Aprueban modificación del Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE de la Municipalidad Distrital de Nuevo Chimbote
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
N° 110-2026-MDNCH
Nuevo Chimbote, 21 de abril del 2026
VISTO:
El Informe Legal N° 470-2026-MDNCH-OGAJ de fecha 17 de abril del 2026, emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica, el Informe N° 0225-2026-MDNCH-GDETUR de fecha 13 de abril del 2026, emitido por la Gerencia de Desarrollo Económico y Turismo, el Informe N° 0593-2026-MDNCH-OGPP de fecha 10 de abril del 2026, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N° 140-2026-MDNCH-OGPP/OPLAM de fecha 10 de abril del 2026, de la Oficina de Planeamiento y Modernización Institucional y demás documentos que forman parte del expediente administrativo, y;
CONSIDERANDO:
Que, conforme se establece en el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley N° 30305, Ley de Reforma Constitucional, en concordancia con el articulo II del Título Preliminar, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, “Las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia (…)”, precisando que “ésta radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico”;
Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 6° de la Ley N° 27972, la Alcaldía es el órgano ejecutivo del gobierno local, siendo el alcalde su representante legal y máxima autoridad administrativa; asimismo, de acuerdo con el artículo 43° del citado cuerpo normativo, las Resoluciones de Alcaldía constituyen los actos administrativos mediante los cuales se aprueban y resuelven asuntos de carácter administrativo;
Que, en ese mismo marco normativo, el artículo 87° de la Ley N° 27972 establece que las municipalidades pueden ejercer funciones adicionales para atender las necesidades de la población, siempre que estas no estén reservadas a otros niveles de gobierno, lo cual habilita la prestación de servicios no exclusivos en función del interés público y la demanda local;
Que, el numeral 43.4 del artículo 43° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, dispone que, tratándose de servicios no prestados en exclusividad, las entidades públicas deben establecer mediante Resolución de su titular la denominación, descripción, requisitos y costos correspondientes, debidamente sustentados y difundidos para su conocimiento público, en observancia de los principios de legalidad, transparencia y predictibilidad;
Que, asimismo, los artículos 79° y 83° de la Ley N° 27972 establecen que las municipalidades distritales ejercen competencias en materia de abastecimiento, comercialización y prestación de servicios, incluyendo la promoción, administración y supervisión de mercados de abastos, en el marco del desarrollo económico local;
Por otro lado, la Directiva DIR-00004-2022/SBN “Disposiciones para el arrendamiento de Predios Estatales” sobre modalidades de celebración del arrendamiento establece en el numeral 5.3 “El arrendamiento se efectúa por convocatoria pública, de oficio, y en forma directa, a solicitud de el/la interesado/a. El arrendamiento directo procede en las causales expresamente establecidas en el artículo 176 del Reglamento”; sobre elaboración de la tasación del numeral 5.4, establece en el Cálculo de la renta y vigencia de la tasación del sub numeral 5.4.1 define que: “El arrendamiento se otorga a título oneroso y a valor comercial, en aplicación del Reglamento Nacional de Tasaciones. La renta es determinada mediante tasación, la cual tiene una vigencia de ocho (08) meses a partir de su elaboración, a cuyo vencimiento se realiza su actualización, la que tiene vigencia por el mismo plazo”;
Que, mediante Resolución de Alcaldía N° 286-2024-MDNCH, de fecha 09 de octubre de 2024, se aprobó el Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad Distrital de Nuevo Chimbote, el cual fue debidamente publicado en el Cuadernillo de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano el 08 de noviembre de 2024; instrumento de gestión que, en la actualidad, requiere ser actualizado en lo concerniente a los servicios brindados en el Mercado de Productores Hidrobiológicos;
En este sentido, en el Reglamento de Organización y Funciones ROF vigente de esta Entidad aprobado mediante Ordenanza Municipal N° 010-2023-MDNCH, se ha establecido que, es función de la Oficina de Planeamiento y Modernización Institucional en el artículo 37° numeral 9) “Coordinar y ejecutar el diseño, estructura y organización de la entidad; así como la elaboración y actualización de sus documentos de gestión en materia organizacional y de procedimientos (TUPA) y Servicios No Exclusivos (TUSNE) conforme la normativa de la materia”; entre otras. Asimismo, se ha establecido en los numerales 1), 9) y 17) del artículo 127° que son funciones de la Gerencia de Desarrollo Económico y Turismo, “Proponer normas, políticas y estrategias para el desarrollo económico local, la formalización y regulación de las actividades comerciales, industriales, agropecuarias, artesanales, de turismo y servicios”; “Promover la construcción, equipamiento y mantenimiento de camales, mercados de abastos y locales similares, para apoyar a los productores y pequeños empresarios locales, supervisando su funcionamiento; numeral 17) Supervisar las labores de funcionamiento de mercados, centros de abasto, comercio ambulatorio, camales; así como administrar su funcionamiento de corresponder”;
Que, mediante Informe N° 0205-2026-MDNCH-GDETUR, de fecha 06 de abril de 2026, la Gerencia de Desarrollo Económico y Turismo sustenta la necesidad de actualizar el tarifario de arrendamiento de los servicios del Mercado de Productores Hidrobiológicos, asimismo, precisa la inclusión de los nuevos servicios identificados con los códigos C.06 - Alquiler de Terraza para Eventos (por hora o fracción) y C.07 - Alquiler de Salón para Interpretación Turística (por hora o fracción), en cumplimiento de la Directiva N° 0004-2022/SBN, la cual establece que la renta debe determinarse a valor comercial y sustentarse en una tasación vigente;
Que, mediante Informe N° 140-2026-MDNCH-OGPP/OPLAM de fecha 10 de abril del 2026, la Oficina de Planeamiento y Modernización Institucional emite opinión técnica favorable, señalando que las tarifas propuestas se encuentran dentro de rangos razonables de mercado y garantizan la viabilidad financiera del Mercado de Productores Hidrobiológicos; recomendando su aprobación e incorporación en la Resolución de Alcaldía N° 286-2024-MDNCH; informe que, cuenta con opinión favorable de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto;
Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica, mediante Informe Legal N° 470-2026-MDNCH-OGAJ de fecha 17 de abril del 2026, opina favorablemente por la aprobación de la modificación del Texto Único de Servicios No Exclusivos -TUSNE de la Municipalidad Distrital de Nuevo Chimbote, a fin de actualizar el tarifario - renta de arrendamiento de los servicios no exclusivos del Mercado de Productos Hidrobiológicos e inclusión de nuevos servicios códigos C.06 - ALQUILER -DE TERRAZA PARA EVENTOS (Por hora o fracción) y C.07 - ALQUILER DE SALON PARA INTERPRETACION TURISTICA (Por hora o fracción); propuesta que ha sido técnicamente sustentada por la Oficina de Planeamiento y Modernización Institucional, por encontrarla dentro de rangos razonables de mercado que garantice la viabilidad financiera del MPH como de sus futuros inquilinos; el que debe ser aprobado mediante Resolución de Alcaldía y ser debidamente difundida, conforme al TUSNE vigente, para que sea de público conocimiento; de conformidad al numeral 43.4 del artículo 43° del TUO de la LPAG.
Por estas consideraciones y en uso de las atribuciones conferidas por los incisos 6) y 17) del artículo 20°, así como el artículo 43° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, modificada por la Ley N° 31433;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- APROBAR la modificación del Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE de la Municipalidad Distrital de Nuevo Chimbote, aprobado mediante Resolución de Alcaldía N° 286-2024-MDNCH, en lo referido a: i) La actualización del tarifario de los servicios no exclusivos correspondientes al arrendamiento de puestos, oficinas, almacenes y otros del Mercado de Productores Hidrobiológicos; ii) La incorporación de los nuevos servicios: Código C.06: Alquiler de Terraza para Eventos (por hora o fracción); Código C.07: Alquiler de Salón para Interpretación Turística (por hora o fracción); conforme al detalle contenido en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo Segundo.- DISPONER que las tarifas aprobadas se sustenten en el estudio de mercado y tasación vigente, conforme a la normativa aplicable, garantizando condiciones de mercado y sostenibilidad financiera.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Económico y Turismo la implementación y supervisión de los servicios aprobados en el Mercado de Productores Hidrobiológicos.
Artículo Cuarto.- DISPONER a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, así como a la Oficina de Planeamiento y Modernización Institucional, la actualización correspondiente de los instrumentos de gestión.
Artículo Quinto.- NOTIFICAR la presente Resolución a los órganos correspondientes, para su conocimiento y los fines pertinentes.
Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Secretaria General de la Municipalidad Distrital de Nuevo Chimbote, la publicación de la presente Resolución de Alcaldía y su anexo en el Diario Oficial El Peruano y en el portal Web de la Municipalidad Distrital de Nuevo Chimbote: www.muninuevochimbote.gob.pe.
Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.
WALTER JESUS SOTO CAMPOS
Alcalde
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TEXTO UNICO DE SERVICIOS NO EXCLUSIVOS - TUSNE |
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CODIGO |
DENOMINACION DEL SERVICIO |
REQUISITOS |
TARIFA (Soles) |
PLAZO DE ATENCION (En días hábiles) |
INICIO DE LA PRESTACION |
DEPENDENCIA QUE BRINDA EL SERVICIO |
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9.3.- MERCADO MUNICIPAL DE PRODUCTOS HIDROBIOLOGICOS |
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A.- ACTIVIDADES PRINCIPALES: |
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A.01 |
ALQUILER MENSUAL DE PUESTOS DE VENTA (Carnes: Pescado y mariscos, res, pollo, otros similares) Base Legal
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01 |
Solicitud dirigida al alcalde, indicando:
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10 (Diez) días hábiles |
Oficina de Tramite Documentario y Atención al Ciudadano |
Gerencia de Desarrollo Económico y Turismo |
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02 |
Copia simple del DNI del solicitante |
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03 |
Copia de simple de Ficha RUC (De ser el caso) |
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|
04 |
Derecho de pago: |
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04.1 |
PUESTO (Con Balanza y Congeladora), Por mes. |
S/. 650.00 |
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04.2 |
PUESTO (Solo Balanza), Por mes |
S/. 560.00 |
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04.3 |
PUESTO (Sin equipos), Por mes. |
S/. 450.00 |
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|
B.- ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS: |
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B.01 |
ALQUILER DE TIENDAS (Por mes) Base Legal
|
01 |
Solicitud dirigida al alcalde, indicando:
|
10 (Diez) días hábiles |
Oficina de Tramite Documentario y Atención al Ciudadano |
Gerencia de Desarrollo Económico y Turismo |
|
|
02 |
Copia simple del DNI del solicitante |
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|
03 |
Copia de simple de Ficha RUC (De ser el caso) |
||||||
|
04 |
Derecho de pago: |
S/. 1,200.00 |
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|
B.02 |
ALQUILER DE ALMACENES (Por mes) Base Legal
|
01 |
Solicitud dirigida al alcalde, indicando:
|
10 (Diez) días hábiles |
Oficina de Tramite Documentario y Atención al Ciudadano |
Gerencia de Desarrollo Económico y Turismo |
|
|
02 |
Copia simple del DNI del solicitante |
||||||
|
03 |
Copia de simple de Ficha RUC (De ser el caso) |
||||||
|
04 |
Derecho de pago: |
||||||
|
04.1 |
Alquiler de Almacén (50m2), Por Mes |
S/. 1,000.00 |
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|
05.2 |
Alquiler de Almacén (30m2), Por Mes |
S/. 800.00 |
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B.03 |
ALQUILER DE MONTACARGA (Por Hora o Fracción) Base Legal - Art. 124 del TUO de la Ley 27444 - Art. 17 del ROF aprobado mediante Ordenanza Municipal N° 010-2023-MDNCH |
01 |
Solicitud dirigida al alcalde, indicando:
|
Automático |
Administración de Mercado |
Administración de Mercado |
|
|
02 |
Copia simple del DNI del solicitante |
||||||
|
03 |
Copia de simple de Ficha RUC (De ser el caso) |
||||||
|
04 |
Derecho de pago: |
S/. 50.00 |
|||||
|
B.04 |
ALQUILER DE BALANZA (Por Hora o Fracción) Base Legal
|
01 |
Solicitud dirigida al alcalde, indicando:
|
Automático |
Administración de Mercado |
Administración de Mercado |
|
|
02 |
Copia simple del DNI del solicitante |
||||||
|
03 |
Copia de simple de Ficha RUC (De ser el caso) |
||||||
|
04 |
Derecho de pago: |
S/. 50.00 |
|||||
|
B.05 |
ALQUILER DE SERVICIOS HIGIENICOS (Por concesión) Base Legal
|
01 |
Solicitud dirigida al alcalde, indicando:
|
10 (Diez) días hábiles |
Oficina de Tramite Documentario y Atención al Ciudadano |
Gerencia de Desarrollo Económico y Turismo |
|
|
02 |
Copia simple del DNI del solicitante |
||||||
|
03 |
Copia de simple de Ficha RUC (De ser el caso) |
||||||
|
04 |
Derecho de pago: |
S/. 350.00 |
|||||
|
B.06 |
ALQUILER PARA DEPOSITO (Por día) Base Legal
|
01 |
Solicitud dirigida al alcalde, indicando:
|
Automático |
Administración de Mercado |
Administración de Mercado |
|
|
02 |
Copia simple del DNI del solicitante |
||||||
|
03 |
Copia de simple de Ficha RUC (De ser el caso) |
||||||
|
04 |
Derecho de pago: |
S/. 10.00 |
|
B.07 |
ALQUILER MENSUAL DE OFICINAS ADMINISTRATIVAS (Por mes) Base Legal
|
01 |
Solicitud dirigida al alcalde, indicando:
|
10 (Diez) días hábiles |
Oficina de Tramite Documentario y Atención al Ciudadano |
Gerencia de Desarrollo Económico y Turismo |
|
|
02 |
Copia simple del DNI del solicitante |
||||||
|
03 |
Copia de simple de Ficha RUC (De ser el caso) |
||||||
|
04 |
Derecho de pago: |
S/. 1,000.00 |
|||||
|
B.08 |
ALQUILER DE RAMPA PARA DESCARGA DE PRODUCTOS (Por vehículo Base Legal
|
01 |
Solicitud dirigida al alcalde, indicando:
|
Automático |
Administración de Mercado |
Administración de Mercado |
|
|
02 |
Copia simple del DNI del solicitante |
||||||
|
03 |
Copia de simple de Ficha RUC (De ser el caso) |
||||||
|
04 |
Derecho de pago: |
S/. 50.00 |
|||||
|
B.09 |
ALQUILER DE CÁMARA PARA PRODUCTOS VARIOS (Por día o fracción) Base Legal
|
01 |
Solicitud dirigida al alcalde, indicando:
|
Automático |
Administración de Mercado |
Administración de Mercado |
|
|
02 |
Copia simple del DNI del solicitante |
||||||
|
03 |
Copia de simple de Ficha RUC (De ser el caso) |
||||||
|
04 |
Derecho de pago: |
S/. 100.00 |
|
01 |
Solicitud dirigida al alcalde, indicando:
|
||||||
|
02 |
Copia simple del DNI del solicitante |
||||||
|
03 |
Copia de simple de Ficha RUC (De ser el caso) |
||||||
|
04 |
Derecho de pago: |
||||||
|
04.1 |
Cámara para Productos Varios (Por día o fracción) |
S/. 100.00 |
|||||
|
04.2 |
Cámara para Pescado (Por día o fracción)) |
S/. 150.00 |
|||||
|
04.3 |
Cámara de Hielo (Por día o fracción) |
S/. 50.00 |
|||||
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