Resolución de Consejo Directivo mediante la cual se aprueba el Saldo de la Cuenta de Promoción de la Concesión del Sistema de Distribución de gas natural por red de ductos en el departamento de Ica
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO
ORGANISMO SUPERVISOR DE LA
INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA
OSINERGMIN N° 78-2026-OS/CD
Lima, 28 de abril del 2026
VISTOS:
Los Informes N° 263-2026-GRT y N° 267-2026-GRT, elaborados por la División de Gas Natural de la Gerencia de Regulación de Tarifas del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (en adelante “Osinergmin”);
CONSIDERANDOS:
Que, con fecha 22 de octubre de 2008, se suscribió el Contrato de Concesión del Sistema de Distribución de gas natural por red de ductos en el departamento de Ica (en adelante “Concesión de Ica”), entre el Estado Peruano y la Concesionaria Contugas S.A.C. (en adelante “Contugas”);
Que, mediante Decreto Supremo N° 040-2008-EM, se aprobó el Texto Único Ordenado del Reglamento de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos (en adelante “Reglamento de Distribución”), en cuyo artículo 112a se establece un Mecanismo de Promoción con el cual se otorgan descuentos en los costos de conexión al servicio de distribución de gas natural, que implica la suma del Derecho de Conexión y el costo de la Acometida, en beneficio de los consumidores residenciales (en adelante “Mecanismo de Promoción”), conforme a los criterios y zonas geográficas establecidos por el Ministerio de Energía y Minas mediante resolución ministerial;
Que, en el citado artículo se estipulan los lineamientos para la aplicación del Mecanismo de Promoción, señalando como obligación del Concesionario, el administrar una cuenta de promociones y liquidar los gastos según lo aprobado por Osinergmin. Se precisa, además, que su aplicación debe incluir un procedimiento de monitoreo del balance de la promoción que considere los ajustes tarifarios y el periodo en que se deberán realizar los mismos, a fin de mantener el nivel de la cuenta con saldo positivo, así como permitir la incorporación o descuento del saldo del balance de la promoción en la siguiente regulación tarifaria;
Que, mediante Resolución N° 047-2022-OS/CD y modificatoria (en adelante “Resolución 047”), se aprobaron las Tarifas de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos (en adelante “TD”) y el Plan de Promoción, a través del cual se implementa la aplicación del Mecanismo de Promoción aplicable a la Concesión de Ica durante el periodo regulatorio 2022 - 2026;
Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 18 de la Resolución 047, la ejecución del Mecanismo de Promoción será revisada trimestralmente por Osinergmin, conforme a la Norma “Procedimiento de Liquidación para el Cálculo del Factor de Ajuste por Aplicación del Mecanismo de Promoción para Conexiones Residenciales” aprobada con Resolución N° 005-2019-OS/CD (en adelante “Procedimiento de Liquidación”);
Que, con Resolución N° 019-2024-OS/CD se aprobó la Norma “Procedimiento de Reajuste de la Tarifa de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos de la Concesión Ica” (en adelante “Procedimiento de Reajuste”) mediante el cual se determinó, entre otros, la metodología aplicable a la actualización del componente tarifario para la promoción de conexión de clientes residenciales de la Concesión de Ica, así como la metodología aplicable para el cálculo de los factores de ajuste tarifario aplicables a la TD;
Que, en el numeral 5.2 del Procedimiento de Liquidación se establece que los ingresos del Mecanismo de Promoción se obtienen de la aplicación de una Alícuota a la TD vigente de cada categoría tarifaria. De acuerdo con el numeral 4.1 de dicha norma, el valor de la Alícuota debe ser actualizado en cada trimestre de evaluación del Mecanismo de Promoción;
Que, de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 2.2 del Procedimiento de Liquidación, la evaluación del Saldo del Balance de la Promoción se efectúa trimestralmente. En ese marco, la última evaluación trimestral se aprobó mediante Resolución N° 13-2026-OS/CD, estableciéndose el Saldo de la Cuenta de Promoción del periodo comprendido del 1 de agosto de 2025 al 31 de octubre de 2025, correspondiendo, por tanto, determinar el Saldo de la Cuenta de Promoción del periodo comprendido entre el 1 de noviembre de 2025 al 31 de enero de 2026;
Que, en observancia de lo dispuesto en el artículo 112a del Reglamento de Distribución, la evaluación del Saldo de la Cuenta de Promoción, considera como beneficiarios del Mecanismo de Promoción a los suministros que cumplan con los criterios establecidos en el numeral 8.2 del Procedimiento de Liquidación y que pertenezcan a los niveles socioeconómicos medio alto, medio, medio bajo y bajo, según las disposiciones de la Resolución Ministerial N° 352-2023-MINEM/DM modificada con Resolución Ministerial N° 041-2024-MINEM/DM;
Que, considerando que el periodo regulatorio 2022-2026 concluye el 30 de abril de 2026, no corresponde aprobar de los Factores de Ajuste Tarifario ni la Alícuota aplicable al trimestre comprendido entre el 1 de mayo de 2026 y el 31 de julio de 2026; toda vez que las nuevas tarifas de distribución (TD) y el valor de la Alícuota aplicable serán establecidos en la resolución tarifaria correspondiente al periodo regulatorio que inicia el 1 de mayo de 2026;
Que, se han emitido el Informe Técnico N° 263-2026-GRT y el Informe Legal N° 267-2026-GRT de la División de Gas Natural de la Gerencia de Regulación de Tarifas, los cuales complementan la motivación de la decisión del Consejo Directivo de Osinergmin, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos;
De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos; en el Reglamento de Organización y Funciones de Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2016-PCM; en el Texto Único Ordenado del Reglamento de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 040-2008-EM; y en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; así como en sus respectivas normas modificatorias y complementarias y;
Estando a lo acordado por el Consejo Directivo de Osinergmin en su Sesión N° 15-2026, de fecha 28 de abril de 2026.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobación del Saldo de la Cuenta de Promoción
Aprobar el Saldo de la Cuenta de Promoción de la Concesión del Sistema de Distribución de gas natural por red de ductos en el departamento de Ica, del periodo comprendido del 1 de noviembre de 2025 al 31 de enero de 2026, en un monto equivalente a USD 1 561 841 como saldo positivo, monto que representa el superávit del Fondo de Promoción en el periodo evaluado, cuyo cálculo se encuentra detallado en el numeral 8.3 del Informe Técnico N° 263-2026-GRT.
Artículo 2.- Incorporación de Informes
Incorporar el Informe Técnico N° 263-2026-GRT y el Informe Legal N° 267-2026-GRT como parte integrante de la presente resolución.
Artículo 3.- Publicación de la Resolución
Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial “El Peruano”, así como en el portal institucional de Osinergmin: www.gob.pe/osinergmin, y consignarla junto con los Informes N° 263-2026-GRT y N° 267-2026-GRT, en la página Web de Osinergmin: https://www.osinergmin.gob.pe/Resoluciones/Resoluciones-GRT-2026.aspx
AURELIO OCHOA ALENCASTRE
Presidente del Consejo Directivo (e)
2511099-1