Aprueban Plan de Medios de la campaña comunicacional “Segunda Elección Presidencial 2026”, versión 00
RESOLUCIóN JEFATURAL
N° 000074-2026-JN/ONPE
Lima, 5 de mayo de 2026
VISTOS: El Informe N° 000089-2026-GIEE/ONPE y el Memorando N° 001369-2026-GIEE/ONPE de la Gerencia de Información y Educación Electoral; el Informe N° 000206-2026-SGPL-GPP/ONPE de la Subgerencia de Planeamiento; el Memorando N° 000818-2026-GPP/ONPE de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; así como el Informe N° 000269-2026-GAJ/ONPE de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) es un organismo constitucionalmente autónomo que tiene como función primordial garantizar la fiel y libre expresión de la voluntad popular manifestada a través de los procesos electorales, de referéndum y otras consultas populares a su cargo, siendo la autoridad máxima en su organización y ejecución, de conformidad con la Ley N° 26487;
Mediante Decreto Supremo N° 039-2025-PCM, se convocó a Elecciones Generales para el día domingo 12 de abril del año 2026, para la elección del Presidente de la República, Vicepresidentes, así como de senadores y diputados del Congreso de la República y de los representantes peruanos ante el Parlamento Andino; estableciéndose, conforme a la normativa electoral vigente, la realización de una Segunda Elección Presidencial en caso ningún candidato obtenga más de la mitad de los votos válidos;
El artículo 3 de la Ley N° 28874, Ley que regula la publicidad estatal, establece que, bajo responsabilidad del titular del pliego, para la autorización de la realización de publicidad estatal se deberá contar con la propuesta y justificación técnica de la selección de medios de difusión, considerando el público objetivo, la finalidad, cobertura, duración de la campaña, equilibrio informativo, impacto y localidad de los medios, así como la obligatoriedad de la vigencia de autorización del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de corresponder; así como con el proyecto de presupuesto para llevar a cabo las acciones comprendidas en las campañas;
Por su parte, el literal h) del artículo 5 de la Ley N° 26487, Ley Orgánica de la ONPE, concordado con el literal l) del artículo 7 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, aprobado mediante Resolución Jefatural N° 000125-2024-JN/ONPE, establece que la ONPE tiene como función divulgar por todos los medios de publicidad que juzgue necesarios, los fines, procedimientos y formas del acto de la elección y de los procesos a su cargo;
Mediante Resolución Jefatural N° 069-2026-JN/ONPE, se aprobó el “Plan de Estrategia Publicitaria 2026”, actualizado versión 01, el cual establece estrategias comunicacionales orientadas a informar, difundir y sensibilizar a la ciudadanía respecto de las actividades vinculadas al proceso electoral, incluyendo la Segunda Elección Presidencial 2026;
En ese marco normativo, mediante los documentos de Vistos, la Gerencia de Información y Educación Electoral remite el Plan de Medios de la campaña comunicacional “Segunda Elección Presidencial 2026”, versión 00, cuyo objetivo es informar oportunamente a la ciudadanía sobre el proceso electoral, promover su participación, absolver dudas y fomentar el ejercicio de un voto informado, responsable y consciente;
Asimismo, el documento técnico del Plan de Medios se encuentra disponible en el siguiente enlace institucional:
https://www.onpe.gob.pe/modMarco-Legal/PLAN-DE-MEDIOS-SEP2026.pdf;
Por su parte, con los documentos de Vistos, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y sus unidades orgánicas competentes emiten opinión favorable respecto del Plan de Medios propuesto, verificando su alineamiento con los instrumentos de planificación institucional y la disponibilidad presupuestal correspondiente para su ejecución;
De conformidad con la Ley N° 28874, Ley que regula la publicidad estatal; el literal h) del artículo 5 y el artículo 13 de la Ley N° 26487, Ley Orgánica de la ONPE; el literal s) del artículo 11 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, aprobado por Resolución Jefatural N° 000125-2024-JN/ONPE; y la Resolución Jefatural N° 000067-2026-JN/ONPE;
Con los vistos de la Gerencia General, la Secretaría General y las Gerencias de Asesoría Jurídica, Planeamiento y Presupuesto, e Información y Educación Electoral;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aprobar el Plan de Medios de la campaña comunicacional “Segunda Elección Presidencial 2026”, versión 00, contenido en el siguiente enlace:
https://www.onpe.gob.pe/modMarco-Legal/PLAN-DE-MEDIOS-SEP2026.pdf
Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Información y Educación Electoral la coordinación y supervisión del cumplimiento del Plan aprobado en el artículo precedente.
Artículo Tercero.- Publicar el contenido de la presente resolución jefatural en el Diario Oficial El Peruano y en la web oficial de la ONPE ubicada en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano www.gob.pe/onpe y en el portal de Transparencia de la Entidad, dentro de los tres (3) días de su emisión.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
BERNARDO JUAN PACHAS SERRANO
Jefe (i)
Oficina Nacional de Procesos Electorales
2512740-1