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Fecha de publicación: 08/05/2026
Decreto Supremo que prorroga el Estado de Emergencia en algunos distritos de varias provincias de los departamentos de Amazonas, Áncash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Ica, Junín, Loreto, Madre de Dios, Moquegua, Pasco, Puno, San Martín, Tacna y Ucayali, por peligro inminente ante intensas precipitaciones pluviales

Designan Presidente del Consejo Regional del Deporte de Ucayali

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA

N° 000066-2026-P/IPD

Lima, 7 de mayo del 2026

VISTOS: El Informe N° 000093-2026-OCR/IPD, emitido por la Oficina de Coordinación Regional, Cooperación y Relaciones Nacionales e Internacionales; el Informe N° 010-2026-IPD/CEPCRD, emitido por el Comité de Evaluación de Postulantes, Designación y Vacancia de los Presidentes de los Consejos Regionales del Deporte; el Informe N° 000895-2026-UP-OGA/IPD, emitido por la Unidad de Personal; el Memorando N° 002909-2026-OGA/IPD de la Oficina General de Administración; y el Informe N° 000402-2026-OAJ/IPD de la Oficina de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, conforme al artículo 7 de la Ley N° 28036, Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte, y sus modificatorias, el Instituto Peruano del Deporte (IPD) ejerce la rectoría del Sistema Deportivo Nacional y constituye un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Educación, con autonomía técnica, funcional y administrativa para el cumplimiento de sus funciones, constituyéndose además en un pliego presupuestal;

Que, el numeral 1 del artículo 14 de la Ley N° 28036 establece que los Presidentes de los Consejos Regionales del Deporte (CRDs) son designados por el Presidente del IPD, a propuesta del gobernador del Gobierno Regional correspondiente;

Que, el numeral 13.3 del artículo 13 del Reglamento de la Ley N° 28036, aprobado mediante Decreto Supremo N° 018-2004-PCM, dispone que los CRDs renuevan a sus miembros íntegramente cada tres (3) años, pudiendo ser reelegidos o designados para un periodo adicional;

Que, el numeral 7.2 de la Directiva N° 071-2018-IPD/OCR, denominada “Evaluación de Postulantes, Designación y Vacancia de los Presidentes de los Consejos Regionales del Deporte”, aprobada mediante Resolución de Presidencia N° 038-2018- IPD/P, establece que sesenta (60) días calendario antes de culminar el periodo de designación, el IPD solicitará al Gobierno Regional la ratificación del Presidente en funciones o, en su defecto, la remisión de una terna de postulantes;

Que, el sub numeral 8.3.1 de la citada directiva dispone que los Presidentes de los CRDs son designados por el Presidente del IPD, previa evaluación del comité respectivo;

Que, asimismo, el numeral 8.3.3 de la mencionada directiva establece que el Presidente del CRD, será designado por tres (3) años, renovables por única vez por un periodo similar;

Que, el artículo 14 de la Ley N° 28036, Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte, concordado con el artículo 13 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2004-PCM, establece que el cargo de miembro de los Consejos Regionales del Deporte, entre ellos, el Presidente, vaca, entre otras causales, por renuncia aceptada; disponiendo además que en caso de vacancia, se designará un reemplazante para completar el período correspondiente o asumirá la función el respectivo suplente, según corresponda;

Que, mediante Resolución de Presidencia N° 025-2024-IPD/P, de fecha 14 de marzo de 2024, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 15 de marzo de 2024, se designó al señor Roger Arquímedes Toullier Reátegui, en el cargo de Presidente del Consejo Regional del Deporte de Ucayali, por un período de tres (3) años; no obstante, mediante Resolución de Presidencia N° 076-2025-P/IPD, de fecha 12 de agosto de 2025, se aceptó la renuncia del citado servidor a dicho cargo, declarándose la vacancia del mencionado cargo;

Que, mediante Informe N° 000093-2026-OCR/IPD, de fecha 4 de mayo de 2026, la Oficina de Coordinación Regional, Cooperación y Relaciones Nacionales e Internacionales (OCR) remitió a la Presidencia del Instituto Peruano del Deporte el Informe N° 010-2026-IPD/CEPCRD, de la misma fecha, mediante el cual el Comité de Evaluación de Postulantes, Designación y Vacancia de los Presidentes de los Consejos Regionales del Deporte informó que: i) el cargo de Presidente del Consejo Regional del Deporte de Ucayali se encuentra vacante debido a la renuncia del titular, por lo que corresponde designar a su reemplazante por el periodo restante del mandato original, el cual culmina el 15 de marzo de 2027, (ii) mediante Oficio N° 162-2026-GRU/GR, el Gobierno Regional de Ucayali remitió la terna de postulantes para su evaluación; y iii) como resultado de dicha evaluación, se determinó que el señor JULIO CESAR BARBARAN ALMEIDA cumple con el perfil y los requisitos exigidos, recomendándose su designación en el citado cargo hasta el 15 de marzo de 2027;

Que, mediante Memorando N° 002909-2026-OGA/IPD, de fecha 6 de mayo de 2026, la Oficina General de Administración remitió a la Oficina de Asesoría Jurídica el Informe N° 000895-2026-UP-OGA/IPD emitido por la Unidad de Personal, en el cual, en el marco de su competencia como responsable de la Gestión de Recursos Humanos, señaló que el señor Julio Cesar Barbaran Almeida cumple con los requisitos exigidos en la Ley N° 28036, Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte; la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y en su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 053-2022-PCM, y sus modificatorias; la Directiva N° 071-2018-IPD/OCR; el Clasificador de Cargos de la entidad, y no presenta impedimentos para el acceso a la función pública, por lo que corresponde su designación en el cargo de Presidente del Consejo Regional del Deporte de Ucayali; a partir de la fecha de publicación de la resolución en el Diario Oficial El Peruano hasta el 15 de marzo de 2027;

Que, la Oficina de Asesoría Jurídica, a través del Informe N° 000402-2026- OAJ/IPD, considera viable la emisión del acto resolutivo de designación del Presidente del Consejo Regional del Deporte de Ucayali, en reemplazo del titular, a fin de completar el período restante conforme a lo señalado en los considerandos precedentes;

Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28036, Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte y sus modificatorias; su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 018-2004-PCM; el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Peruano del Deporte, aprobado mediante Decreto Supremo N° 017-2004-PCM, y modificatorias; la Ley N° 31419 - Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 053-2022-PCM, y sus modificatorias; la Directiva N° 071-2018-IPD/OCR, denominada “Evaluación de Postulantes, Designación y Vacancia de los Presidentes de los Consejos Regionales del Deporte. Versión: 1”, aprobada mediante Resolución de Presidencia N° 038-2018-IPD/P, y;

Con el visto de la Gerencia General; de la Oficina de Coordinación Regional Cooperación y Relaciones Nacionales e Internacionales, de la Unidad de Personal; de la Oficina General de Administración; y de la Oficina de Asesoría Jurídica;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Designación del Presidente del CRD de Ucayali

Designar al señor Julio Cesar Barbaran Almeida en el cargo de Presidente del Consejo Regional del Deporte de Ucayali, a partir del día de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y hasta el 15 de marzo de 2027, a fin de completar el período correspondiente.

Artículo 2.- Cumplimiento

Disponer que la Unidad de Personal de la Oficina General de Administración proceda a dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente resolución.

Artículo 3.- Notificación

Notificar la presente resolución a las partes interesadas y a las unidades de organización del Instituto Peruano del Deporte, para conocimiento y fines pertinentes.

Artículo 4.- Publicación

Publicar la presente resolución en la sede digital del Instituto Peruano del Deporte (www.gob.pe/ipd) y en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

IVAN RAUL LOAYZA ABREGU

Presidente (e)

Instituto Peruano del Deporte

2513240-1