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Fecha de publicación: 09/05/2026
Designan Subsecretario I de la Subsecretaría de Monitoreo de la Integridad Pública de la Secretaría de Integridad Pública

Formalizan transferencia a título gratuito de bienes que conforman Proyecto de Electrificación Rural a favor de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Centro S.A. – Electrocentro S.A.

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 200-2026-MINEM/DM

Lima, 7 de mayo de 2026

VISTOS: El Informe Nº 143-2025-MINEM/DGER/DPRO-JER de la Jefatura de Energías Renovables y, el Informe Nº 511-2025-MINEM/DGER-JAL de la Jefatura de Asesoría Legal, ambas de la Dirección General de Electrificación Rural; el Memorando Nº 01167-2025/MINEM-DGER, de la Dirección General de Electrificación Rural; el Informe Nº 492-2026/MINEM-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 28749, Ley General de Electrificación Rural (en adelante, LGER), tiene por objeto establecer el marco normativo para la promoción y el desarrollo eficiente y sostenible de la electrificación de zonas rurales, localidades aisladas y de frontera del país;

Que, el artículo 18 de la LGER y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2007-EM, concordado con los artículos 40 y 41 del Reglamento vigente, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2020-EM, establece que el Ministerio de Energía y Minas transferirá a título gratuito los Sistemas Eléctricos Rurales (SER) que ejecute, a favor de la Empresa de Administración de Infraestructura Eléctrica S.A. – ADINELSA; y, excepcionalmente por razones operativas, comerciales y de interés social, lo hará a favor de una Empresa de Distribución Eléctrica (EDE) bajo el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE;

Que, de acuerdo al Informe Nº 143-2025-MINEM/DGER/DPRO-JER, la Jefatura de Energías Renovables de la Dirección General de Electrificación Rural (en adelante, DGER), señala que se ha ejecutado un (01) PROYECTO SER, cuya transferencia deberá formalizarse a favor de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Centro S.A. – Electrocentro S.A. (en adelante, la CONCESIONARIA);

Que, asimismo, de acuerdo al Informe Nº 143-2025-MINEM/DGER/DPRO-JER, existen razones operativas, comerciales y de interés social para efectuar la transferencia a favor de la CONCESIONARIA, toda vez que el SER está localizado en la provincia de Huánuco, del departamento de Huánuco, ámbito geográfico donde el suministro público de electricidad está a cargo de la CONCESIONARIA, responsable de su operación, mantenimiento y comercialización, lo cual motivó, en su oportunidad, que la DGER realice las coordinaciones con la CONCESIONARIA durante la implementación del proyecto, hasta la suscripción del Acta de Conformidad de Operación Experimental correspondiente. Asimismo, es de interés del Ministerio de Energía y Minas, la DGER, la CONCESIONARIA y usuarios en general, que se emita la Resolución Ministerial que formaliza la transferencia del referido proyecto, a favor de la empresa, el cual fue entregado por la DGER y viene siendo operado por la CONCESIONARIA, desde la suscripción de la respectiva Acta de Conformidad de Operación Experimental;

Que, de acuerdo al Informe Nº 511-2025-MINEM/DGER-JAL, la Jefatura de Asesoría Legal de la DGER, señala que el expediente cumple con todos y cada uno de los requisitos establecidos en la Ley Nº 28749, Ley General de Electrificación Rural y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 025-2007-EM, y demás normas especiales aplicables sobre la materia, más aún cuando se ha efectuado la suscripción de la correspondiente Acta de Conformidad de Operación Experimental;

Que, el referido informe, concluye que, corresponde declarar procedente la transferencia de los bienes financiados por la DGER, respecto del Proyecto de Electrificación Rural, el cual se realizará a título gratuito a favor de la CONCESIONARIA, por un monto total de S/ 13 487 778,29 (Trece millones cuatrocientos ochenta y siete mil setecientos setenta y ocho y 29/100 soles);

Que, mediante Informe Nº 492-2026/MINEM-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica, señala que la DGER ha evaluado legalmente la viabilidad de la transferencia del PROYECTO a favor de la CONCESIONARIA, habiendo seguido el trámite correspondiente de acuerdo a lo previsto en la normativa vigente en el presente caso, es decir, la Ley Nº 28749, Ley General de Electrificación Rural, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2007-EM, concordado con los artículos 40 y 41 del Reglamento vigente, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2020-EM, únicamente en el extremo referido a la emisión de la respectiva Resolución Ministerial, y considerando lo expuesto por la Jefatura de Energías Renovables y la Jefatura de Asesoría Legal de la DGER, resulta legalmente viable emitir el acto resolutivo mediante el cual se formalice la transferencia del PROYECTO SER a favor de la CONCESIONARIA, el cual se encuentra detallado en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial;

Con los vistos de la Dirección General de Electrificación Rural, de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Despacho Viceministerial de Electricidad;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; la Ley Nº 28749, Ley General de Electrificación Rural; los Decretos Supremos Nº 025-2007-EM y Nº 018-2020-EM, que aprueban el Reglamento de la Ley Nº 28749, Ley General de Electrificación Rural; y, el Decreto Supremo Nº 031-2007-EM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y sus modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Formalizar la transferencia a título gratuito de los bienes que conforman el Proyecto de Electrificación Rural detallado en el Anexo de la presente Resolución Ministerial, por el monto total de S/ 13 487 778,29 (Trece millones cuatrocientos ochenta y siete mil setecientos setenta y ocho y 29/100 soles), a favor de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Centro S.A. – Electrocentro S.A., conforme a las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Poner en conocimiento de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Centro S.A. – Electrocentro S.A. y del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE, lo dispuesto en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en la sede digital del Ministerio de Energía y Minas (www.gob.pe/minem), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

WALDIR ELOY AYASTA MECHÁN

Ministro de Energía y Minas

ANEXO

Ítem

Código Único de Inversión CUI

Nombre del Proyecto

Fecha de suscripción del Acta de Conformidad de Operación Experimental

Resolución Directoral que aprueba la liquidación final del

Proyecto

Monto de Inversión

S/

1

2166805

SISTEMA ELÉCTRICO RURAL HUÁNUCO - PANAO IV ETAPA

24/10/2016

FECHA

S/ 13 487 778,29

372-2024-MINEM/DGER

31/07/2024

MONTO TOTAL DE LA INVERSIÓN A TRANSFERIR A ELECTROCENTRO S. A.

S/ 13 487 778,29

2513773-1