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Fecha de publicación: 30/04/2026
Designan Secretario de la Secretaría de Demarcación y Organización Territorial de la Presidencia del Consejo de Ministros

Aprueban Tabla de Aranceles de Costas y Gastos para los Procedimientos de Ejecución Coactiva seguidos por el Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes (OECE)

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA

N° D000080-2026-OECE-PRE

Jesús María, 28 de abril del 2026

VISTOS:

El Informe Nº D000031-2026-OECE-UEC de la Unidad de Ejecución Coactiva; el Memorando Nº D000405-2026-OECE-OAD de la Oficina de Administración; el Informe Nº D000089-2026-OECE-UMOD de la Unidad de Modernización; el Memorando Nº D000446-2026-OECE-OPPM de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe Nº D000166-2026-OECE-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica; y el Memorando N° D000378-2026-OECE-GG de la Gerencia General; y,

CONSIDERANDO:

Que, el párrafo 11.1 del artículo 11 de la Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, establece que el Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes (OECE) es un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho público, que constituye pliego presupuestal y goza de autonomía técnica, administrativa, funcional, económica y financiera;

Que, el literal o) del artículo 11 de la citada Ley, en concordancia con el literal o) del artículo 5 del Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del OECE, aprobado mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº D000090-2025-OECE-PRE, establece como función del Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes (OECE), exigir coactivamente el pago de sus acreencias o el incumplimiento de las obligaciones que correspondan;

Que, el Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS, modificado mediante Ley Nº 31370 y Ley Nº 32035, establece el marco legal de los actos de ejecución coactiva que corresponde a todas las entidades de la Administración Pública; asimismo, constituye el marco legal que garantiza a los obligados el desarrollo de un debido procedimiento coactivo;

Que, el párrafo 9.1 del artículo 9 del TUO de la Ley Nº 26979, señala que se considera obligación exigible coactivamente a la establecida mediante acto administrativo emitido conforme a ley, debidamente notificado y que no haya sido objeto de recurso impugnatorio alguno en la vía administrativa, dentro de los plazos de ley o en el que hubiere recaído resolución firme confirmando la obligación. Asimismo, prescribe que serán exigibles en el mismo procedimiento las costas y gastos en que la Entidad hubiere incurrido durante la tramitación de dicho procedimiento;

Que, mediante el Memorando Nº D000405-2026-OECE-OAD de la Oficina de Administración, que adjunta el Informe Nº D000031-2026-OECE-UEC de la Unidad de Ejecución Coactiva, se informa que la propuesta de la Tabla de aranceles de costas y gastos aplicables a los procedimientos de ejecución coactiva a cargo del Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes (OECE), se sustenta sobre la base de las Tablas ASME-VM, asimismo, precisa que la metodología aplicada para la determinación de los nueve (9) ítems de costas y tres (3) de gastos incluidos en la precitada Tabla se encuentran debidamente sustentados en el TUO de la Ley Nº 26979, por lo que considera que resulta necesaria su aprobacion para la correcta aplicación del procedimiento de ejecución coactiva en la Entidad;

Que, mediante el Memorando Nº D000446-2026-OECE-OPPM de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, que adjunta el Informe Nº D000089-2026-OECE-UMOD de la Unidad de Modernización, emite opinión favorable al trámite de aprobación de la Tabla de aranceles de costas y gastos aplicables a los procedimientos de ejecución coactiva a cargo del Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes (OECE), mediante la emisión de la resolución correspondiente a cargo de la Presidencia Ejecutiva;

Que, mediante el Informe Nº D000166-2026-OECE-OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable para continuar con el trámite de aprobación de la Tabla de aranceles de costas y gastos aplicables a los procedimientos de ejecución coactiva a cargo del Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes (OECE), en consideración a las opiniones viables emitidas por la Oficina de Administración y la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, en el marco de sus respectivas funciones;

Que, en consecuencia, corresponde a la Presidencia Ejecutiva emitir el acto resolutivo que apruebe la Tabla de Aranceles de Costas y Gastos para los Procedimientos de Ejecución Coactiva seguidos por el Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes (OECE);

Con las visaciones de la Ejecutiva de la Unidad de Modernización, de la Jefa de la Unidad de Ejecución Coactiva, del Jefe de la Oficina de Administración, del Jefe de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, de la Jefa de la Oficina de Asesoría Jurídica, y de la Gerenta General, y;

De conformidad con lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS y sus modificatorias; Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas; y el Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del OECE, aprobado mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº D000090-2025-OECE-PRE;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la Tabla de Aranceles de Costas y Gastos para los Procedimientos de Ejecución Coactiva seguidos por el Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes (OECE), de conformidad a lo siguiente:

TABLA DE ARANCELES DE COSTAS Y GASTOS APLICABLES

A LOS PROCEDIMIENTOS DE EJECUCIÓN COACTIVA SEGUIDOS

POR EL ORGANISMO ESPECIALIZADO PARA LAS CONTRATACIONES PÚBLICAS EFICIENTES

ACTO PROCEDIMENTAL

Tasa
% UIT(*)

1

Emisión de resolución de ejecución coactiva.

0.19%

2

Emisión de medidas cautelares por embargo en forma de retención.

2.71%

3

Emisión de medidas cautelares por embargo en forma de secuestro conservativo vehicular.

3.24%

4

Emisión de medidas cautelares por embargo en forma de depósito con extracción.

4.30%

5

Emisión de medidas cautelares por embargo en forma de inscripción de bienes muebles e inmuebles.

1.74%

6

Emisión de medidas cautelares por embargo en forma de intervención en información.

3.93%

7

Emisión de medidas cautelares por embargo en forma de intervención en recaudación.

3.93%

8

Emisión de medidas cautelares por embargo en forma de intervención en administración de bienes.

3.93%

9

Otras resoluciones y Cartas.

0.37%

10

Gastos de publicación en el diario oficial El Peruano y/u otros de mayor circulación.

Según honorarios o tarifario de la entidad donde se efectúe el gasto.

11

Gastos en derechos registrales (tasas registrales liquidadas).

12

Gastos por peritos, tasadores, martilleros públicos, traslados, etc. Que intervengan en la ejecución (previo sustento).

(*) UIT: Unidad Impositiva Tributaria.

El cálculo de las costas deberá realizarse considerando el valor de la UIT vigente a la fecha en la que se emite el acto procedimental.

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, en la sede digital del Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes (OECE) (www.gob.pe/oece), y en el Portal de Transparencia Estándar del Estado (www.transparencia.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

KARLA ROMERO SANCHEZ

Presidenta Ejecutiva

Presidencia Ejecutiva

2510646-1