Autorizan viaje de personal de la Fuerza Aérea del Perú a EE.UU., en comisión de servicios
Resolución Ministerial
N° 00540-2026-DE
Lima, 7 de mayo del 2026
VISTOS:
El Oficio Extra FAP N° 001580-2026-SECRE/FAP de la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú; el Oficio N° 00999-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y el Informe Legal N° 00808-2026-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.
CONSIDERANDO:
Que, la Fuerza Aérea del Perú dentro de su flota de aeronaves de transporte, cuenta con una aeronave Lear Jet 45-XR matrícula FAP 526, aeronave de alta performance asignada al Grupo Aéreo N° 8, que cumple misiones de operación militar, transporte de personal y apoyo a actividades institucionales, tanto en el ámbito nacional como internacional.
Que, mediante el Acuerdo de Preferencia de Piezas Smart derivado del Contrato N° 0294-RES-33-2023-DPC/ACFFAA suscrito entre la Fuerza Aérea del Perú y la empresa Learjet Inc., se establecen los términos y condiciones para los servicios de mantenimiento y reparación que la empresa brinda a la aeronave Lear Jet; asimismo, menciona que los servicios podrán ser prestados por la empresa matriz de Learjet, Bombardier Inc. y/o cualquiera de sus filiales;
Que, Resolución Ministerial N° 01411-2025-DE del 28 de octubre de 2025, el Ministerio de Defensa autorizó el viaje al exterior, en comisión de servicio, del respectivo personal militar de la Fuerza Aérea del Perú como parte de la tripulación encargada de realizar el traslado de ida de la aeronave Lear Jet 45-XR matrícula FAP 526 a Estados Unidos de América, del 30 de octubre al 4 de noviembre de 2025, autorizando su salida del país el 30 de octubre y retorno el 5 de noviembre de 2025, a fin de trasladar la citada aeronave a Estados Unidos de América para reestablecer su operatividad debido a los daños estructurales sufridos a causa de un accidente.
Que, con Oficio Extra FAP N° 001580-2026-SECRE/FAP, la Fuerza Aérea del Perú solicita al Ministerio de Defensa autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Mayor FAP JUAN CARLOS MARCILLA BARBARÁN identificado con NSA N° 97552 y DNI N° 44632483 (titular) y del Teniente FAP LUIS FELIPE YARLEQUE POICON identificado con NSA N° 98474 y DNI N° 70124765 (suplente) para participar en la transacción contractual de la aeronave Lear Jet 45-XR matrícula FAP 526, así como en la supervisión y verificación de los trabajos de reparación estructural ejecutados, a realizarse en las instalaciones de la compañía Bombardier Aircraft Services, ubicada en la ciudad de Wichita, estado de Kansas, Estados Unidos de América, del 11 al 14 de mayo de 2026; así como autorizar su salida del país el 10 y su retorno el 15 de mayo de 2026;
Que, a través del citado documento, la institución armada remite el Informe Legal N° 009-2026-G8AJ; la Hoja de Gastos N° 077 DGVC-ME/SIAF-RP; así como las Certificaciones de Crédito Presupuestario N° 0000000005 y N° 0000000022 que garantizan el financiamiento correspondiente;
Que, mediante la Exposición de Motivos, la institución armada señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior del citado personal militar por cuanto permitirá evitar mayores perjuicios derivados de la permanencia prolongada de la aeronave Lear Jet 45-XR matrícula FAP 526 en las instalaciones de la compañía Bombardier, tales como el incremento de costos diarios por almacenamiento, la afectación a la capacidad operativa institucional y la generación de eventuales compromisos administrativos, contractuales o internacionales.
Que, a través del Oficio N° 00999-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN y el Informe Técnico N° 234-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN-HMC-SHC, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la presente autorización de viaje al exterior;
Que, mediante el Informe Legal N° 00808-2026-MINDEF/SG-OGAJ la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Defensa considera que resulta legalmente viable emitir la resolución ministerial que autorice el presente viaje al exterior, en comisión de servicio, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia;
Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Mayor FAP JUAN CARLOS MARCILLA BARBARÁN identificado con NSA N° 97552 y DNI N° 44632483 (titular) y del Teniente FAP LUIS FELIPE YARLEQUE POICON identificado con NSA N° 98474 y DNI N° 70124765 (suplente), para participar en la transacción contractual de la aeronave Lear Jet 45-XR matrícula FAP 526, así como en la supervisión y verificación de los trabajos de reparación estructural ejecutados, a realizarse en las instalaciones de la compañía Bombardier Aircraft Services, ubicada en la ciudad de Wichita, estado de Kansas, Estados Unidos de América, del 11 al 14 de mayo de 2026, autorizando su salida del país el 10 y retorno el 15 de mayo de 2026.
Artículo 2.- La participación personal suplente queda supeditada a la imposibilidad de participación del personal titular.
Artículo 3.- La Fuerza Aérea del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2026, de acuerdo a los siguientes conceptos:
Pasajes aéreos de ida y vuelta: Lima - ciudad de Wichita,
estado de Kansas, EE.UU.) - Lima
Clase económica
US $ 2,105.70 x 1 persona = US $ 2,105.70
Viáticos:
US $ 440.00 x 4 días x 1 persona = US $ 1,760.00
Total a Pagar = US $ 3,865.70
Artículo 4.- El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú, queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin exceder el total de días autorizados, y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado.
Artículo 5.- El personal militar comisionado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario, contados a partir de la fecha de retorno al país.
Artículo 6.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
AMADEO JAVIER FLORES CARCAGNO
Ministro de Defensa
2513347-1