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Fecha de publicación: 01/05/2026
Aceptan renuncia de Presidente de la Mesa de Concertación para la Lucha contra la Pobreza

Aprueban el contenido técnico del “Curso de actualización del inspector técnico de seguridad en edificaciones” y el formato de solicitud para participar en dicho curso

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

N° 185-2026-VIVIENDA

Lima, 29 de abril de 2026

VISTOS:

La Nota N° 163-2026-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS y el Memorándum N° 261-2026-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento; los Informes N° 862-2025-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS-DC y N° 242-2026-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS-DC de la Dirección de Construcción; y el Informe N° 391-2026-VIVIENDA/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, los artículos 5 y 6 de la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, establecen que este sector tiene competencia, entre otras, en materia de construcción, y es el órgano rector de las políticas nacionales y sectoriales dentro del ámbito de su competencia, que son de obligatorio cumplimiento por los tres niveles de gobierno en el marco del proceso de descentralización, y en todo el territorio nacional; asimismo, tiene entre sus competencias exclusivas, dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas nacionales y sectoriales;

Que, el numeral 3.1 del artículo 3 del Decreto Supremo N° 018-2017-PCM, que aprueba medidas para fortalecer la planificación y operatividad del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres mediante la adscripción y transferencia de funciones al Ministerio de Defensa a través del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI y otras disposiciones; ordena transferir, a partir del día siguiente de la entrada en vigencia del Decreto Legislativo N° 1200, las funciones del Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres - CENEPRED, relativas a Inspecciones Técnicas de Seguridad de Edificaciones a que se refieren los literales k) y l) del artículo 12 de la Ley N° 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, modificada por el referido Decreto Legislativo, al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS);

Que, el artículo 81 del Reglamento de Organización y Funciones del MVCS, aprobado mediante Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, modificado por el Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA, establece que la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento (DGPRCS) es el órgano de línea del MVCS, responsable de formular y proponer las políticas nacionales y sectoriales en materia de construcción y saneamiento, así como dictar normas, lineamientos y establecer los procedimientos para facilitar servicios de saneamiento y construcciones seguras y sostenibles, especialmente orientada a la población rural o de menores recursos;

Que, el artículo 56 del Nuevo Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones, aprobado con el Decreto Supremo N° 002-2018-PCM (en adelante, Nuevo Reglamento), señala que el alcance y contenido técnico del curso de actualización es aprobado por Resolución Ministerial del MVCS, cuya finalidad es actualizar los conocimientos del inspector técnico de seguridad en edificaciones en materia de riesgos, incluidos los riesgos de incendio y colapso en edificaciones vinculadas con el desarrollo de actividades económicas; así como, actualizar los conocimientos en materia de condiciones de seguridad del establecimiento objeto de inspección y reforzar los conocimientos en la ejecución de las Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones (ITSE), Evaluación de las Condiciones de Seguridad de Espectáculos Públicos Deportivos y No Deportivos (ECSE) y Visita de Inspección de Seguridad en Edificaciones (VISE); asimismo, el curso de actualización constituye uno de los requisitos con los que debe contar el inspector técnico de seguridad en edificaciones clase básico, que desee recategorizarse como especializado;

Que, a través del literal e) del artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 106-2020-VIVIENDA, se encarga a la Dirección de Construcción (DC) de la DGPRCS la función de proponer la aprobación del alcance y contenido técnico de los cursos de actualización y el formato de solicitud para participar en el curso de actualización de inspectores técnicos de seguridad en edificaciones; así también, mediante el literal c) del artículo 2 de dicha Resolución, la DGPRCS tiene a su cargo la función de aprobar el formato de solicitud para participar en los cursos de actualización de inspectores técnicos de seguridad en edificaciones;

Que, mediante Nota N° 163-2026-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS y el Memorándum N° 261-2026-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS, la DGPRCS remite los Informes N° 862-2025-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS-DC y N° 242-2026-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS-DC, mediante los cuales la DC sustenta la necesidad de aprobar, mediante Resolución Ministerial, el “Contenido técnico del curso de actualización del inspector técnico de seguridad en edificaciones”, que tiene por finalidad actualizar y reforzar los conocimientos del inspector técnico de seguridad en edificaciones, en materia de riesgos vinculados con el desarrollo de la actividad económica, las condiciones de seguridad y la ejecución de las ITSE, ECSE y VISE; así como, ser uno de los requisitos con los que debe contar el inspector técnico de seguridad en edificaciones clase básico, para optar por la recategorización como clase especializado;

Que, conforme a lo señalado en el numeral 56.2 del artículo 56 del Nuevo Reglamento y en la Resolución Ministerial N° 106-2020-VIVIENDA, el alcance y contenido de los cursos de actualización deben ser aprobados por Resolución Ministerial del MVCS y el formato de solicitud para participar en dicho curso de actualización por la DGPRCS, respectivamente; en ese sentido, a fin de facilitar el uso y ubicación de los dispositivos del curso de actualización y simplificar la emisión de disposiciones normativas, el precitado informe sustenta y propone la presente Resolución Ministerial para la aprobación del alcance y contenido del curso de actualización conjuntamente con el del citado formato de solicitud, con lo cual se extinguiría por avocación el encargo de función de la DGPRCS dispuesto en el literal c) del artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 106-2020-VIVIENDA, en concordancia con lo establecido por el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS;

Que, de acuerdo a lo señalado en el Informe N° 862-2025-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS-DC, una vez aprobada la propuesta normativa, los cursos de actualización podrán ser ejecutados de forma inmediata por las universidades o instituciones educativas superiores, una vez que cuenten con la disponibilidad para el dictado de los referidos cursos, ya que éstos se encuentran habilitados para hacerlo a través de los Convenios de Cooperación Interinstitucional vigentes celebrados con el MVCS;

Que, a través del Informe N° 391-2026-VIVIENDA/SG-OGAJ, desde el punto de vista legal, la OGAJ emite opinión favorable para continuar con el trámite de aprobación de la Resolución Ministerial propuesta y sustentada por la DGPRCS;

De conformidad con la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y modificatoria; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, y modificatoria; el Decreto Supremo N° 018-2017-PCM, Decreto Supremo que aprueba medidas para fortalecer la planificación y operatividad del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres mediante la adscripción y transferencia de funciones al Ministerio de Defensa a través del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI y otras disposiciones; el Decreto Supremo N° 002-2018-PCM, Decreto Supremo que aprueba el Nuevo Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones; y, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, y modificatoria;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobación del contenido técnico del “Curso de actualización del inspector técnico de seguridad en edificaciones”.

Aprobar el contenido técnico del “Curso de actualización del inspector técnico de seguridad en edificaciones” que, como Anexo 01, forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Aprobación del “Formato de solicitud para participar en el curso de actualización del inspector técnico de seguridad en edificaciones”.

Aprobar el “Formato de solicitud para participar en el curso de actualización del inspector técnico de seguridad en edificaciones” que, como Anexo 02, forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 3.- Dejar sin efecto

Dejar sin efecto el literal c) del artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 106-2020-VIVIENDA, que encarga a la Dirección General de Políticas y Regulación aprobar el “Formato de solicitud para participar en los cursos de actualización de Inspectores Técnicos de Seguridad en Edificaciones”.

Artículo 4.- Publicación

Publicar la presente Resolución Ministerial, en la sede digital del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

WILDER ALEJANDRO SIFUENTES QUILCATE

Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento

ANEXO 01

CONTENIDO TÉCNICO DEL CURSO DE ACTUALIZACIÓN DEL INSPECTOR TÉCNICO DE SEGURIDAD EN EDIFICACIONES

MODULO I: PROCEDIMIENTOS DE EJECUCIÓN DE LA ITSE, ECSE Y VISE, ITSE A LA BODEGA Y PLANSEP, USO PRÁCTICO DE LOS FORMATOS Y LA MATRIZ DE RIESGOS

Objetivo:

Reforzar y actualizar los conocimientos de los inspectores técnicos de seguridad en edificaciones (inspector) en las siguientes temáticas:

- Procedimientos para la ejecución de la Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones (ITSE), Evaluación de Condiciones de Seguridad en Espectáculos Públicos Deportivos y no Deportivos (ECSE), la Visita de Inspección de Seguridad en Edificaciones (VISE), y el uso de los respectivos formatos.

- ITSE al efectuarse el cambio de giro de Establecimientos Objeto de Inspección (EOI) con nivel de riesgo bajo y riesgo medio.

- Procedimiento de la ITSE a la Bodega.

- Plan de adecuación a las normas de seguridad en los EOI de las entidades públicas (PLANSEP).

- Uso de la Matriz de riesgos (MDR).

Contenido mínimo:

• Desarrollo de casos prácticos de la ITSE posterior y previa al otorgamiento de la licencia de funcionamiento e inicio de actividades, desarrollo de casos prácticos de la ITSE a la bodega, oficinas, galerías, restaurantes, talleres, almacenes, mercados, centros comerciales, fábricas y similares. Realización de talleres grupales para el desarrollo de los requisitos, flujogramas, aspectos de designación de inspectores/as, aspectos propios de la diligencia de ITSE, acceso a ambientes e instalaciones del EOI, cómputo de plazos, causales de suspensión, no realización y finalización, uso de formatos de ITSE, responsabilidades del inspector, análisis de la competencia del inspector en la determinación del giro del negocio, reforzar los conocimientos de área ocupada, área techada, aforo, nivel, piso, piso técnico, azotea, sótano, semi sótano, entre otros, según Decreto Supremo N° 163-2020-PCM1 (TUO de la LMLF), Decreto Supremo N° 002-2018-PCM2 (Nuevo Reglamento) y sus actualizaciones o norma que la reemplace y la Resolución Jefatural N° 016-2018-CENEPRED/J3 (Manual de Ejecución) y sus actualizaciones o norma que la reemplace.

• Desarrollo de caso práctico de la ITSE al efectuarse el cambio de giro del EOI con nivel de riesgo bajo y riesgo medio de acuerdo a la Resolución Ministerial N° 111-2020-VIVIENDA4.

• Desarrollo de caso práctico de la ITSE a la Bodega de acuerdo a la Resolución Ministerial N° 181-2021-VIVIENDA5.

• Desarrollo de caso práctico de realización de la VISE, generalidades del proceso de la VISE, flujograma, convocatoria del grupo inspector, diligencia, suspensión y finalización de la VISE, plazos, formatos, la VISE para la revocatoria del Certificado de ITSE, la VISE cuando se aplicó silencio administrativo positivo, la VISE de actividades simultáneas y adicionales, casuística en la realización de la VISE, según el TUO de la LMLF, Nuevo Reglamento y Manual de Ejecución.

• Desarrollo de caso práctico del proceso de ECSE, requisitos, flujograma, espectáculos obligados y no obligados a la ECSE, convocatoria del inspector, diligencia, suspensión y finalización de la ECSE, plazos, formatos, casuística, según el Nuevo Reglamento y Manual de Ejecución.

• Desarrollo del marco normativo para la elaboración del Plan de adecuación a las normas de seguridad de los EOI de las Entidades Públicas según el Lineamiento N° 001-2023- VIVIENDA-VMCS6, aprobado por Resolución Viceministerial N° 07-2023-VIVIENDA/VMCS (PLANSEP). Desarrollo de caso práctico del cronograma de actividades para la ejecución del PLANSEP.

• Desarrollo de casos prácticos del uso de la Matriz de Riesgos (MDR) y errores frecuentes en su aplicación.

Horas cronológicas mínimas:

24 horas

Evaluación del módulo:

Nota 1: Práctica individual de ejecución del procedimiento de la ITSE, ECSE y VISE.

Nota 2: Práctica individual de ejecución de la ITSE a la bodega.

Nota 3: Práctica individual de la MDR.

Nota 4: Examen de conocimientos.

Nota de módulo I: (Nota 1 + Nota 2 + Nota3 + Nota 4) / 4

MÓDULO II: CONDICIONES DE SEGURIDAD ANTE RIESGO DE COLAPSO

Objetivo:

Reforzar los conocimientos de los inspectores técnicos de seguridad en edificaciones en la verificación ocular de las condiciones de seguridad de las estructuras del EOI, identificando de manera visual fallas, deficiencias, deterioros que puedan producir el riesgo de colapso según las normas técnicas de diseño estructural del Reglamento Nacional de Edificaciones (RNE).

Contenido mínimo:

Causas que originan fallas, deterioros en estructuras de concreto armado, acero, albañilería confinada, madera, tierra reforzada, bambú.

• Verificación ocular en la ITSE de deterioros y fallas en estructuras de:

- Concreto armado.

- Acero.

- Albañilería confinada.

- Madera.

- Tierra reforzada.

- Bambú.

- Otros materiales no considerados en la norma de diseño estructural del RNE como sillar y quincha.

• Uso de los formatos de ejecución de la ITSE posterior y previa al otorgamiento de la licencia de funcionamiento o inicio de actividades para consignar condiciones de seguridad ante el riesgo de colapso y formato de panel de fotos.

• Riesgo de colapso en la ECSE y uso de formatos.

• Desarrollo de casuística: Estructuras de edificaciones y techos con diferentes tipos de aceros (fierro corrugado), armaduras de acero que no se pueden observar a simple vista, tanques elevados sobre estructuras existentes, cambio de uso y cambio de cargas vivas, estructuras de antenas, paneles publicitarios, protección contra el fuego en las estructuras de madera, ¿se solicita carta de seguridad o evaluación estructural del EOI?

Horas cronológicas mínimas:

08 horas.

Evaluación del módulo:

Nota 1: Práctica individual de identificación de fallas, deficiencias, deterioros en estructuras del EOI.

Nota 2: Examen de conocimientos.

Nota de módulo II: (Nota 1 + Nota 2) / 2

MÓDULO III: CONDICIONES DE SEGURIDAD ANTE RIESGO DE INCENDIO

Objetivo:

Reforzar los conocimientos de los inspectores técnicos de seguridad en edificaciones, respecto a la implementación de medidas de seguridad y sistemas de protección contra incendios como extintores, señalización, sistemas y alarmas contra incendio, que los EOI deben tener para reducir el riesgo de incendio.

Contenido mínimo:

• Repaso de las condiciones de seguridad y protección contra incendios que debe tener implementado el EOI en función a la actividad económica comercial, industrial o de servicios que desarrolla según el RNE:

- Extintores portátiles, memoria de cálculo, según el RNE y la NTP 350.0437

- Iluminación de emergencia, en EOI de horario diurno, ¿Dónde se requiere de iluminación de emergencia?, tomacorrientes para iluminación de emergencia, otros, según el RNE y el Código Nacional de Electricidad - Utilización.

- Señalización de seguridad según la NTP 399.010.18

- Detección y alarma de incendios centralizado, memoria de cálculo, ¿El inspector puede solicitar a su parecer la instalación de detectores de humo, temperatura, estaciones manuales, alarmas?, otros, según el RNE y el CNE-U9.

- Sistema de rociadores, sistema de gabinetes contra incendio, según el RNE.

- Utilización de conductores eléctricos libres de halógeno, color de los conductores eléctricos, conductor del sistema de puesta a tierra, otros, según el CNE-U.

• Desarrollo de casos prácticos para identificar los requisitos mínimos de seguridad ante el riesgo de incendio que deben implementarse en el EOI.

• Desarrollo de casuística: ¿el inspector puede solicitar a su parecer la instalación de extintores?, ¿cada tablero eléctrico debe tener una luz de emergencia?

• Seguridad en instalaciones de gas licuado de petróleo y calderos.

• Condiciones de seguridad frente al riesgo de incendio en establecimientos de salud.

Horas cronológicas mínimas:

08 horas.

Evaluación del módulo:

Nota 1: Caso práctico de cumplimiento de condiciones de seguridad en el EOI ante el riesgo de incendio según el RNE.

Nota 2: Examen de conocimientos.

Nota de módulo III: (Nota1+Nota 2) / 2

MÓDULO IV: TALLER DE EVALUACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE CONDICIONES DE SEGURIDAD EN ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS, ALMACENES, ESTABLECIMIENTOS DE SALUD E INDUSTRIAS

Objetivo:

Reforzar los conocimientos de los inspectores técnicos de seguridad en edificaciones, respecto a la evaluación del cumplimiento de las condiciones de seguridad en las instituciones educativas, almacenes, establecimientos de salud e industrias.

Contenido mínimo:

• Teoría y desarrollo de casos prácticos de verificación del cumplimiento de las condiciones de seguridad ante el riesgo de incendio, colapso, electrocución, caídas, cortes por roturas de vidrios, fuga de gas licuado de petróleo, calderos, en instituciones educativas, almacenes e industrias según el RNE, Normas Técnicas Peruanas (NTP), el Reglamento de Seguridad Industrial y otras normas aplicables.

• Verificación de las estructuras de la edificación, instalaciones eléctricas, aforo, medios de evacuación, distancia de recorrido del evacuante, sistemas de seguridad y protección contra incendios, entre otros.

• En establecimientos educativos, medios de evacuación, zonas seguras, almacenes, escaleras, aforo, otros.

• En establecimientos de almacenes, tipos de almacenes, criterios para determinar los sistemas de protección contra incendios en almacenes, distancias de recorrido a zonas seguras, otros.

• En establecimientos de salud, medios de evacuación en áreas de internamiento, almacenes, escaleras, aforo, áreas protegidas, otros.

• En establecimientos industriales, criterios para determinar los sistemas de protección contra incendios, distancias de recorrido a zonas seguras, otros.

Horas cronológicas mínimas:

08 horas.

Evaluación del módulo:

Nota 1: Caso práctico de aplicación para la evaluación del cumplimiento de las condiciones de seguridad en instituciones educativas, almacenes e industria.

Nota 2: Examen de conocimientos.

Nota de módulo IV: (Nota1+Nota 2) / 2

MÓDULO V: TALLER PRÁCTICO DE EVALUACIÓN DEL PLAN DE SEGURIDAD

Objetivo:

Reforzar los conocimientos de los/las inspectores/as técnicos/as de seguridad en edificaciones, respecto a la evaluación del Plan de Seguridad.

Contenido mínimo:

• Marco teórico del plan de seguridad del EOI y plan de seguridad para espectáculos públicos deportivos y no deportivos, identificando su estructura y componentes: Conformación del comité de seguridad, brigadas, sus miembros y funciones; planos de evacuación, planos de señalización e identificación de zonas seguras; protocolos ante emergencia; entre otros señalados en el Nuevo Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones10 (Nuevo Reglamento) y el Manual de Ejecución de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones11 (Manual de Ejecución).

• Casos prácticos para la correcta evaluación del plan de seguridad.

Horas cronológicas mínimas:

04 horas

Evaluación del módulo:

Nota de módulo V: Elaboración de Plan de Seguridad ante el riesgo de incendio, colapso, electrocución, caídas existentes en el EOI.

MÓDULO VI: ÉTICA E INTEGRIDAD EN EL EJERCICIO DE LAS ITSE, ECSE Y VISE

Objetivo:

Proporcionar una visión integral sobre los retos y dificultades que el inspector técnico puede enfrentar durante el ejercicio de sus funciones, brindándole herramientas para prevenir y enfrentar actos de corrupción dentro de su ámbito laboral. Asimismo, fortalecer su conocimiento respecto de las infracciones asociadas al ejercicio de su labor y del procedimiento administrativo sancionador aplicable.

Contenido mínimo:

• Se desarrollará el escenario actual (retos y desafíos) que debe afrontar el Inspector durante el ejercicio de sus funciones, conceptos de moral, ética, conducta ética e integridad y lucha contra la corrupción.

• Responsabilidades e incompatibilidades de los inspectores técnicos de seguridad en edificaciones.

• Procedimiento administrativo sancionador a los inspectores técnicos de seguridad en edificaciones.

Horas cronológicas mínimas:

04 horas

Evaluación del módulo:

Nota de módulo VI: Examen de conocimiento.

MÓDULO VII: REVISIÓN DEL EXPEDIENTE DE LA ITSE Y PRÁCTICA PRESENCIAL DE LA ITSE PREVIA AL OTORGAMIENTO DE LA LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO O INICIO DE ACTIVIDADES

Objetivo:

Reforzar los conocimientos del inspector en la revisión del expediente de la ITSE y ejecución de la ITSE previa al otorgamiento de la licencia de funcionamiento o inicio de actividades.

Contenido mínimo:

• Revisión de los requisitos para la ITSE previa al otorgamiento de la licencia de funcionamiento o inicio de actividades, de conformidad con lo establecido en el Nuevo Reglamento y Manual de Ejecución de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones.

• Práctica presencial de ejecución de la ITSE, previa al otorgamiento de la licencia de funcionamiento o inicio de actividades.

Horas cronológicas mínimas:

18 horas.

Evaluación del módulo:

Nota 1: Presentación de trabajo grupal de revisión de expediente de la ITSE previa al otorgamiento de la licencia de funcionamiento.

Nota 2: Exposición individual por grupo de la ejecución de la ITSE, previa al otorgamiento de la licencia de funcionamiento o inicio de actividades.

Nota de módulo VII: (Nota1+Nota 2) / 2

Resumen de carga horaria:

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NOTA MÍNIMA APROBATORIA

La nota final se obtiene de la siguiente manera:

Nota Promedio de Módulos I al VI = Mod I+Mod II+Mod III+Mod IV+Mod V+Mod VI

6

Nota Final = 0.60 (Nota Promedio de Módulos I al VI) + 0.40 (Nota Módulo VII)

Todas las notas son sobre la base veinte (20). La nota mínima aprobatoria final del curso es catorce (14).

ANEXO 02

FORMATO DE SOLICITUD PARA PARTICIPAR EN EL CURSO DE ACTUALIZACIÓN DEL INSPECTOR TÉCNICO DE SEGURIDAD EN EDIFICACIONES

(DECLARACIÓN JURADA)

Mediante la presente, yo, ………………………………………………………, identificado con documento nacional de identidad (DNI) N° …………………, domiciliado en …………………………………………………………, distrito de ……………………, provincia de ……………………, del departamento de………………, autorizado como Inspector Técnico de Seguridad en Edificaciones con Resolución Directoral N° ………………. de fecha ……………, clase ……………….. ; con el debido respeto solicito inscribirme en el Curso de Actualización del inspector técnico de seguridad en edificaciones, desarrollado por la Universidad …………………………………………………………………, institución educativa superior ………………………………………………………………………

Toda la información proporcionada es veraz y se ajusta a la realidad de los hechos que se afirman. Me someto a la verificación y a la adopción de todas las medidas probatorias necesarias, así como a las consecuencias previstas en la normativa aplicable a la materia.

Lugar y fecha: ………………….

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1 Decreto Supremo que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28976, Ley Marco de la Licencia de Funcionamiento.

2 Decreto Supremo que aprueba el Nuevo Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones.

3 Resolución Jefatural que aprueba el manual de Ejecución de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones.

4 Resolución Ministerial que aprueba los Lineamientos Técnicos que establecen las condiciones de seguridad de los Establecimientos Objeto de Inspección con nivel de riesgo bajo o medio al efectuar el cambio de giro.

5 Resolución Ministerial que aprueba los Lineamientos para la Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones a la Bodega.

6 Lineamiento para la elaboración del Plan de Adecuación a las Normas de Seguridad de los Establecimientos Objeto de Inspección de las Entidades Públicas.

7 EXTINTORES PORTÁTILES. Selección, distribución, inspección, mantenimiento, recarga y prueba hidrostática.

8 SEÑALES DE SEGURIDAD. Símbolos gráficos y colores de seguridad. Parte 1: Reglas para el diseño de las señales de seguridad y franjas de seguridad.

9 Aprobado por Resolución Ministerial N° 037-2006-MEM-DM.

10 Aprobado por Decreto Supremo N° 002-2018-PCM.

11 Aprobado por Resolución Jefatural N° 016-2018-CENEPRED/J.

2511320-1