Modifican los “Lineamientos para la promoción y gestión sostenible de los parques industriales del Sistema Nacional de Parques Industriales”
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 000130-2026-PRODUCE
Lima, 11 de mayo de 2026
VISTOS: Los Memorandos N°s. 00000468-2026-
PRODUCE/DVMYPE-I y 00000510-2026-PRODUCE/DVMYPE-I del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria; los Memorandos Nºs. 00000691-
2026-PRODUCE/DVMYPE-I-PNDP y 00000733-2026-
PRODUCE/DVMYPE-I-PNDP, y el Informe N° 00000462-
2026-PRODUCE/DVMYPE-I-PNDP-mvassallo-gtorresr del Programa Nacional de Diversificación Productiva; el Memorando N° 00000654-2026-PRODUCE/DGAAMI y el Informe N° 00000041-2026-PRODUCE/DIGAMI-pdelgado de la Dirección General de Asuntos Ambientales de Industria; el Memorando N° 00000368-2026-PRODUCE/DGITDF de la Dirección General de Innovación, Tecnología, Digitalización y Formalización; el Memorando N° 00000465-2026-PRODUCE/DGDE de la Dirección General de Desarrollo Empresarial; el Memorando N° 00000290-2026-PRODUCE/OGEIEE de la Oficina General de Evaluación de Impacto y Estudios Económico; el Informe N° 00000224-2026-PRODUCE/DGPAR y el Informe N° 00000333-2026-PRODUCE/DN de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio; y, los Informes Nos. 00000507-2026-PRODUCE/OGAJ y 00000554-2026-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo con el artículo 3 de la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobada mediante el Decreto Legislativo N° 1047, el Ministerio de la Producción es competente en pesquería, acuicultura, industria, micro y pequeña empresa, comercio interno, promoción y desarrollo de cooperativas; asimismo, es competente de manera exclusiva en materia de ordenamiento pesquero y acuícola, pesquería industrial, Acuicultura de Mediana y Gran Empresa (AMYGE), normalización industrial y ordenamiento de productos fiscalizados;
Que, los numerales 7.1 y 7.2 del artículo 7 de la mencionada Ley señalan, entre otros, que el Ministerio de la Producción, en el marco de sus competencias, cumple la función de aprobar las disposiciones normativas que le correspondan; así como, cumplir y hacer cumplir el marco normativo relacionado con su ámbito de competencia;
Que, el Decreto Legislativo N° 1199, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Parques Industriales tiene como finalidad contribuir e impulsar el desarrollo industrial, a través del desarrollo e implementación de parques industriales, acorde con el ordenamiento territorial; así como, establecer mecanismos para articular e integrar a todos los niveles de gobierno, instituciones y entidades públicas y privadas, intervinientes en el desarrollo industrial, conforme a sus competencias;
Que, mediante el Decreto Supremo N° 010-2014-PRODUCE, se crea el Programa Nacional de Diversificación Productiva en el ámbito del Ministerio de la Producción, con la finalidad de promover, impulsar y ejecutar acciones en el marco del Plan Nacional de Diversificación Productiva;
Que, mediante el Decreto Supremo N° 017-2016-PRODUCE, se aprueba el Reglamento del Sistema Nacional de Parques Industriales, que tiene por objeto establecer las disposiciones reglamentarias del referido Sistema, a fin de impulsar el desarrollo industrial inclusivo, innovador y sostenible; así como, los mecanismos para articular e integrar a todos los niveles de gobierno, entidades públicas y privadas intervinientes en el desarrollo industrial conforme a sus competencias;
Que, mediante el Decreto Supremo N° 015-2021-PRODUCE, se modifica el Reglamento del Sistema Nacional de Parques Industriales, aprobado por el Decreto Supremo N° 017-2016-PRODUCE, cuya Única Disposición Complementaria Final dispone, entre otros aspectos, que el Ministerio de la Producción, mediante Resolución Ministerial, previa opinión del Ministerio del Ambiente, en lo que corresponda al componente ambiental, aprueba lineamientos para la promoción y gestión sostenible de los parques industriales del Sistema Nacional de Parques Industriales, a propuesta del Programa Nacional de Diversificación Productiva en coordinación con la Dirección General de Asuntos Ambientales de Industria del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria;
Que, a través del Decreto Supremo N° 005-2020-PRODUCE, se aprueba la Estrategia Nacional para el Desarrollo de Parques Industriales, la cual conforme a su artículo 3, es de aplicación a nivel nacional e involucra a todas las entidades públicas de los tres niveles de gobierno, cuyas competencias contribuyen en la implementación de dicha Estrategia;
Que, mediante el Decreto Supremo N° 018-2025-PRODUCE, se aprueba la Hoja de Ruta de Economía Circular de la Industria Manufacturera y Comercio Interno al 2030, donde se establece como acción estratégica: “AE2.12. Fomentar el desarrollo de mecanismos para la inclusión de enfoques de EC en el diseño e implementación de infraestructura productiva”;
Que, mediante la Resolución Ministerial N° 00204-2021-PRODUCE, se aprueban los “Lineamientos para la promoción y gestión sostenible de los parques industriales del Sistema Nacional de Parques Industriales”, con el objeto de establecer disposiciones orientadas a la promoción y gestión sostenible de los Parques Industriales del Sistema Nacional de Parques Industriales, en el marco del Decreto Legislativo N° 1199, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Parques Industriales y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 017-2016-PRODUCE;
Que, a través del Informe N° 00000462-2026-PRODUCE/DVMYPE-I-PNDP-mvassallo-gtorresr, el Programa Nacional de Diversificación Productiva sustenta y propone la modificación de los “Lineamientos para la promoción y gestión sostenible de los parques industriales del Sistema Nacional de Parques Industriales”, aprobados por la Resolución Ministerial N° 00204-2021-PRODUCE, con la finalidad de brindar mayor claridad sobre la promoción y gestión sostenible de los parques industriales del Sistema Nacional de Parques Industriales, y en particular, en los aspectos conceptuales y criterios para la declaratoria de parques industriales de relevancia nacional; asimismo, busca fortalecer la claridad, consistencia y trazabilidad de los criterios de evaluación, lo que permitirá mejorar la calidad del análisis que realiza el Programa Nacional de Diversificación Productiva;
Que, mediante el Informe N° 00000041-2026-PRODUCE/DIGAMI-pdelgado, la Dirección General de Asuntos Ambientales de Industria, en su calidad de autoridad competente en materia ambiental de las actividades de la industria manufacturera y de comercio interno a nivel nacional, señala que la propuesta de modificación de los mencionados Lineamientos no requiere como requisito previo necesario la opinión del Ministerio del Ambiente, toda vez que no aborda casos de institucionalidad o políticas ambientales, ni tampoco se trata de un proyecto de reglamento u dispositivo legal de carácter general, dado que se trata de precisiones normativas con enfoque de promoción sobre una normativa ya existente;
Que, mediante el Informe N° 00000224-2026-PRODUCE/DGPAR, la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio, hace suyo el Informe N° 00000333-2026-PRODUCE/DN de la Dirección de Normatividad, que concluye, entre otros, que corresponde continuar con el trámite de modificación de los “Lineamientos para la promoción y gestión sostenible de los parques industriales del Sistema Nacional de Parques Industriales”; asimismo, indica que la citada propuesta cuenta con la conformidad de la Dirección General de Asuntos Ambientales de Industria, de la Dirección General de Innovación, Tecnología, Digitalización y Formalización, de la Dirección General de Desarrollo Empresarial y de la Oficina General de Evaluación de Impacto y Estudios Económicos;
Con la visación del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio, de la Dirección General de Asuntos Ambientales de Industria, de la Dirección General de Innovación, Tecnología, Digitalización y Formalización, de la Dirección General de Desarrollo Empresarial, de la Oficina General de Evaluación de Impacto y Estudios Económicos, del Programa Nacional de Diversificación Productiva y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; el Decreto Legislativo N° 1199, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Parques Industriales; el Decreto Supremo N° 017-2016-PRODUCE, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del Sistema Nacional de Parques Industriales; y, el Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modificación de los “Lineamientos para la promoción y gestión sostenible de los parques industriales del Sistema Nacional de Parques Industriales”, aprobados por la Resolución Ministerial N° 00204-2021-PRODUCE
Modificar los “Lineamientos para la promoción y gestión sostenible de los parques industriales del Sistema Nacional de Parques Industriales”, aprobados por la Resolución Ministerial N° 00204-2021-PRODUCE, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Publicación
Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en la sede digital del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CESAR MANUEL QUISPE LUJAN
Ministro de la Producción
2514087-1