Aprueban precios de referencia y derechos variables adicionales a que se refiere el Decreto Supremo N° 115-2001-EF
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL
Nº 008-2026-EF/15.01
Lima, 28 de abril de 2026
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Decreto Supremo Nº 115-2001-EF, se establece el Sistema de Franja de Precios a las importaciones de los productos señalados en el Anexo I del citado decreto supremo;
Que, a través del Decreto Supremo Nº 055-2016-EF se modifican los artículos 2, 4 y 7 del Decreto Supremo Nº 115-2001-EF, el numeral 3 del Anexo II y los numerales 1, 2 y 3 del Anexo III de dicha norma;
Que, mediante el Decreto Supremo Nº 338-2025-EF se actualizan las Tablas Aduaneras aplicables a la importación de Maíz, Azúcar, Arroz y Lácteos que tienen vigencia hasta el 31 de diciembre de 2026;
Que, de acuerdo con el artículo 7 del Decreto Supremo Nº 115-2001-EF, mediante Resolución Viceministerial emitida por el Viceministro de Economía se publican los precios de referencia así como los derechos variables adicionales;
Que, en ese sentido, corresponde aprobar los precios de referencia obtenidos en base a las cotizaciones observadas en el periodo del 1 al 31 de marzo de 2026 y los derechos variables adicionales respectivos;
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto Supremo Nº 115-2001-EF;
SE RESUELVE:
Artículo Único. Se aprueban los precios de referencia y los derechos variables adicionales a que se refiere el Decreto Supremo Nº 115-2001-EF:
PRECIOS DE REFERENCIA Y DERECHOS VARIABLES ADICIONALES
(DECRETO SUPREMO Nº 115-2001-EF)
US$ por T.M.
|
Maíz |
Azúcar |
Arroz |
Leche entera en polvo |
|
Precios de Referencia |
217 |
432 |
475 |
3 530 |
|
Derechos Variables Adicionales |
0 |
99 |
117 (arroz cáscara) 167 (arroz pilado) |
87 |
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ELOY DURÁN CERVANTES
Viceministro de Economía
2510739-1