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Fecha de publicación: 01/05/2026
Aceptan renuncia de Presidente de la Mesa de Concertación para la Lucha contra la Pobreza

Aprueban Plan Operativo Institucional (POI) Multianual 2027 - 2029 del Ministerio de la Producción

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

N° 00121-2026-PRODUCE

Lima, 30 de abril de 2026

VISTOS: El Memorando N° 00000332-2026-
PRODUCE/OGPPM de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe N° 00000094-2026-PRODUCE/OPM de la Oficina de Planeamiento y Modernización; y el Informe N° 00000525-2026-PRODUCE/OGAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante el numeral 1 del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, se establece que, corresponde a los Ministros de Estado la función de dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno; aprobar los planes de actuación; y asignar los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestarias correspondientes;

Que, por el Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, se crea el Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico, como un conjunto articulado e integrado de órganos, subsistemas y relaciones funcionales, cuya finalidad es coordinar y viabilizar el proceso de planeamiento estratégico nacional para promover y orientar el desarrollo armónico y sostenido del país; y el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN, como el órgano rector y orientador de dicho Sistema Nacional, con competencias de alcance nacional;

Que, el subnumeral 3 del numeral 7.3 del artículo 7 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, dispone que el Titular de la Entidad es responsable de determinar las prioridades de gasto de la Entidad en el marco de sus objetivos estratégicos institucionales que conforman su Plan Estratégico Institucional (PEI), y sujetándose a la normatividad vigente;

Que, el numeral 13.3 del artículo 13 del Decreto Legislativo N° 1440 indica, entre otros, que el Presupuesto del Sector Público tiene como finalidad el logro de resultados a favor de la población y del entorno; así como, mejorar la equidad en observancia a la sostenibilidad y responsabilidad fiscal conforme a la normatividad vigente, y se articula con los instrumentos del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico - SINAPLAN;

Que, la versión actualizada de la “Guía para el Planeamiento Institucional”, aprobada por la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 0055-2024/CEPLAN/PCD, de aplicación para las entidades de los tres niveles de gobierno, tiene como objetivo, establecer las pautas para el planeamiento institucional que comprende la política y los planes que permiten la elaboración o modificación del Plan Estratégico Institucional - PEI y del Plan Operativo Institucional - POI, en el marco del Ciclo de Planeamiento Estratégico;

Que, el numeral 3.2 del Capítulo 3 de la referida Guía para el Planeamiento Institucional, respecto a la elaboración y aprobación del POI, dispone que el PEI se elabora y aprueba en el año previo al inicio de su vigencia; y, en consecuencia la entidad debe elaborar y aprobar el POI Multianual para un período no menor de tres (3) años respetando el período de vigencia del PEI; registrando la priorización de cada Actividad Operativa e inversión, según los niveles establecidos sobre la base de la Ruta Estratégica definida en el PEl; y expresando la Programación Física y de Costeo por cada año; correspondiendo al Titular de la entidad, la aprobación del POI Multianual hasta el 30 de abril, a través del aplicativo CEPLAN V.01, disponiendo su publicación en el Portal de Transparencia Estándar de la entidad;

Que, de acuerdo a lo establecido en la citada Guía para el Planeamiento Institucional, el plazo para el registro y aprobación del Plan Operativo Institucional Multianual 2027 - 2029, es hasta el 30 de abril de 2026;

Que, a través de la Resolución Ministerial N° 000329-2025-PRODUCE, se aprueba la actualización del PEI del Ministerio de la Producción hasta el año 2030, quedando denominado como “Plan Estratégico Institucional (PEI 2025 - 2030) Actualizado del Ministerio de la Producción”;

Que, la Comisión de Planeamiento Estratégico del Ministerio de la Producción, conformada por la Resolución Ministerial N° 098-2018-PRODUCE, mediante Acta de fecha 28 de abril de 2026, acordó validar el POI Multianual 2027 - 2029 del Ministerio de la Producción;

Que, con el Memorando N° 00000332-2026-PRODUCE/OGPPM, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, hace suyo el Informe N° 00000094-2026-PRODUCE/OPM de la Oficina de Planeamiento y Modernización, mediante el cual propone la aprobación del POI Multianual 2027 - 2029 del Ministerio de la Producción, que contiene la programación física y financiera para cada año, y ha sido elaborado de manera coordinada con cada dependencia (centro de costo) de la entidad; asimismo, indica que sus actividades operativas están alineadas a los Objetivos Estratégicos Sectoriales del Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) del Sector Producción; así como, a los Objetivos Estratégicos y Acciones Estratégicas Institucionales del Plan Estratégico Institucional (PEI 2025 - 2030) Actualizado del Ministerio de la Producción; y a los Objetivos Prioritarios, lineamientos y servicios de las Políticas Nacionales según corresponda, de conformidad con lo dispuesto en la versión actualizada de la “Guía para el Planeamiento Institucional”, aprobada por la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 0055-2024-CEPLAN/PCD;

Que, mediante el Informe N° 00000525-2026-
PRODUCE/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica indica que resulta legalmente viable emitir la Resolución Ministerial que aprueba el POI Multianual 2027 - 2029 del Ministerio de la Producción, formulado por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización en coordinación con las dependencias del Ministerio de la Producción;

Con las visaciones del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura, de la Secretaría General, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; el Decreto Legislativo N° 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; el Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; y, la versión actualizada de la “Guía para el Planeamiento Institucional”, aprobada por la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 0055-2024-CEPLAN/PCD;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobación

Aprobar el Plan Operativo Institucional (POI) Multianual 2027 - 2029 del Ministerio de la Producción, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Publicación

Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en la sede digital del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce) y en el Portal de Transparencia Estándar del Ministerio de la Producción, el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CESAR MANUEL QUISPE LUJAN

Ministro de la Producción

2511706-1