciones de la Fundación Parque Jaime Duque, ubicado en el municipio de Tocancipá, en el departamento de Cundinamarca país de Colombia.
Que, en ese sentido, la Subgerencia de Zoología sugiere que al mencionado Congreso asista los siguientes funcionarios:
LIC. JULIA AZUCENA COLCAS VARGAS Gerente General del PATPAL.FBB
M.V.Z. SARA KARINA CUESTAS RUEDA Subgerente de Zoología del PATPAL-FBB
JULIO MAX JIMENEZ AGUIRRE Profesional Sede San Miguel del PATPAL-FBB
MOLLY KATHELEEN LOPEZ ESPETIA Profesional Sede San Miguel del PATPAL-FBB
HUMBERTO MARTIN CALLE MAYA Profesional Sede Huachipa del PATPAL-FBB
SONIA ESTEFANIA RIVERA MEDINA Profesional Sede Huachipa del PATPAL-FBB
Que, mediante Acuerdo de Consejo N° 007-2026-PATPAL-FBB/CD de fecha 27 de marzo de 2026, el Consejo Directivo del Patronato del Parque de las Leyendas – Felipe Benavides Barreda, AUTORIZA el viaje del Gerente General, al exterior del país por razones de comisión de servicio o representación de la entidad con la finalidad de asistir al XXXII Congreso de la Asociación Latinoamericana del Parque Zoológico y Acuarios - ALPZA, del 19 al 22 de mayo del 2026 en la Sede de las instalaciones de la Fundación Parque Jaime Duque, ubicado en el municipio de Tocancipá, en el departamento de Cundinamarca país de Colombia;, recomendando se publique en el Diario Oficial El Peruano;
Que, mediante Ley N° 27619 se regula la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público, y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley del Presupuesto del Sector Público; precisando en sus artículos 3 y 4 que las resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Oficial “El Peruano”, con anterioridad al viaje; y que los gastos que por concepto de viáticos ocasionen los viajes al exterior serán calculados conforme a la Escala de Viáticos por países, aprobada por Decreto Supremo;
Que, conforme lo dispone el artículo 2 del Reglamento de la Ley N° 27619, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y sus modificatorias: “La Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos, (...).”;
Que, el artículo 4° del Reglamento, señala que “Las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano, con anterioridad al viaje” y el artículo 5° señala que “Los gastos que, por concepto de viáticos ocasionen los viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos, serán calculados de acuerdo a la “Escala de Viáticos por Zonas Geográficas”.
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ESCALA DE VIÁTICOS POR ZONAS GEOGRÁFICAS - (En US$) |
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África |
US$ 200 |
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América Central |
US$ 200 |
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América del Norte |
US$ 220 |
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América del Sur |
US$ 200 |
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Asia |
US$ 260 |
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Caribe |
US$ 240 |
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Europa |
US$ 260 |
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Oceanía |
US$ 240 |
Que, de acuerdo con el artículo 8 del citado Reglamento: “Los viáticos que se otorguen conforme a la Escala citada en el Artículo 5 serán por cada día que dure la misión oficial o el evento, a los que se podrá adicionar por una sola vez el equivalente a un día de viáticos, por concepto de gastos de instalación y traslado, cuando el viaje es a cualquier país de América y de dos días cuando el viaje se realice a otro continente”;
Que, mediante Memorando N° 253-2026-2026/OGPP de fecha 05 de febrero de 2026, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto realiza la modificación presupuestal por el importe de S/. 42,330.00 soles para cubrir los gastos para la participación en el congreso ALPZA 2026 (pago de inscripción, pasajes aéreos y viáticos).
Que, asimismo, mediante Memorando N° 329-2026/OGPP de fecha 16 de febrero de 2026, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto emite la certificación presupuestaria para cubrir los gastos relacionados a viáticos para la participación en el XXXII Congreso de la Asociación Latinoamericana del Parque Zoológico y Acuarios- ALPZA 2026.
Que, mediante Proveído N° 0597-2026/OGAF de fecha 13 de febrero de 2026, la Oficina General de Administración y Finanzas, mediante el Anexo 04 del SIGA -MEF, aprueba la modificación al cuadro multianual de necesidades, para la inscripción para la participación de los funcionarios del PATPAL al XXXII Congreso de la Asociación Latinoamericana del Parque Zoológico y Acuarios – ALPZA-2026.
Que, mediante Proveído N° 0598-2026/OGAF de fecha 13 de febrero de 2026, la Oficina General de Administración y Finanzas, mediante el Anexo 04 del SIGA -MEF, aprueba la modificación al cuadro multianual de necesidades, para el traslado de personal -comisión de servicios-pasajes aéreos internacional de los funcionarios del PATPAL, que participaran en el XXXII Congreso de la Asociación Latinoamericana del Parque Zoológico y Acuarios – ALPZA-2026.
Que, mediante Informe N° 022-2026/GOS de fecha 11 de marzo de 2026, la Gerencia de Operaciones y Seguridad, solicita la autorización para la participación en el XXXII Congreso de la Asociación Latinoamericana del Parque Zoológico y Acuarios ALPZA, del 19 al 22 de mayo del 2026
Que, mediante Memorando N° 213-2026/OGAF de fecha 24 de marzo de 2026, la Oficina General de Administración y Finanzas autoriza los viáticos de los funcionarios para participar en el XXXII Congreso de la Asociación Latinoamericana del Parque Zoológico y Acuarios- ALPZA 2026.
Que, conforme lo dispone el inciso v) del artículo 11 del Manual de Operaciones (MOP) del PATPAL-FBB, aprobado por Decreto de Alcaldía N° 003-2024 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, es atribución de la Gerencia General: “Autorizar los viajes de funcionarios y trabajadores del PATPAL-FBB, por razones de servicio de conformidad con la normativa vigente”;
Que, siendo ello así y en concordancia con el artículo 10° del MOP establece que, “La Gerencia General es el órgano de la Alta Dirección de mayor jerarquía administrativa y ejerce como titular del PATPAL FBB (…)”; y,
Que, en uso de las facultades conferidas por el Decreto Legislativo N° 146 Ley del Patronato del Parque de las Leyendas y sus modificaciones, el Manual de Operaciones (MOP) aprobado por Decreto de Alcaldía N° 003-2024 de la Municipalidad Metropolitana de lima y estando a lo dispuesto en el Reglamento de la Ley N° 27619, modificado por el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM, y la Ley N° 27619 se regula la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado y sus modificatorias;
Contando con el Visto Bueno de la Oficina General de Administración y Finanzas, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, Gerencia de Operaciones y Seguridad, Subgerencia de Zoología y de la Oficina General de Asesoría Jurídica.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar el viaje en comisión de servicios a los siguientes funcionarios y/o trabajadores:
M.V.Z. SARA KARINA CUESTAS RUEDA Subgerente de Zoología del PATPAL-FBB
JULIO MAX JIMENEZ AGUIRRE Profesional Sede San Miguel del PATPAL-FBB
MOLLY KATHELEEN LOPEZ ESPETIA Profesional Sede San Miguel del PATPAL-FBB
HUMBERTO MARTIN CALLE MAYA Profesional Sede Huachipa del PATPAL-FBB
SONIA ESTEFANIA RIVERA MEDINA Profesional Sede Huachipa del PATPAL-FBB
Para la asistencia del “XXXII Congreso ALPZA, del 19 al 22 de mayo del 2026 en la Sede de las instalaciones de la Fundación Parque Jaime Duque, ubicado en el municipio de Tocancipá, en el departamento de Cundinamarca país de Colombia”, a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo Segundo.- Autorizar los gastos que irrogue el viaje aprobado en la presente Resolución, los mismos que serán cubiertos con cargo a los Recursos Directamente Recaudados de la Unidad Ejecutora 500238, de acuerdo al siguiente detalle:
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Nombres y Apellidos |
DNI N° |
Inscripción* |
Pasajes Aéreos |
Viáticos (US$ 200.00 x 5 días) |
Monto total (US$.) |
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SARA KARINA CUESTAS RUEDA |
43182683 |
US $ 475.00 |
US $ 600.00 |
US $ 1,000.00 |
US $2,075.00 |
|
JULIO MAX JIMENEZ AGUIRRE |
40271535 |
US $ 475.00 |
US $ 600.00 |
US $ 1,000.00 |
US $2,075.00 |
|
MOLLY KATHELEEN LOPEZ ESPETIA |
46819007 |
US $ 475.00 |
US $ 600.00 |
US $ 1,000.00 |
US $2,075.00 |
|
HUMBERTO MARTIN CALLE MAYA |
41561385 |
US $ 475.00 |
US $ 600.00 |
US $ 1,000.00 |
US $2,075.00 |
|
SONIA ESTEFANIA RIVERA MEDINA |
70039265 |
US $ 475.00 |
US $ 600.00 |
US $ 1,000.00 |
US $2,075.00 |
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TOTAL (**)1 |
US $10,375.00 |
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Cinco (05) días, incluye gastos de instalación, US$ 200.00 por día.
Artículo Tercero.- Los funcionarios y/o trabajadores, a los que se refiere el artículo primero de la presente Resolución, deberán presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, así como el sustento de los viáticos asignados, conforme a ley dentro de los 15 días calendario siguientes de efectuado el viaje.
Artículo Cuarto.- REMITIR a la Oficina General de Administración y Finanzas en coordinación con la Oficina de Gestión de Recursos Humanos, para que en el marco de sus competencias adopten las acciones que correspondan conforme a Ley.
Artículo Quinto.- Encargar a la Oficina General de Administración y Finanzas, la publicación del presente Acuerdo en el Diario Oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
JULIA AZUCENA COLCAS VARGAS
Gerente General
1 (**) Sujeto al Tipo de Cambio al momento de realizar los pagos correspondientes
2514151-2