Convocan a la Primera Audiencia Pública de Rendición de Cuentas en el distrito de Carmen de La Legua - Reynoso
DECRETO DE ALCALDÍA
N° 004-2026-MDCLR
Carmen de La Legua - Reynoso, 4 de mayo de 2026
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL CARMEN DE LA LEGUA - REYNOSO
VISTO:
El Memorando N° 610-2026-MDCLR/OPP de fecha 22 de abril de 2026, emitido por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe N° 087-2026-MDCLR/OAJ de fecha 23 de abril de 2026, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica, sobre la realización de la “Primera Audiencia Pública de Rendición de Cuentas - Mayo 2026 de la Municipalidad Distrital Carmen de La Legua - Reynoso”.
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, establece que las municipalidades son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico vigente, de conformidad con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;
Que, la Ley N° 31433, publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el 06 de marzo de 2022, modifica determinados artículos de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, entre ellos, modifica el numeral 36) del artículo 20°, mediante el cual señala que es una atribución del Alcalde, convocar, bajo responsabilidad, como mínimo a dos audiencias públicas distritales o provinciales, conforme a la circunscripción de gobierno local;
Que, la citada ley incorpora el artículo 119 - A, a la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, estableciendo que las audiencias públicas constituyen mecanismos de rendición de cuentas cuyo objetivo es dar a conocer la gestión del gobierno local, tanto en los aspectos presupuestales, como también en los referidos a los logros de la gestión y las dificultades que impidieron el cumplimiento de compromisos. Del mismo modo, establece que los gobiernos locales realizan como mínimo dos audiencias públicas municipales al año, una en mayo y la otra en setiembre, con la finalidad de evaluar la ejecución presupuestal y examinar la perspectiva de la institución con proyección al cierre del año fiscal;
Que, mediante Ordenanza Municipal N° 014-2021-MDCLR, de fecha 10 de setiembre de 2021, se aprueba el “Reglamento de Audiencias Públicas de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital Carmen de La Legua - Reynoso”;
Que, mediante Memorando N° 610-2026-MDCLR/OPP del 22 de abril de 2026, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, sustenta la propuesta de convocar a la Primera Audiencia Pública de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital Carmen de La Legua - Reynoso, correspondiente al mes de mayo de 2026;
Que, mediante Informe N° 087-2026-MDCLR/OAJ del 23 de abril de 2026, la Oficina de Asesoría Jurídica opina que resulta legalmente procedente continuar con el trámite de aprobación del Decreto de Alcaldía que tiene como objeto convocar a la Primera Audiencia Pública de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital Carmen de La Legua - Reynoso, correspondiente al mes de mayo del año 2026;
Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el numeral 6) del artículo 20º y los artículos 42° y 44° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;
SE DECRETA:
Artículo 1°.- CONVOCAR a los vecinos del distrito de Carmen de La Legua - Reynoso a la Primera Audiencia Pública de Rendición de Cuentas de esta Municipalidad, la cual se llevará a cabo el día viernes 29 de mayo de 2026, a las 10:30 am, en el Auditorio Municipal de este distrito. El desarrollo de la audiencia se regirá por lo establecido en el Reglamento correspondiente, aprobado mediante la Ordenanza N° 014-2021-MDCLR.
Artículo 2°.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Secretaría General y la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía, así como encargar a la Oficina de Imagen Institucional la difusión oportuna de la mencionada audiencia pública a través de todos los medios disponibles.
Artículo 3°.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial “El Peruano” y a la Unidad de Tecnología de la Información la publicación en el portal institucional de la Municipalidad Distrital Carmen de La Legua - Reynoso (www.municarmendelalegua.gob.pe).
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase
EDWARDS JAVIER INFANTE LÓPEZ
Alcalde