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Fecha de publicación: 06/05/2026
Aceptan renuncia de miembro y Presidente del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI

Disponen el inicio de acciones de saneamiento físico legal del Sitio Arqueológico Huaca El Huerto – Sector A y Sector B, ubicado en el distrito de Salas, provincia y departamento de Ica

RESOLUCIÓN DIRECTORAL

N° 000013-2026-DSFL-DGPA-VMPCIC/MC

San Borja, 4 de mayo del 2026

Vistos, la Resolución Viceministerial N° 000114-2026-
VMPCIC/MC, el Informe N° 00052-2026-DSFL-DGPA-VMPCIC-MVE/MC, emitido por el área legal de la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 21 de la Constitución Política del Perú establece que los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación, independientemente de su condición privada o pública, están protegidos por el Estado;

Que, el numeral 6.1 del artículo 6 de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, dispone que los bienes inmuebles prehispánicos son de propiedad del Estado, siendo intangibles, inalienables e imprescriptibles, independientemente de su ubicación en predios de propiedad pública o privada;

Que, mediante Resolución Viceministerial N° 000114-2026-VMPCIC/MC, se declaró Patrimonio Cultural de la Nación al Sitio Arqueológico Huaca El Huerto – Sector A y Sector B, ubicado en el distrito de Salas, provincia y departamento de Ica, aprobándose su expediente técnico de delimitación y encargándose a la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal la inscripción de la condición cultural e inicio de acciones de saneamiento físico legal;

Que, conforme al diagnóstico físico legal contenido en los Informes N° 000059-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC-HHP/MC y N° 000052-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC-MYM/MC, el ámbito del bien inmueble prehispánico se superpone a predios inscritos a favor de entidades públicas;

Que, de acuerdo con el Informe N° 00052-2026-DSFL-DGPA-VMPCIC-MVE/MC, se ha evaluado la situación físico-legal del bien inmueble prehispánico y las acciones de saneamiento más convenientes, determinándose la necesidad de consolidar la titularidad del Estado, representado por el Ministerio de Cultura, respecto de las áreas comprendidas dentro de su delimitación;

Que, el Decreto Legislativo N° 1661 y su Reglamento establecen un régimen especial para el saneamiento físico legal de los bienes inmuebles integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación, facultando al Ministerio de Cultura a adoptar las acciones necesarias para su regularización registral;

Que, la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal es el órgano de línea competente para ejecutar las acciones de saneamiento físico legal de los bienes inmuebles prehispánicos integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación;

De conformidad con la Ley N° 28296, el Decreto Legislativo N° 1661 y su Reglamento, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, y en uso de las facultades conferidas;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- DISPONER el inicio de acciones de saneamiento físico legal del Sitio Arqueológico Huaca El Huerto – Sector A y Sector B, ubicado en el distrito de Salas, provincia y departamento de Ica, orientadas a la consolidación de la titularidad del Estado, representado por el Ministerio de Cultura, respecto de las áreas comprendidas dentro de su delimitación.

Artículo Segundo.- DISPONER la ejecución de las acciones de saneamiento físico legal, que comprenden la independización registral de las áreas que conforman el bien inmueble prehispánico, la generación de las correspondientes partidas registrales autónomas a favor del Estado – Ministerio de Cultura, así como la inscripción de la condición cultural sobre los predios involucrados en virtud de la Resolución Viceministerial N° 000114-2026-VMPCIC/MC.

Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en la sede digital del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura), conforme a lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1661 y su Reglamento.

Artículo Cuarto.- NOTIFICAR la presente resolución al Gobierno Regional de Ica y al Instituto Nacional de Innovación Agraria, para conocimiento y fines correspondientes.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

GILBERTO MARTIN CORDOVA HERRERA

Director de la Dirección de Catastro y

Saneamiento Físico Legal

2512008-1