Autorizan viaje de servidora del Instituto del Mar del Perú – IMARPE a los Estados Unidos Mexicanos, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 000116-2026-PRODUCE
Lima, 30 de abril de 2026
VISTOS: La Carta de fecha 17 de marzo de 2026 de la Organización para las Ciencias del Mar en el Pacífico Norte; los Oficios Nos 030-2026-IMARPE y 032-2026-IMARPE del Instituto del Mar del Perú; los Memorandos Nos 00000606-2026-PRODUCE/DVPA y 00000645-2026-PRODUCE/DVPA del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura; y el Informe N° 00000506-2026-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 2 del Decreto Legislativo N° 1677, Decreto Legislativo para el fortalecimiento y modernización de la gestión y organización del Instituto del Mar del Perú - IMARPE, señala que el IMARPE es un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de la Producción, el cual tiene por finalidad promover y realizar investigaciones científicas, desarrollos tecnológicos e innovaciones, con relación a los recursos vivos que existen tanto dentro como fuera del dominio marítimo; así como, en las aguas continentales;
Que, la Organización para las Ciencias del Mar en el Pacífico Norte (PICES, por sus siglas en inglés) tiene como objetivos promover y coordinar la investigación marina en el Pacífico Norte y mares adyacentes; así como ampliar el conocimiento científico del medio ambiente oceánico, el clima global y el cambio climático, los recursos vivos y sus ecosistemas, incluidos los impactos de las actividades humanas, y promover la recopilación e intercambio oportuno de información científica en dichos ámbitos;
Que, mediante la Carta de Vistos, invitan al Instituto del Mar del Perú - IMARPE, a participar del Simposio Internacional denominado “Navegando los cambios en peces pelágicos pequeños y comunidades forrajeras: clima, ecosistemas y pesquerías sostenibles” (SPF-2026), a realizarse, del 4 al 8 de mayo de 2026, en la ciudad de La Paz, Baja California Sur, Estados Unidos Mexicanos;
Que, con fecha 29 de agosto de 2024, el Programa Nacional de Investigación Científica y Estudios Avanzados - PROCIENCIA y el IMARPE suscriben el Contrato N° PE501088906-2024-PROCIENCIA, a fin de que PROCIENCIA otorgue recursos financieros al IMARPE para la ejecución del proyecto titulado: “Respuesta de la biodiversidad marina del norte del Sistema de la Corriente de Humboldt a la variabilidad climática en el último milenio y al calentamiento global en la base al ADN ambiental sedimentario y otros paleo-indicadores”;
Que, mediante los Oficios Nos 030-2026-IMARPE y 032-2026-IMARPE, el IMARPE remite, entre otros, la solicitud de autorización de viaje de la señora GIOVANNA ELIZABETH SOTIL CAYCHO, servidora del Área Funcional de Investigaciones en Acuicultura de la Dirección General de Investigaciones en Acuicultura del IMARPE, para que participe en el citado evento;
Que, el IMARPE sustenta técnica, presupuestal y legalmente su solicitud en el Memorándum N° 120-2026-IMARPE/DGIA, el Memorándum N° 466-2026-
IMARPE/AFRH, el Memorándum N° 0196-2026-IMARPE/OGPP, el Memorándum N° 0176-2026-IMARPE/AFC, el Memorándum N° 495-2026-IMARPE/AFLeI y el Informe N° 128-2026-IMARPE/OGAJ; emitidos por la Dirección General de Investigaciones en Acuicultura, el Área Funcional de Recursos Humanos, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Área Funcional de Contabilidad, el Área Funcional de Logística e Infraestructura y la Oficina General de Asesoría Jurídica, todos del IMARPE;
Que, mediante el Informe Técnico Sustentatorio remitido con Memorándum N° 120-2026-IMARPE/DGIA de la Dirección General de Investigaciones en Acuicultura, señala que la participación de la referida servidora del IMARPE en el mencionado evento tiene por finalidad generar un impacto significativo en el cumplimiento de las metas institucionales; asimismo, constituye una oportunidad para continuar con el intercambio de experiencias entre científicos dedicados al estudio del ADN ambiental, en beneficio de las líneas de investigación que se vienen desarrollando en el Laboratorio de Genética Molecular del IMARPE;
Que, mediante los Memorandos Nos 00000606-2026-
PRODUCE/DVPA y 00000645-2026-PRODUCE/DVPA, el Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura remite la solicitud de autorización de viaje presentada por el IMARPE para su trámite correspondiente;
Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, señala que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se autorizan conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores públicos y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias;
Que, la Ley N° 27619, antes mencionada, establece en sus artículos 2 y 3, que las resoluciones de autorización de viajes al exterior se deben sustentar en el interés nacional o institucional, y que deben publicarse en el Diario Oficial El Peruano, con anterioridad al viaje;
Que, el artículo 1 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, Decreto Supremo que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, señala que la autorización de viajes al exterior de las personas que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente; asimismo, en su artículo 2 contempla que la Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac (tarifa única de uso de aeropuerto - TUUA); sin perjuicio de ello, toda autorización de viajes deberá sujetarse a las medidas de austeridad, racionalidad y transparencia del gasto público;
Que, mediante la Resolución Ministerial N° 031-2020-PRODUCE se aprueba la Directiva General N° 001-2020-PRODUCE-DM denominada “Lineamientos para la autorización de viajes al exterior en el Ministerio de la Producción”, la cual regula el procedimiento a seguir en el Ministerio de la Producción, para la autorización de viajes al exterior del territorio nacional de los funcionarios y servidores de los órganos, unidades orgánicas, programas, y de los organismos adscritos, en comisión de servicios, por capacitación o representación del Sector Producción;
Que, los gastos por concepto de pasajes y viáticos serán asumidos con cargo al Presupuesto Institucional del Instituto del Mar del Perú - IMARPE, en el marco del Contrato N° PE501088906-2024-PROCIENCIA;
Que, de acuerdo a lo expuesto en los considerandos precedentes, resulta de interés institucional autorizar el viaje en comisión de servicios a dicha servidora del IMARPE; además, la referida autorización de viaje al exterior cumple con las disposiciones establecidas en la Directiva General N° 001-2020-PRODUCE-DM;
Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura; y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; el Decreto Legislativo N° 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, Decreto Supremo que aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; y la Resolución Ministerial N° 031-2020-PRODUCE, que aprueba la Directiva General N° 001-2020-PRODUCE-DM denominada “Lineamientos para la autorización de viajes al exterior en el Ministerio de la Producción”;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios de la señora GIOVANNA ELIZABETH SOTIL CAYCHO, servidora del Instituto del Mar del Perú - IMARPE, del 3 al 8 de mayo de 2026, a la ciudad de La Paz, Baja California Sur, Estados Unidos Mexicanos para que participe en el Simposio Internacional denominado “Navegando los cambios en peces pelágicos pequeños y comunidades forrajeras: clima, ecosistemas y pesquerías sostenibles” (SPF-2026).
Artículo 2.- Los gastos correspondientes a los pasajes aéreos y viáticos que demande el viaje que se autoriza en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, son cubiertos con cargo a los recursos del Presupuesto Institucional 2026 del Instituto del Mar del Perú - IMARPE, en el marco del Contrato N° PE501088906-2024-PROCIENCIA, de acuerdo al siguiente detalle:
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Nombres y Apellidos |
Pasajes aéreos (US$ incluido TUUA) |
Viáticos (US$ 440.00 por 4 días) |
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GIOVANNA ELIZABETH SOTIL CAYCHO |
2, 279.00 |
1, 760.00 |
Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la servidora autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial debe presentar un informe detallado de las acciones realizadas conforme a la Directiva General N° 001-2020-PRODUCE-DM denominada “Lineamientos para la autorización de viajes al exterior en el Ministerio de la Producción”, aprobada por Resolución Ministerial N° 031-2020-PRODUCE.
Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos y/o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación.
Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CESAR MANUEL QUISPE LUJAN
Ministro de la Producción
2511694-1