Autorizan viaje de servidoras del CITEmadera y del Mueble del ITP para participar en capacitación a realizarse en Estados Unidos de América
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 000129-2026-PRODUCE
Lima, 8 de mayo de 2026
VISTOS: El Oficio N° 000134-2026-ITP/SG del Instituto Tecnológico de la Producción; el Memorando N° 00000502-2026-PRODUCE/DVMYPE-I del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria; y el Informe N° 00000546-2026-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el Decreto Legislativo N° 92, modificado por el Decreto Legislativo N° 1451, señala que el Instituto Tecnológico de la Producción - ITP es un Organismo Técnico Especializado adscrito al Ministerio de la Producción, el cual tiene a su cargo la coordinación, orientación, concertación y calificación de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica - CITE; asimismo, el ITP tiene competencia en materia de investigación, desarrollo, innovación, adaptación, transformación y transferencia tecnológica, a fin de contribuir al incremento de la competitividad, productividad y calidad de las empresas y los sectores productivos, fomentando el aprovechamiento racional de los recursos del sector producción;
Que, el Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica de la Madera y del Mueble - CITEmadera y del Mueble del Instituto Tecnológico de la Producción - ITP, tiene como objetivo promover la innovación y mejorar la calidad, productividad e información para el desarrollo competitivo en las diferentes etapas de la transformación e industrialización de productos de madera y afines, conforme a la Resolución Suprema N° 150-2000-ITINCI, que aprueba su creación, y normas modificatorias de su denominación;
Que, con fecha 26 de junio de 2025, el Programa Nacional de Investigación Científica y Estudios Avanzados - PROCIENCIA y el ITP suscribieron el Contrato N° PE501096368-2025-PROCIENCIA-BM para la ejecución del Proyecto denominado “Ampliación de la acreditación del laboratorio bajo la norma ISO/IEC 17025:2017, para el método químico de identificación de especies maderables a través del uso de espectrometría de masas de alta resolución con análisis directo en tiempo real DART-TOFMS para contribuir a la prevención de la tala y del comercio ilegal de la madera”;
Que, mediante el Oficio N° 000134-2026-ITP/SG, el ITP solicita la autorización de viaje de las señoras SANDRA GABRIELA KOC MORI y WENDY PAOLA JANAMPA ARROYO, servidoras del CITEmadera y del Mueble, para que participen en la capacitación a realizarse en el Laboratorio Nacional Forense de Pesca y Vida Silvestre (NFWFL, por sus siglas en inglés), del 1 al 3 de junio de 2026, en la ciudad de Ashland, estado de Oregón, Estados Unidos de América;
Que, la solicitud de autorización señalada en el considerando precedente se encuentra técnica, presupuestal y legalmente sustentada en los Informes Nos. 000012-2026-ITP/CITEMADERAYDELMUEBLE-DLYN, 000063-2026-ITP/CITEMADERAYDELMUEBLE-DLYN, 000093-2026-ITP/OGRRHH, 000058-2026-ITP/OA, el Memorando N° 003206-2026-ITP/OPPM, las Certificaciones de Crédito Presupuestario Nos. 000002840 y 00002766; y, el Informe N° 000185-2026-ITP/OAJ; emitidos por el CITEmadera y del Mueble, la Oficina de Gestión de Recursos Humanos, la Oficina de Administración, la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y la Oficina de Asesoría Jurídica, todos del ITP;
Que, mediante los Informes Nos. 000012-2026-ITP/CITEMADERAYDELMUEBLE-DLYN, 000063-2026-ITP/CITEMADERAYDELMUEBLE-DLYN, el CITEmadera y del Mueble sustenta técnicamente la participación de las dos (2) servidoras antes citadas, señalando que la referida capacitación en el método químico de identificación de la madera permitirá reforzar sus capacidades técnicas, así como adquirir conocimientos sobre el proceso de acreditación del NFWFL bajo la norma ISO/IEC 17025; siendo que la participación en la actividad irroga gastos;
Que, mediante el Memorando N° 0000502- 2026-PRODUCE/DMYPE-I, el Despacho Viceministerial de MYPE e Industria remite la solicitud de autorización de viaje de las citadas servidoras para su trámite correspondiente;
Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, señala que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se autorizan conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores públicos y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias;
Que, la Ley N° 27619, antes mencionada, establece en sus artículos 2 y 3, que las resoluciones de autorización de viajes al exterior se deben sustentar en el interés nacional o institucional, y que deben publicarse en el diario oficial El Peruano, con anterioridad al viaje;
Que, el artículo 1 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, Decreto Supremo que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, señala que la autorización de viajes al exterior de las personas que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente; asimismo, en su artículo 2 contempla que la Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac (tarifa única de uso de aeropuerto - TUUA); sin perjuicio de ello, toda autorización de viajes deberá sujetarse a las medidas de austeridad, racionalidad y transparencia del gasto público;
Que, mediante la Resolución Ministerial N° 031-2020-
PRODUCE se aprueba la Directiva General N° 001-
2020-PRODUCE-DM denominada “Lineamientos para la autorización de viajes al exterior en el Ministerio de la Producción”, la cual regula el procedimiento a seguir en el Ministerio de la Producción, para la autorización de viajes al exterior del territorio nacional de los funcionarios y servidores de los órganos, unidades orgánicas, programas, y organismos adscritos, en comisión de servicios, por capacitación o representación del Sector Producción;
Que, los gastos por concepto de pasajes y viáticos que se deriven de la capacitación en el Laboratorio Nacional Forense de Pesca y Vida Silvestre, serán asumidos con cargo al Presupuesto Institucional del ITP, en el marco del Contrato N° PE501096368-2025-PROCIENCIA-BM;
Que, de acuerdo a lo expuesto en los considerandos precedentes, resulta de interés institucional autorizar el viaje al exterior de las citadas servidoras del CITEmadera y del Mueble para que participen en la referida capacitación; además, la referida autorización de viaje al exterior cumple con las disposiciones establecidas en la Directiva General N° 001-2020-PRODUCE-DM;
Con las visaciones del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; el Decreto Legislativo N° 1047, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, Decreto Supremo que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; y la Resolución Ministerial N° 031-2020-PRODUCE, que aprueba la Directiva General N° 001-2020-PRODUCE-DM denominada “Lineamientos para la autorización de viajes al exterior en el Ministerio de la Producción”;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior de las señoras SANDRA GABRIELA KOC MORI y WENDY PAOLA JANAMPA ARROYO, servidoras del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica de la Madera y del Mueble - CITEmadera y del Mueble del Instituto Tecnológico de la Producción - ITP, del 30 de mayo al 5 de junio de 2026, para que participen en la capacitación a realizarse en el Laboratorio Nacional Forense de Pesca y Vida Silvestre, en la ciudad de Ashland, estado de Oregón, Estados Unidos de América.
Artículo 2.- Los gastos correspondientes a los pasajes aéreos y viáticos que demande el viaje que se autoriza en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, son cubiertos con cargo a los recursos del Presupuesto Institucional 2026 del Instituto Tecnológico de la Producción - ITP en el marco del Contrato N° PE501096368-2025-PROCIENCIA-BM, de acuerdo al siguiente detalle:
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Nombres y Apellidos |
Pasaje aéreo (Incluido TUUA) US$ |
Viáticos US$ |
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SANDRA GABRIELA KOC MORI |
2,272.84 |
1,100.00 |
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WENDY PAOLA JANAMPA ARROYO |
2,272.84 |
1,100.00 |
Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, las servidoras autorizadas en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial deben presentar cada una, un informe detallado de las acciones realizadas conforme a la Directiva General N° 001-2020-PRODUCE-DM denominada “Lineamientos para la autorización de viajes al exterior en el Ministerio de la Producción”, aprobada mediante Resolución Ministerial N° 031-2020-PRODUCE.
Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos y/o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación.
Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CÉSAR MANUEL QUISPE LUJÁN
Ministro de la Producción
2513398-1