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Fecha de publicación: 06/06/2026
Aprueban el Manual de Clasificador de Cargos (MCC) de la Gerencia Sub Regional Ilo

Aprueban el Manual de Clasificador de Cargos (MCC) de la Gerencia Sub Regional Ilo

Resolución Gerencial General Regional

Nº 008-2026-GGR/GR.MOQ.

Fecha: 30 de enero del 2026

VISTO:

El Informe Nº 006-2026-GRM/GGM-GSR.ILO003, el Informe Nº 008-2026-GRM/GGR-ORAJ, el Informe Nº 479-2025-GRM/GRPPAT-SOMI, el Informe Nº 408-2025-GRM/GGM-GSR.ILO003, el Informe Nº 1996-2025-ORH-OSRA/GSRI-GR.MOQ, el Informe Nº4133-2025-GRM/ORA-ORH, el Informe Nº 056-2026-GRM/GGR-ORAJ; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 1º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y su modificatorias, establece y norma la estructura, organización, competencias y funciones de los Gobiernos Regionales; por otra parte, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa, teniendo por misión organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el marco de las políticas nacionales, sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la región;

Que, en virtud al principio de legalidad consagrado en el numeral 1.1 del Artículo IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General (en adelante, TUO de la LPAG), aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitución, la Ley y al derecho, dentro de las facultades que le estén atribuidas y de acuerdo con los fines para los que le fueron conferidas;

Que, la Ley Nº 30057 “Ley del Servicio Civil” tiene por objeto establecer un régimen único y exclusivo para las personas que prestan servicios en las entidades publicas del Estado, así como para aquellas personas que están encargadas de su gestión, del ejercicio de sus potestades y de la prestación de servicios a cargo de estas;

Que, en el literal j, del Artículo IV del Decreto Supremo Nº040-2014-PCM que aprueba el Reglamento General de la Ley Nº30057, Ley del Servicio Civil” precisa lo siguiente: “Titular de la entidad. Para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, se entiende que el Titular de la entidad es la máxima autoridad administrativa de una entidad pública. En el caso de los Gobiernos Regionales y Locales, la máxima autoridad administrativa es el Gerente General del Gobierno Regional y el Gerente Municipal, respectivamente”;

Que, la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, establece que el proceso de modernización de la gestión del Estado tiene como finalidad fundamental la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos, con el objetivo de alcanzar un Estado:I) al servicio de la ciudadanía,II) con canales efectivos de participación ciudadana, III) descentralizado y desconcentrado, IV) trasparente en su gestión, V) con servidores públicos calificados y adecuadamente remunerados, y VI) físicamente equilibrado;

Que, el inciso f) del Artículo 5º de la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, establece como una de sus principales acciones de institucionalización de la evaluación de la gestión por resultados, a través del uso de modernos recursos tecnológicos, la planificación estratégica y concertada, la rendición publica y periódica de cuentas y la transparencia a fin de garantizar canales que permitan el control de las acciones del Estado;

Que, la Ley Nº 31419.- Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción en adelante, la Ley señala los requisitos mínimos y los impedimentos para el acceso a los cargos de funcionarios y directivos públicos de libre designación y remoción, con el fin de garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de su función; así mismo establece en su Segunda Disposición Complementaria Final que las entidades públicas, cuando corresponda, formulan o adecuan, de manera gradual, sus instrumentos de gestión en el marco del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, conforme a lo dispuesto en la Ley, debiendo culminar la implementación integral de estas disposiciones en un plazo no mayor de ciento ochenta días calendario contado a partir de la publicación de su reglamento;

Que , la Ley Nº 28175 tiene como finalidad establecer los lineamientos generales para promover, consolidar y mantener una administración pública moderna, jerárquica, profesional, unitaria, descentralizada y desconcentrada, basada en el respeto al Estado de Derecho, los derechos fundamentales y la dignidad de la persona humana, el desarrollo de los valores morales y éticos y el fortalecimiento de los principios democráticos, para obtener mayores niveles de eficiencia del aparato estatal y el logro de una mejor atención a las personas;

Que, el Manual de Clasificador de Cargos constituye un documento de gestión de recursos humanos esencial para el ordenamiento de los cargos, funciones y requisitos mínimos del personal, permitiendo una adecuada administración de los recursos humanos conforme a la normativa del Sistema de Gestión de Recursos Humanos;

Que, el Gobierno Regional de Moquegua es una persona jurídica de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y financiera un pliego presupuestal, cuyos funcionarios y servidores se sujetan al régimen laboral general aplicable a la administración pública;

Que, mediante Ordenanza Regional Nº 011-2021-CR/GRM de fecha 27 de Agosto del 2021 se aprueba la Modificación del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Moquegua conformado por VII Títulos, ciento Treinta y ocho Artículos, seis disposiciones Complementarias, Transitorias y Finales, y un anexo correspondiente al Organigrama Estructural que forma parte de la presente Ordenanza Regional y que la Sub Gerencia Sub Regional de Ilo, es un órgano desconcentrado, depende jerárquica, funcional y administrativamente de la Gerencia General Regional; cumpliendo funciones las mismas que se encuentran establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 011-2021-CR/GRM;

Que, el Artículo 2º del Decreto Legislativo Nº 1023, Decreto Legislativo que crea la Autoridad del Servicio Civil, rectora del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos establece que el referido Sistema Administrativo, desarrolla y ejecuta la política del Estado respecto del servicio civil, a través de conjunto de normas, principios, recursos, métodos, procedimientos y técnicas utilizados por las entidades públicas en la gestión de recursos humanos;

Que, corresponde a la entidad contar con un MCC elaborado en atención a la clasificación dispuesta en la Ley Nº 28175, Ley Marco del Empleo Público, a las disposiciones establecidas por los entes rectores de sistemas funcionales a cargo de la regulación de los regímenes de carreras especiales, y a los lineamientos contenidos en la directiva sobre elaboración del Manual de Clasificador de Cargos y del Cuadro para la Asignación de Personal;

Que, con Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000150-2021-SERVIR-PE, la Autoridad Nacional del Servicio Civil formaliza la aprobación de la Directiva Nº006-2021-SERVIR-GDSRH denominada: “Elaboración del Manual de Clasificador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional” (en adelante, la Directiva), la cual tiene como finalidad que las entidades publicas cuenten con reglas que les permitan elaborar e Manual de Clasificador de Cargos. Asimismo, contiene las normas técnicas y procedimientos de observancia obligatoria que las entidades públicas deben de seguir para la administración de cargos y posiciones, entre ellas, la elaboración y modificación del Manual de Clasificador de Cargos;

Que, el numeral 6.1.10 del punto 6.1 de la Directiva señala que las modificaciones que se den en el Manual de Clasificador de Cargos, motivadas por la inclusión o eliminación de cargos estructurales, y/o el aseguramiento del cumplimiento de lo señalado en los numerales 6.1.4,6.1.6 y 6.1.11 de la Directiva, se aprueban y publican siguiendo las reglas dispuestas en los numerales 6.1.7,6.1.8 y 6.1.9 de la referida Directiva;

Que, el numeral 6.1.7 del punto 6.1 de la Directiva establece que “La Oficina de Recursos Humanos o la que haga las veces debe elevar la propuesta de MCC al (la) titular de la entidad, previa opinión favorable de la OPP o la que haga las veces, en lo concerniente al ámbito de su competencia. De obtener la validación, el (la) titular de la entidad aprueba el MCC y gestiona la publicación de la Resolución en el Diario Oficial el Peruano, en el Portal del Estado Peruano, en el Portal Institucional, en el Portal de Transparencia, y/o en el diario encargado de las publicaciones judiciales de la jurisdicción, o en otro medio que asegure de manera ineludible su publicidad; dependiendo del nivel de gobierno de la entidad”;

Que, el Decreto Supremo Nº 145-2025-PCM, ha modificado el Reglamento de la Ley Nº31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función publica de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y otras disposiciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 053-2022-PCM, a fin de adecuarlo a las modificaciones dispuestas por la Ley Nº 32507;

Que, a través de la Directiva Nº 003-2024-SERVIR-GDSRH “Diseño de perfiles y puestos y elaboración, aprobación, administración y modificación del Manual de perfiles de puestos establece criterios técnicos y procedimientos necesarios para el diseño, validación, aprobación, administración y modificación del Manual de Perfiles de Puestos (MPP) en las entidades públicas cuya finalidad es que dichas entidades públicas cuenten con reglas que les permitan elaborar perfiles de puestos y/o cargos de distintos regímenes laborales para gestionar los procesos de selección, vinculación, inducción, periodo de prueba, desplazamiento, evaluación de desempeño, capacitación y en casos que corresponda progresión en la carrera, en el marco del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos (SAGRH);

Que, es necesario mencionar que a folios 49 obra el informe de la Analista de Asistencia Técnica sobre Documentos de Gestión para el tránsito a la Ley del Servicio Civil- Valia Montoro Diaz indicando que se ha concluido con la revisión final del MCC adjuntándose para tal fin la versión de “Control de cambios.” Dicha revisión se centró en verificar las denominaciones y clasificaciones de los cargos estructurales, así como su adecuación a la Ley Nº 31419 y su Reglamento; a la vez precisa que es responsabilidad de la entidad asegurar que el MCC cumpla de manera integral con lo dispuesto en la Ley Nº 28175, Ley Nº 31419 y su Reglamento, así como con las Directivas Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH y Nº 003-2024-SERVIR-GDSRH,

Que, mediante Informe Nº 479-2025-GRM/GRPPAT-SOMI, de fecha 29 de Diciembre del 2025 el Sub Gerente de Organización y Modernización Institucional del Gobierno Regional de Moquegua- Eco.Julio Alberto Muñoz Palomino se ratifica en el Informe Nº 1996-2025-ORH-OSRA/GR.MOQ, en el cual concluye que Manual de Clasificador de Cargos de la Unidad Sub Regional de Desarrollo Ilo ha cumplido con todos los requisitos técnicos, administrativos y legales exigidos por la normativa vigente, por lo que resulta procedente su aprobación formal;

Que, mediante Informe Nº 4133-2025-GRM/ORA-ORH, de fecha 10 de Diciembre del 2025,el Jefe de la Oficina de Recursos Humanos del Gobierno Regional de Moquegua-Abog.Freddy M. Valdivia Valdivia indica que ante la propuesta del Manual de Clasificador de Cargos- MCC de la Sub Región de Ilo, órgano desconcentrado del Gobierno Regional de Moquegua; dicho proyecto documento de gestión ha sido elaborado bajo los lineamientos establecidos en la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH, denominada “ Elaboración del Manual de Clasificador de Cargos y del Cuadro de Asignación de Personal Provisional” aprobado mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000150-2021-SERVIR-PE;

Que, mediante Informe Nº 1996-2025-ORH-OSRA/GSRI-GR.MOQ, de fecha 16 de Diciembre del 2025, la Jefa de la Unidad Funcional de Gestión de Recursos Humanos de la Oficina Sub Regional de llo-Abg.Lizbeth Leandra Nina Humire solicita la emisión de Acto Resolutivo del Manual de Clasificador de Cargos-MCC;

Que, mediante Informe Nº 056-2026-GRM/GGR-ORAJ, de fecha 27 de Enero del 2026, la Oficina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Moquegua concluye que es procedente que que se apruebe el Manual de Clasificador de Cargos (MCC) de la Gerencia Sub Regional Ilo;

Que, se debe tomar en cuenta que si bien es cierto que la Sub Región de Ilo elaboró el Manual de Clasificador de Cargos -MCC, para ello se tuvo en consideración el Manual de Operaciones(MOP) el cual describe todos y cada uno de las unidades orgánicas con la que cuentan, sin embargo en dicho documento de gestión no se tomó en cuenta el recurso humano de la Dirección de la Producción, que si bien es cierto la mencionada dirección no depende funcionalmente de dicho órgano desconcentrado, sin embargo su recurso presupuestal se encuentra dentro de la Sub Región Ilo;

Que, de conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº1252, en uso y vacaciones respectivas;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- APROBAR, EL MANUAL DE CLASIFICADOR DE CARGOS (MCC), de la Gerencia Sub Regional Ilo que consta de 268 folios y que forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo Segundo.- DISPONER, la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano; de acuerdo a lo dispuesto en los numerales 6.1.7 y 6.1.9 del punto 6.1 de la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH, aprobada por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000150-2021-SERVIR-PE.

Artículo Tercero.- REMÍTASE, copia de la presente a la Gobernación Regional, Consejo Regional, Órgano de Control Institucional, Gerencia General Regional, Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Gerencia Sub Regional de Desarrollo Ilo, a la Subgerencia de Organización y Modernización Institucional, y a la Oficina Regional de Tecnologías de la Información y Comunicación para su conocimiento y fines.

Regístrese comuníquese y cúmplase.

ABRAHAM MARIO PONCE SOSA

Gerente General Regional

Gobierno Regional Moquegua

Nota: El Gobierno Regional de Moquegua precisa que el Manual de Clasificador de Cargos se podrá visualizar en el Portal Institucional (https://www.gob.pe/regionmoquegua) y en el Portal del estado peruano (www.peru.gob.pe). el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano.

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