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Fecha de publicación: 06/05/2026
Aceptan renuncia de miembro y Presidente del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI

Designan Jefe del Órgano de Control Institucional de diversas entidades bajo el ámbito de la Gerencia Regional de Control de Arequipa

Resolución de Contraloría

N° 213-2026-CG

Lima, 4 de mayo de 2026

VISTOS:

La Hoja Informativa N° 000088-2026-CG/VCG, de la Vicecontraloría de Control Gubernamental; la Hoja Informativa N° 000011-2026-CG/GRAR y el Memorando N° 000561-2026-CG/GRAR, de la Gerencia Regional de Control de Arequipa; el Memorando N° 000517-2026-CG/GCH, de la Gerencia de Capital Humano; los Memorandos N° 000770-2026-CG/POLDEH, N° 000771-2026-CG/POLDEH, N° 000773-2026-CG/POLDEH, N° 000775-2026-CG/POLDEH, N° 000776-2026-CG/POLDEH y N° 000777-2026-CG/POLDEH, y el Proveído N° 000264-2026-CG/POLDEH, de la Subgerencia de Políticas y Desarrollo Humano; la Hoja Informativa N° 000221-2026-CG/PER, de la Subgerencia de Personal y Compensaciones; la Hoja Informativa N° 000335-2026-CG/AJ, de la Subgerencia de Asesoría Jurídica; y, el Memorando N° 000410-2026-CG/GJNC, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental de la Contraloría General de la República;

CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modificatorias, el Jefe del Órgano de Control Institucional mantiene una vinculación de dependencia funcional y administrativa con la Contraloría General de la República, en su condición de ente técnico rector del Sistema, sujetándose a sus lineamientos y disposiciones;

Que, el artículo 19 de la citada Ley N° 27785 dispone que esta Entidad Fiscalizadora Superior, aplicando el principio de carácter técnico y especializado del control, designa a los Jefes de los Órganos de Control Institucional de las entidades sujetas a control; asimismo, establece que las entidades sujetas a control proporcionarán los medios necesarios para el ejercicio de la función de control en dichas entidades, de acuerdo con las disposiciones que sobre el particular dicte la Contraloría General de la República;

Que, el numeral 7.1.3 de la Directiva N° 020-2020-CG/NORM “Directiva de los Órganos de Control Institucional”, aprobada mediante Resolución de Contraloría N° 392-2020-CG, y sus modificatorias, en adelante la Directiva de los OCI, establece que la designación en el cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional es una competencia exclusiva y excluyente de la Contraloría General de la República la cual se efectúa mediante Resolución de Contraloría publicada en el diario oficial El Peruano;

Que, el numeral 7.1.3.1 de la citada Directiva establece que el Jefe del Órgano de Control Institucional designado por la Contraloría General de la República ejercerá sus funciones en una entidad por un periodo de tres (3) años; y que, por convenir a las necesidades del servicio y al interés institucional, podrá permanecer en el cargo por un periodo menor a los tres (3) años o, de ser el caso, prorrogar el periodo de designación hasta por un máximo de cinco (5) años en total;

Que, de otro lado, el numeral 7.1.3.2 de la Directiva de los OCI establece que la designación del Jefe del Órgano de Control Institucional termina por la ocurrencia de alguno de los hechos siguientes: a) situación sobreviniente que no le permita continuar en el ejercicio del cargo, conforme a lo dispuesto en el numeral 7.3.2 de dicha Directiva; b) renuncia del Jefe del Órgano de Control Institucional; c) culminación del período de designación, incluso al haberse emitido prórroga; d) razones de necesidad del servicio o interés institucional de la Contraloría General de la República; e) separación definitiva; f) cese por límite de edad; y, g) muerte; para lo cual se debe emitir la Resolución de Contraloría dando por terminada la designación;

Que, de acuerdo con la actual normativa y conforme al modelo de control descentralizado orientado a resultados, la supervisión de la gestión en el uso de los recursos públicos debe asegurar una rendición de cuentas y el buen gobierno de las Entidades Públicas, cautelando la legalidad y eficiencia de sus actos y operaciones, así como las disposiciones para la correcta y transparente gestión de sus recursos y bienes, mediante la ejecución de servicios de control gubernamental y servicios relacionados, para el cumplimiento de sus fines y metas institucionales;

Que, la Vicecontraloría de Control Gubernamental, mediante la Hoja Informativa N° 000088-2026-CG/VCG, en atención a sus funciones establecidas en el literal e) del artículo 15 del Reglamento de Organización y Funciones de la Contraloría General de la República, aprobado por Resolución de Contraloría N° 274-2025-CG, y sus modificatorias, señala su conformidad a la propuesta presentada por la Gerencia Regional de Control de Arequipa, para dar por terminada la designación en el cargo de Jefe/a del Órgano de Control Institucional de siete (7) entidades bajo su ámbito de control, de conformidad con el literal d) del numeral 7.1.3.2 de la Directiva de los OCI, lo cual se justifica en la reconfiguración de las jefaturas de algunos Órganos de Control Institucional, que implica concluir las existentes a fin de racionalizar los recursos humanos, optimizando los servicios y fortaleciendo el Sistema Nacional de Control y a los Órganos de Control Institucional bajo su ámbito, mejorando y asegurando el ejercicio pertinente, efectivo y eficiente del control gubernamental; así como para designar en el cargo de Jefe/a del Órgano de Control Institucional de seis (6) entidades, bajo su ámbito de control;

Que, a través de la Resolución de Secretaría General N° 043-2025-CG/SGE, se aprobó el Manual de Clasificador de Cargos de la Contraloría General de la República, documento en el que se describen los cargos estructurales de la entidad, estableciendo su denominación, clasificación, funciones y requisitos mínimos para el ejercicio de las funciones y cumplimiento de objetivos de la entidad;

Que, la Gerencia de Capital Humano, así como la Subgerencia de Personal y Compensaciones, y la Subgerencia de Políticas y Desarrollo Humano, a través de los documentos de vistos y sus antecedentes, han efectuado la verificación del cumplimiento de los requisitos mínimos de los/as profesionales propuestos/as por la Vicecontraloría de Control Gubernamental para ser designados/as en el cargo de Jefe/a del Órgano de Control Institucional de entidades bajo el ámbito de la Gerencia Regional de Control de Arequipa, con base en el Manual de Clasificador de Cargos de esta Entidad Fiscalizadora Superior, aprobado por Resolución de Secretaría General N° 043-2025-CG/SGE, la Directiva de los OCI, y demás disposiciones aplicables para dicho proceso;

Que, de acuerdo con las consideraciones expuestas, y estando a lo señalado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental mediante el Memorando N° 000410-2026-CG/GJNC, sustentado en los argumentos expuestos en la Hoja Informativa N° 000335-2026-CG/AJ, de la Subgerencia de Asesoría Jurídica, se considera jurídicamente viable la emisión de la Resolución de Contraloría que da término a la designación y designa en el cargo de Jefe/a del Órgano de Control Institucional de entidades bajo el ámbito de la Gerencia Regional de Control de Arequipa; de conformidad con la propuesta elevada por la Vicecontraloría de Control Gubernamental, disponiendo las acciones de personal necesarias;

En uso de las facultades conferidas en el artículo 32 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modificatorias, y de conformidad a lo dispuesto en la Directiva N° 020-2020-CG/NORM “Directiva de los Órganos de Control Institucional”, aprobada por Resolución de Contraloría N° 392-2020-CG, y sus modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Dar por terminada la designación en el cargo de Jefe/a del Órgano de Control Institucional de los/las profesionales que se detallan a continuación:

ENTIDAD

APELLIDOS Y NOMBRES

DNI

1

GOBIERNO REGIONAL

AREQUIPA (*)

ZEA MANRIQUE,

ARTURO ALEJANDRO

41220966

2

MUNICIPALIDAD

DISTRITAL DE CAYMA

AMACHE CCACYA,

PEDRO YONI

29628286

3

MUNICIPALIDAD

DISTRITAL DE CERRO COLORADO

GALLEGOS ZAMATA,

YOYSY

44144816

4

MUNCIPALIDAD

DISTRITAL DE SOCABAYA

ANDRADE HERRERA,

ANGELICA MARIA

41448255

5

MUNCIPALIDAD

DISTRITAL DE YARABAMBA

CHAMOLI CRUZ,

GABRIEL

40361431

6

SOCIEDAD ELÉCTRICA

DEL SUR OESTE S.A.

PAREDES DE LOS SANTOS, OLIVER

29428649

7

ZONA REGISTRAL

N° XII SEDE AREQUIPA

RUELAS QUISPE, VICENTE

29459986

(*) De conformidad con la Resolución de Contraloría N° 174-2024-CG, de 26 de marzo de 2024.

Artículo 2.- Designar en el cargo de Jefe/a del Órgano de Control Institucional a los/as profesionales que se detallan a continuación:

ENTIDAD (*)

APELLIDOS Y NOMBRES

DNI

1

GOBIERNO REGIONAL

DE AREQUIPA

RUELAS QUISPE, VICENTE

29459986

2

MUNICIPALIDAD

DISTRITAL DE CAYMA

ALVAREZ URDAY DE CHANG, CINYA VANESSA

41538384

3

MUNICIPALIDAD

DISTRITAL DE CERRO COLORADO

CACERES DEL AGUILA,

EDITH

44605105

4

MUNICIPALIDAD

DISTRITAL DE MIRAFLORES

CHAMOLI CRUZ,

GABRIEL

40361431

5

MUNICIPALIDAD

DISTRITAL DE SOCABAYA

GUTIERREZ NATES,

DAMARIS DARSY

29700375

6

SOCIEDAD ELÉCTRICA

DEL SUR OESTE S.A.- SEAL

ZEA MANRIQUE ARTURO ALEJANDRO

41220966

(*) De conformidad con la Hoja Informativa N° 000088-2026-CG, de 08 de abril de 2026, y el Memorando N° 000561-2026-CG/GRAR, de 28 de abril de 2026.

Artículo 3.- Las acciones de personal dispuestas en los artículos 1 y 2 precedentes, tendrán efectividad a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, sin perjuicio del procedimiento de entrega y recepción de cargo correspondiente.

Artículo 4.- Disponer que el personal de la Contraloría General de la República, a mérito de lo dispuesto en el artículo 1 de la presente resolución, deberá presentarse al órgano o unidad orgánica que corresponda.

Artículo 5.- Disponer que las entidades proporcionen los medios necesarios para el ejercicio de la función de control, de conformidad con la normativa vigente.

Artículo 6.- Disponer que la Gerencia de Capital Humano, la Gerencia de Administración y la Gerencia de Tecnologías de la Información y Gobierno Digital de la Contraloría General de la República, adopten las acciones que correspondan de acuerdo a lo dispuesto en la presente resolución.

Artículo 7.- Publicar la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano (https://www.gob.pe/contraloria), y en la Intranet de la Contraloría General de la República.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CÉSAR ENRIQUE AGUILAR SURICHAQUI

Contralor General de la República

2511957-1