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Fecha de publicación: 01/05/2026
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Resolución Ministerial que aprueba el Documento denominado “Metodología para la Determinación de los Valores Arancelarios de Terrenos a Nivel Nacional para fines fiscales”

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 207-2026-EF/15

Lima, 29 de abril del 2026

CONSIDERANDO:

Que, el Decreto Legislativo Nº 1557, Decreto Legislativo que establece medidas en materia de Catastro Fiscal y dicta otras disposiciones, tiene por objeto establecer las características y usos del Catastro Fiscal, así como dictar las medidas que permitan el diseño, consolidación, mantenimiento y actualización de la información del Catastro Fiscal para la valorización de predios a nivel nacional;

Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Legislativo Nº 1557, el Catastro Fiscal es un inventario de información de trascendencia fiscal que comprende las características básicas de los predios que hagan posible su identificación y valorización. Por su naturaleza de exclusivo uso fiscal, el Catastro Fiscal no se encuentra regulado por la Ley Nº 28294, Ley que crea el Sistema Nacional Integrado de Catastro y su vinculación con el registro de predios;

Que, el artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1557 establece que el Ministerio de Economía y Finanzas es la entidad responsable de establecer las normas, metodologías, procedimientos, técnicas e instrumentos, aprobados por Resolución Ministerial, que regulan el diseño, la consolidación, mantenimiento y actualización de la información del Catastro Fiscal para la valorización de predios;

Que, la Quinta Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1557 establece que en el marco de lo establecido en el artículo 11 del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, Ministerio de Economía y Finanzas, formula y aprueba anualmente, mediante Resolución Ministerial los valores arancelarios de terrenos vigentes al 31 de octubre del año anterior para fines tributarios. Asimismo, dispone que el Ministerio de Economía y Finanzas aprueba mediante Resolución Ministerial la metodología a emplearse, para la determinación de los referidos valores arancelarios;

Que, el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1557, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 226-2023-EF, desarrolla las características y usos del Catastro Fiscal, así como las medidas que permitan el diseño, consolidación, mantenimiento y actualización de la información catastral fiscal para la valorización de los predios a nivel nacional;

Que, el artículo 5 del citado Reglamento, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1557, establece que el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Política Macroeconómica y Descentralización Fiscal, es responsable de elaborar y proponer las Directivas necesarias para el funcionamiento del Catastro Fiscal, así como las normas técnicas, métodos y procedimientos que regulan su consolidación, mantenimiento y actualización, incluyendo la formulación de los valores arancelarios de terrenos a nivel nacional;

Que, el artículo 37 del citado Reglamento dispone que el Ministerio de Economía y Finanzas mediante Resolución Ministerial, establece la metodología para la determinación del valor arancelario de terrenos a nivel nacional;

Que, la Única Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Supremo Nº 108-2024-EF establece que, en el marco de lo establecido en la Quinta Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1557, a efectos de formular y aprobar los valores arancelarios de terrenos vigentes, para los años fiscales 2025 y 2026, el Ministerio de Economía y Finanzas utiliza la metodología empleada por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobando una metodología propia para el siguiente año fiscal;

Que, en tal sentido, resulta necesario aprobar la metodología para la determinación de los valores arancelarios de terrenos a nivel nacional con fines fiscales, a efectos de garantizar que dicho proceso se desarrolle de manera objetiva, uniforme y técnicamente sustentada, mediante la aplicación de criterios estandarizados, asegurando la transparencia, consistencia y predictibilidad en beneficio de los gobiernos locales;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1557, Decreto Legislativo que establece medidas en materia de Catastro Fiscal y dicta otras disposiciones, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 226-2023-EF, así como en el Decreto Supremo Nº 108-2024-EF;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Objeto

Se aprueba el documento denominado “Metodología para la determinación de los valores arancelarios de terrenos a nivel nacional para fines fiscales” y sus Anexos, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Publicación

La presente Resolución Ministerial se publica en el Diario Oficial El Peruano; y el documento denominado “Metodología para la determinación de los valores arancelarios de terrenos a nivel nacional para fines fiscales” y sus Anexos se publican en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe) y en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario oficial.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

RODOLFO ACUÑA NAMIHAS

Ministro de Economía y Finanzas

2511559-1