Autorizan viaje de representante del Ministerio a Paraguay, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 000122-2026-PRODUCE
Lima, 30 de abril de 2026
VISTOS: La Carta de fecha 3 de febrero de 2026 del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente; el Informe Nº 00000057-2026-PRODUCE/DIGAMI de la Dirección de Gestión Ambiental de la Dirección General de Asuntos Ambientales de Industria; el Memorando Nº 00000462-2026-PRODUCE/DVMYPE-I del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria; el Memorando Nº 00000551-2026-PRODUCE/OGRH de la Oficina General de Recursos Humanos; el Memorando Nº 00000326-2026-PRODUCE/OGPPM de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y el Informe Nº 00000512-2026-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA) es la autoridad ambiental global que lidera y promueve la cooperación para proteger el medio ambiente, apoyando a los países frente al cambio climático, la contaminación y la pérdida de biodiversidad; para ello, impulsa la transición hacia economías de bajo carbono y eficientes en el uso de los recursos, fortalece la gobernanza y la legislación ambiental, protege los ecosistemas y genera información basada en evidencias para la toma de decisiones políticas;
Que, mediante la Carta de fecha 3 de febrero de 2026, el PNUMA invita al Ministerio de la Producción a participar en la “Reunión de la Red de Oficiales Nacionales de Ozono de América Latina”, a realizarse del 4 al 8 de mayo de 2025, en la ciudad de Asunción, República del Paraguay;
Que, mediante el Informe Nº 00000057-2026-
PRODUCE/DIGAMI, la Dirección de Gestión Ambiental de la Dirección General de Asuntos Ambientales de Industria, se sustenta técnicamente la participación del servidor RICHARD ALCA AYAQUE, en el citado evento, señalándose que su participación permitirá fortalecer el dialogo regional y la cooperación técnica, mediante información técnica actualizada, la cual servirá como insumo para implementar los compromisos del país en el marco del Protocolo de Montreal; así como el seguimiento de los avances del Proyecto “Plan de Gestión de Eliminación de los Hidroclorofluorocarbonos (HCFC) – PGEH Fase II para el Perú”; precisándose además que dicha participación no irroga gastos;
Que, mediante el Memorando Nº 00000462-2026-
PRODUCE/DVMYPE-I, el Despacho Viceministerial de MYPE e Industria otorga su conformidad a la solicitud de autorización de viaje al exterior, a fin de continuar con el trámite respectivo;
Que, mediante el Memorando Nº 00000551-2026-
PRODUCE/OGRH, la Oficina General de Recursos Humanos remite el Informe Nº 00000255-2026-PRODUCE/OARH de su Oficina de Administración de Recursos Humanos, a través del cual concluye que el citado servidor no tiene impedimento para viajar al exterior;
Que, mediante el Memorando Nº 00000326-2026-
PRODUCE/OGPPM, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización hace suyo el Informe Nº 00000174-2026-PRODUCE/OCTAI de su Oficina de Cooperación Técnica y Asuntos Internacionales, a través del cual considera relevante la participación del referido servidor en el citado evento, en tanto contribuirá al cumplimiento de la Agenda 2030 y sus Objetivos de Desarrollo Sostenible; así como con la Política Nacional de Cooperación Técnica Internacional al 2030;
Que, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, señala que éstos deben sustentarse en el interés nacional o institucional. Por su parte, el artículo 11 del mencionado Reglamento, establece que los viajes que se realicen al extranjero que no ocasionen ningún tipo de gastos al Estado serán autorizados mediante Resolución del Titular de la Entidad correspondiente, no siendo obligatoria su publicación;
Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 031-2020-PRODUCE se aprueba la Directiva General Nº 001-2020-PRODUCE-DM denominada “Lineamientos para la autorización de viajes al exterior en el Ministerio de la Producción”, la cual regula el procedimiento a seguir en el Ministerio de la Producción, para la autorización de viajes al exterior del territorio nacional de los funcionarios y servidores de los órganos, unidades orgánicas, programas, y de los organismos adscritos, en comisión de servicios, por capacitación o representación del Sector Producción;
Que, los gastos por concepto de pasajes y viáticos son cubiertos por el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA);
Que, de acuerdo a lo expuesto en los considerandos precedentes, resulta de interés institucional autorizar el viaje en comisión de servicios al citado servidore, para que participe en el citado evento; además, la referida autorización de viaje al exterior cumple con las disposiciones establecidas en la Directiva General Nº 001-2020-PRODUCE-DM;
Con las visaciones del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria; de la Oficina General de Recursos Humanos; de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley Nº 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; el Decreto Legislativo Nº 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, Decreto Supremo que aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; y la Resolución Ministerial Nº 031-2020-PRODUCE, que aprueba la Directiva General Nº 001-2020-PRODUCE-DM denominada “Lineamientos para la autorización de viajes al exterior en el Ministerio de la Producción”;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios a la ciudad de Asunción, República de Paraguay, para que en representación del Ministerio de la Producción participe en la “Reunión de la Red de Oficiales Nacionales de Ozono de América Latina” al servidor que a continuación se detalla en las fechas que se indican, a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial:
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Nombres y Apellidos |
Cargo |
Fecha de viaje |
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RICHARD ALCA AYAQUE |
Asesor de la Dirección General de Asuntos Ambientales de Industria del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria del Ministerio de la Producción |
Del 3 al 9 de mayo de 2026 |
Artículo 2.- El viaje autorizado en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial no irroga gastos al presupuesto institucional del Ministerio de la Producción.
Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el servidor autorizado en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial debe presentar un informe detallado de las acciones realizadas conforme a la Directiva General Nº 001-2020-PRODUCE-DM denominada “Lineamientos para la autorización de viajes al exterior en el Ministerio de la Producción”, aprobada por Resolución Ministerial Nº 031-2020-PRODUCE.
Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos y/o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación.
Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce).
Regístrese y comuníquese.
CESAR MANUEL QUISPE LUJAN
Ministro de la Producción
2511700-1