Aprueban el Lineamiento denominado “Criterios para la implementación de la accesibilidad universal en las bibliotecas”
RESOLUCIóN JEFATURAL
N° 000035-2026-BNP
Lima, 29 de abril de 2026
VISTOS:
El Informe Técnico N° 000014-2026-BNP-J-DGAB-UPGB de fecha 13 de marzo de 2026, de la Unidad Funcional de Políticas y Gestión Bibliotecaria de la Dirección de Gestión y Articulación Bibliotecaria; el Memorando Múltiple N° 000007-2026-BNP-J-DGAB de fecha 16 de marzo de 2026, de la Dirección de Gestión y Articulación Bibliotecaria; el Memorando N° 000102-2026-BNP-J-DGC de fecha 17 de marzo de 2026, de la Dirección de Gestión de las Colecciones; el Memorando N° 000145-2026-BNP-J-DPC de fecha 19 de marzo de 2026, de la Dirección de Protección de las Colecciones; el Memorando N° 000307-2026-BNP-J-DAPI de fecha 25 de marzo de 2026, de la Dirección del Acceso y Promoción de la Información; el Memorando N° 000248-2026-BNP-J-DBD de fecha 24 de marzo de 2026, de la Dirección de Bibliotecas Desconcentradas; el Memorando N° 000153-2026-BNP-GG-OPP de fecha 31 de marzo de 2026, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe Legal N° 000114-2026-BNP-GG-OAJ de fecha 23 de abril de 2026, de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley N° 30570, Ley General de la Biblioteca Nacional del Perú dispone que la Biblioteca Nacional del Perú (en lo sucesivo, BNP) es un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Cultura y es el ente rector del Sistema Nacional de Bibliotecas, de conformidad con lo establecido en la Ley N° 30034, Ley del Sistema Nacional de Bibliotecas; y, ajusta su actuación a lo dispuesto en la Ley N° 30570 y en las normas aplicables que regulan el sector cultura;
Que, el artículo 5 de la citada Ley N° 30570 establece que la BNP tiene entre sus funciones esenciales: “e. Definir y emitir normas técnicas bibliotecológicas y estándares de calidad aplicables a todos los sistemas y procesos de las bibliotecas integrantes del Sistema Nacional de Bibliotecas, que aseguren la mejora en la gestión y su eficaz funcionamiento”;
Que, el artículo 1 de la Ley N° 30034, Ley del Sistema Nacional de Bibliotecas, crea el referido sistema “(…) como instrumento de gestión pública para el establecimiento de estándares de calidad, eficacia y eficiencia durante la prestación de los servicios brindados a la ciudadanía por las bibliotecas a cargo del Estado”; siendo que, según el literal b del artículo 5 de la citada norma, la BNP tiene la función de elaborar propuestas de políticas, planes, directivas y programas que aseguren la calidad de los servicios bibliotecológicos a nivel nacional;
Que, según el numeral 9.1. del artículo 9 del Reglamento de la Ley N° 31053, Ley que reconoce y fomenta el derecho a la lectura y promueve el libro, aprobado por el Decreto Supremo N° 018-2021-MC, establece que “La BNP, como ente rector del Sistema Nacional de Bibliotecas, emite opiniones técnicas, lineamientos y/o directivas sobre servicios bibliotecológicos que involucren a las bibliotecas públicas físicas o digitales (…)”;
Que, la Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, establece en su artículo 40 que “Las bibliotecas cuentan con instalaciones y materiales accesibles para la persona con discapacidad física, mental e intelectual, incluido el sistema braille y el libro hablado, así como con elementos técnicos que permitan el acceso de estas personas a la información general”;
Que, mediante la Resolución Jefatural N° 000251-2025-BNP publicada en el Diario Oficial El Peruano el 5 de diciembre de 2025, se dispuso la prepublicación del proyecto de Lineamiento denominado “Criterios para la implementación de la accesibilidad universal en las bibliotecas”, recibiendo aportes de la ciudadanía y de las organizaciones representativas de personas con discapacidad, en estricto cumplimiento del artículo 14 de la Ley N° 29973;
Que, mediante el Oficio N° D000257-2026-CONADIS-DPSGE, la Dirección de Políticas, Seguimiento y Generación de Evidencia del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (en lo sucesivo, CONADIS) comunica la validación satisfactoria del proceso de consulta, confirmando que la BNP ha cumplido con las etapas normativas y ha integrado los aportes técnicos que garantizan la participación ciudadana efectiva;
Que, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a través del Oficio N° 192-2025-VIVIENDA/VMVU-DGADT, otorga la conformidad técnica al proyecto de Lineamiento en los aspectos referidos a infraestructura y mobiliario, por encontrarse alineados con la Norma Técnica A.120 “Accesibilidad Universal en Edificaciones”;
Que, mediante el Memorando Múltiple N° 000007-2026-BNP-J-DGAB, sustentado en el Informe Técnico N° 000014-2026-BNP-J-DGAB-UPGB, la Dirección de Gestión y Articulación Bibliotecaria sustenta la aprobación del Lineamiento “Criterios para la implementación de la accesibilidad universal en las bibliotecas” y refiere que se basa en un enfoque de derechos humanos, relacionado con el ejercicio del derecho a la accesibilidad y el derecho a vivir de forma independiente y ser incluido en la comunidad, reconocidos en los artículos 9 y 19 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Lo que permitirá que la biblioteca y sus recursos consideren las necesidades de todas las personas, independientemente de sus características funcionales, capacidades o edad, sin discriminación, en condiciones de igualdad, autonomía y seguridad;
Que, el Lineamiento “Criterios para la implementación de la accesibilidad universal en las bibliotecas” tiene por objetivo establecer “(…) criterios para la implementación de la accesibilidad universal en las bibliotecas, propiciando un entorno inclusivo y equitativo para todas las personas independientemente de sus características funcionales, capacidades o edad, sin discriminación, en condiciones de igualdad, autonomía y seguridad”, estableciendo que la accesibilidad considera las dimensiones como infraestructura, mobiliario, recursos tecnológicos, servicios bibliotecarios, colecciones, usuarios, personal y gestión administrativa;
Que, a través de los Memorandos N° 000102-2026-BNP-J-DGC, N° 000145-2026-BNP-J-DPC, N° 000307-2026-BNP-J-DAPI y N° 000248-2026-BNP-J-DBD, la Dirección de Gestión de las Colecciones, la Dirección de Protección de las Colecciones, la Dirección del Acceso y Promoción de la Información y la Dirección de Bibliotecas Desconcentradas, respectivamente, emitieron opinión técnica favorable sobre la aprobación del Lineamiento “Criterios para la implementación de la accesibilidad universal en las bibliotecas”;
Que, mediante el Memorando N° 000153-2026-BNP-GG-OPP, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto hace suyo y remite el Informe Técnico N° 000014-2026-BNP-GG-OPP-UPMEE-RDT de su Unidad Funcional de Planeamiento, Modernización y Estudios Económicos, el cual emite opinión técnica favorable respecto al Lineamiento “Criterios para la implementación de la accesibilidad universal en las bibliotecas”, señalando que dicho instrumento enuncia criterios que propician un entorno inclusivo y equitativo en condiciones de igualdad para todas las personas;
Que, con el Informe Legal N° 000114-2026-BNP-GG-OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica emite opinión legal, concluyendo que resulta viable la emisión del acto resolutivo que apruebe el Lineamiento denominado “Criterios para la implementación de la accesibilidad universal en las bibliotecas”, al haber cumplido con el procedimiento regular de consulta pública, contar con la validación técnica de CONADIS, la conformidad de Ministerio de Vivienda y por encontrarse fuera del alcance del AIR Ex Ante, de acuerdo a lo comunicado vía correo electrónico por la Secretaría Técnica de la Comisión Multisectorial de Calidad Regulatoria de la Presidencia del Consejo de Ministros;
Que, los artículos 7 y 8 de la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la Biblioteca Nacional del Perú disponen que la Jefatura de la BNP es el órgano de mayor autoridad y es ejercida por un Jefe Institucional quien ejerce la titularidad de la entidad y del pliego presupuestal; y, tiene entre sus funciones expedir resoluciones dentro del ámbito de su competencia; por lo que, es el órgano competente para emitir el acto resolutivo correspondiente;
Con el visado de la Gerencia General, la Dirección de Gestión y Articulación Bibliotecaria, la Dirección de Gestión de las Colecciones, la Dirección de Protección de las Colecciones, la Dirección del Acceso y Promoción de la Información, la Dirección de Bibliotecas Desconcentradas, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y la Oficina de Asesoría Jurídica y la Unidad Funcional de Políticas y Gestión Bibliotecaria de la Dirección de Gestión y Articulación Bibliotecaria;
De conformidad con la Ley N° 31893, Ley de medidas estratégicas y disposiciones económicas y tributarias para el fortalecimiento y posicionamiento del ecosistema del libro y de la lectura; la Ley N° 30570, Ley General de la Biblioteca Nacional del Perú; la Ley N° 30034, Ley del Sistema Nacional de Bibliotecas; Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad; la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la Biblioteca Nacional del Perú, aprobado por el Decreto Supremo N° 002-2024-MC; y, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- APROBAR el Lineamiento denominado “Criterios para la implementación de la accesibilidad universal en las bibliotecas”, que como anexo forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- DISPONER que el Lineamiento aprobado en el artículo precedente es de aplicación y cumplimiento obligatorio para todas las bibliotecas que integran el Sistema Nacional de Bibliotecas.
Artículo 3.- ENCARGAR a la Oficina de Tecnologías de la Información la publicación de la presente resolución y su anexo, en un formato de libre descarga y lectura, en el portal web institucional (https://www.gob.pe/bnp) el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN YANGALI QUINTANILLA
Jefe Institucional
Biblioteca Nacional del Perú
2511078-1