Logo El Peruano
Fecha de publicación: 05/05/2026
Autorizan viaje de Ministro de Comercio Exterior y Turismo a Panamá y encargan su Despacho al Ministro de la Producción

Convocan a la Primera Audiencia Pública de Rendición de Cuentas 2026 de la Municipalidad Distrital de Chaclacayo

DECRETO DE ALCALDÍA

N° 003-2026-ALC/MDCH

Chaclacayo, 8 de abril de 2026

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHACLACAYO

VISTO: El Informe N° 063-2026-GPP/MDCH de fecha 30 de marzo de 2026, emitido por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Legal N° 070-2026-GAJ/MDCH de fecha 06 de abril de 2026, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Informe N° 060-2026-GM/MDCH de fecha 07 de abril de 2026, emitido por la Gerencia Municipal; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú establece que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, la cual radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el artículo IX del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que el sistema de planificación local se rige, entre otros, por los principios de participación ciudadana, transparencia, inclusión, eficacia y rendición de cuentas;

Que, el artículo 112° de la citada norma dispone que los gobiernos locales promueven la participación vecinal en la formulación, debate y concertación de sus planes de desarrollo, presupuesto y gestión, garantizando el acceso de los ciudadanos a la información pública;

Que, el artículo 118° de la Ley Orgánica de Municipalidades reconoce el derecho de los vecinos a ser informados respecto de la gestión municipal y a solicitar información sin expresión de causa, conforme a ley;

Que, mediante Ley N° 31433 se incorpora el artículo 119-A a la Ley Orgánica de Municipalidades, estableciendo que las audiencias públicas constituyen mecanismos de rendición de cuentas, debiendo realizarse como mínimo dos (02) al año, una en el mes de mayo y otra en el mes de setiembre;

Que, mediante Resolución de Contraloría N° 267-2022-CG se aprobó la Directiva N° 016-2022-CG/PREVI, que regula la rendición de cuentas de titulares de entidades, disponiendo la exposición del informe de gestión en audiencias públicas;

Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización N° 015-2024-PCM/SD se aprueba el instrumento técnico para el desarrollo de audiencias públicas de rendición de cuentas en gobiernos regionales y locales;

Que, mediante Ordenanza N° 508-2024-MDCH se aprobó el Reglamento que regula la realización de las Audiencias Públicas de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de Chaclacayo;

Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del artículo 20° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;

DECRETA:

Artículo Primero.- CONVOCAR a las organizaciones públicas y privadas, organizaciones de la sociedad civil, así como a la ciudadanía en general, a la PRIMERA AUDIENCIA PÚBLICA DE RENDICIÓN DE CUENTAS 2026 de la Municipalidad Distrital de Chaclacayo, que se llevará a cabo el día 29 de mayo de 2026, a las 15:00 horas, en la Biblioteca Municipal de Chaclacayo, ubicada en Calle Las Dalias S/N, distrito de Chaclacayo, provincia y departamento de Lima. La audiencia será de acceso libre, promoviendo la participación ciudadana, y podrá ser transmitida a través de medios digitales institucionales.

Artículo Primero.- APROBAR el siguiente cronograma de actividades:

ACTIVIDAD

FECHA

Difusión y convocatoria

Hasta el 29 de abril de 2026

Presentación de temas, aportes u observaciones

Del 30 de abril al 14 de mayo de 2026

Inscripción y registro de participantes

Del 30 de abril al 25 de mayo de 2026

Inscripción para uso de la palabra

Del 30 de abril al 25 de mayo de 2026

Recepción de preguntas

Del 30 de abril al 25 de mayo de 2026

Publicación del resumen ejecutivo

22 de mayo de 2026

Realización de audiencia pública

29 de mayo de 2026

Publicación del informe de rendición de cuentas

Hasta el 30 de junio de 2026

Artículo Segundo.- PRECISAR que la inscripción de participantes se realizará a través de la Gerencia de Desarrollo Social y la Subgerencia de Participación Vecinal, en horario de lunes a viernes de 08:00 a 16:00 horas, así como mediante los canales virtuales que la entidad habilite para tal fin.

Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto la recopilación, consolidación y validación de la información relativa a los avances, logros, dificultades y perspectivas de la gestión institucional, así como el uso de los recursos públicos.

Artículo Cuarto.- DISPONER que la Subgerencia de Tecnología de la Información implemente los mecanismos tecnológicos necesarios para garantizar el desarrollo de la audiencia pública, incluyendo su transmisión virtual y registro digital.

Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Subgerencia de Imagen Institucional y Comunicaciones, en coordinación con la Subgerencia de Participación Vecinal, la difusión del presente Decreto de Alcaldía a través de los medios institucionales y canales de comunicación disponibles.

Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano, así como en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de Chaclacayo.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

SERGIO ANTONIO BAIGORRIA SEAS

Alcalde

2511084-1