Formalizan transferencia a título gratuito de bienes que conforman Proyecto de Electrificación Rural a favor de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electronoroeste S.A. - Electronoroeste S.A.
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 204-2026-MINEM/DM
Lima, 7 de mayo de 2026
VISTOS: El Informe N° 150-2025-MINEM/DGER/DPRO-JER de la Jefatura de Energías Renovables y, el Informe N° 510-2025-MINEM/DGER-JAL de la Jefatura de Asesoría Legal, ambas de la Dirección General de Electrificación Rural; el Memorando N° 01169-2025/MINEM-DGER, de la Dirección General de Electrificación Rural; el Informe N° 511-2026-MINEM/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley N° 28749, Ley General de Electrificación Rural (en adelante, LGER), tiene por objeto establecer el marco normativo para la promoción y el desarrollo eficiente y sostenible de la electrificación de zonas rurales, localidades aisladas y de frontera del país;
Que, el artículo 18 de la LGER y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2007-EM, concordado con los artículos 40 y 41 del Reglamento vigente, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2020-EM, establece que el Ministerio de Energía y Minas transferirá a título gratuito los Sistemas Eléctricos Rurales (SER) que ejecute, a favor de la Empresa de Administración de Infraestructura Eléctrica S.A. – ADINELSA; y, excepcionalmente por razones operativas, comerciales y de interés social, lo hará a favor de una Empresa de Distribución Eléctrica (EDE) bajo el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE;
Que, de acuerdo al Informe N° 150-2025-MINEM/DGER/DPRO-JER, la Jefatura de Energías Renovables de la Dirección General de Electrificación Rural (en adelante, DGER), señala que se ha ejecutado un (01) PROYECTO SER, cuya transferencia deberá formalizarse a favor de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electronoroeste S.A. - Electronoroeste S.A. (en adelante, la CONCESIONARIA);
Que, asimismo, de acuerdo al Informe N° 150-2025-MINEM/DGER/DPRO-JER, existen razones operativas, comerciales y de interés social para efectuar la transferencia a favor de la CONCESIONARIA, toda vez que el SER está localizado en el distrito de Olmos, provincia y departamento de Lambayeque, ámbito geográfico donde el suministro público de electricidad está a cargo de la CONCESIONARIA, responsable de su operación, mantenimiento y comercialización, lo cual motivó, en su oportunidad, que la DGER realice las coordinaciones con la CONCESIONARIA durante la implementación del proyecto, hasta la suscripción del Acta de Conformidad de Operación Experimental correspondiente. Asimismo, es de interés del Ministerio de Energía y Minas, la DGER, la CONCESIONARIA y los usuarios en general, que se emita la Resolución Ministerial que formaliza la transferencia del referido proyecto, a favor de la empresa, el cual fue entregado por la DGER y viene siendo operado por la CONCESIONARIA desde la suscripción de la respectiva Acta de Conformidad de Operación Experimental;
Que, de acuerdo al Informe N° 510-2025-MINEM/DGER-JAL, la Jefatura de Asesoría Legal de la DGER, señala que el expediente cumple con todos y cada uno de los requisitos establecidos en la Ley N° 28749, Ley General de Electrificación Rural y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 025-2007-EM, y demás normas especiales aplicables sobre la materia, más aún cuando se ha efectuado la suscripción de la correspondiente Acta de Conformidad de Operación Experimental;
Que, el referido informe concluye que, corresponde declarar procedente la transferencia de los bienes financiados por la DGER, respecto del Proyecto de Electrificación Rural, el cual se realizará a título gratuito a favor de la CONCESIONARIA, por un monto total de S/ 88 247,22 (Ochenta y ocho mil doscientos cuarenta y siete y 22/100 soles);
Que, mediante Informe N° 511-2026-MINEM/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica, señala que la DGER ha evaluado legalmente la viabilidad de la transferencia del PROYECTO a favor de la CONCESIONARIA, habiendo seguido el trámite correspondiente de acuerdo a lo previsto en la normativa vigente en el presente caso, es decir, la Ley N° 28749, Ley General de Electrificación Rural, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 025-2007-EM, concordado con los artículos 40 y 41 del Reglamento vigente, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2020-EM, únicamente en el extremo referido a la emisión de la respectiva Resolución Ministerial, y considerando lo expuesto por la Jefatura de Energías Renovables y la Jefatura de Asesoría Legal de la DGER, resulta legalmente viable emitir el acto resolutivo mediante el cual se formalice la transferencia del PROYECTO SER a favor de la CONCESIONARIA, el cual se encuentra detallado en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial;
Con los vistos de la Dirección General de Electrificación Rural, de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Despacho Viceministerial de Electricidad;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; la Ley N° 28749, Ley General de Electrificación Rural; los Decretos Supremos N° 025-2007-EM y N° 018-2020-EM, que aprueban el Reglamento de la Ley N° 28749, Ley General de Electrificación Rural; y, el Decreto Supremo N° 031-2007-EM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y sus modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Formalizar la transferencia a título gratuito de los bienes que conforman el Proyecto de Electrificación Rural detallado en el Anexo de la presente Resolución Ministerial, por un monto total de S/ 88 247,22 (Ochenta y ocho mil doscientos cuarenta y siete y 22/100 soles), a favor de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electronoroeste S.A. - Electronoroeste S.A., conforme a las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Poner en conocimiento de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electronoroeste S.A. - Electronoroeste S.A. y del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado FONAFE, lo dispuesto en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en la sede digital del Ministerio de Energía y Minas (www.gob.pe/minem), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
WALDIR ELOY AYASTA MECHÁN
Ministro de Energía y Minas
Anexo
|
Ítem |
Código Único de Inversión CUI |
Nombre del Proyecto |
Fecha de suscripción del Acta de Conformidad de Operación Experimental |
Resolución Directoral que aprueba la Liquidación Final del Proyecto |
Monto de Inversión S/ |
|
|
1 |
2300566 |
INSTALACIÓN DEL SERVICIO DE ENERGÍA ELÉCTRICA MEDIANTE EL SISTEMA CONVENCIONAL PARA 11 LOCALIDADES DE LA ZONA NOROESTE DE OLMOS, DISTRITO DE OLMOS – LAMBAYEQUE -LAMBAYEQUE |
14/02/2020 |
N° |
FECHA |
S/ 88 247,22 |
|
614-2024-MINEM/DGER |
03/12/2024 |
|||||
|
MONTO TOTAL DE LA INVERSIÓN A TRANSFERIR A ELECTRONOROESTE S.A. |
S/ 88 247,22 |
|||||
2514095-1