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Fecha de publicación: 23/05/2026
Decreto Supremo que aprueba el Plan Estratégico Multisectorial que implementa la Política Nacional Multisectorial de Seguridad y Defensa Nacional al 2030

Conceden licencia con goce de haber a docente de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco para participar en evento a realizarse en Bolivia

UNIVERSIDAD NACIONAL

DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO

RESOLUCIÓN Nº CU-179-2026-UNSAAC

Cusco, 24 de abril del 2026

EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO

VISTO, el Oficio Nº 453-2026-FED-UNSAAC, signado con expediente Nº 26028074, presentado por el DR. LEONARDO CHILE LETONA, Decano de la Facultad de Educación de la Institución, solicitando se conceda licencia con goce de haber a favor de docente que se indica, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante documento de Visto, el Decano de la Facultad de Educación de la Institución, en atención a la carta s/n de fecha 23 de marzo de 2026 presentada por el Dr. Humberto Alzamora Flores, hace de conocimiento la gentil invitación cursada por el Director del Laboratorio de Física Atmosférica, Carrera de Física de la Universidad Mayor de San Andrés, de La Paz - Bolivia, a fin de que el referido docente participe en el curso “MÉTODOS, INSTRUMENTACIÓN Y ANÁLISIS ENFOCADOS AL MONITOREO ATMOSFÉRICO” que se llevará a cabo los días 30 de abril y 1 de mayo de 2026, en la Paz, Bolivia;

Que, el citado evento será impartido por reconocidos expertos internacionales procedentes de Europa y Estados Unidos; además, será oportunidad para visitar la Estación GAW Global Chacaltaya, intercambiar ideas y establecer vínculos de cooperación conjunta;

Que, por tal motivo, el Decano de la Facultad de Educación, solicita se conceda licencia con goce de haber a favor del DR. HUMBERTO ALZAMORA FLORES, profesor auxiliar a tiempo completo en el Departamento Académico y Facultad de Educación de la UNSAAC, a partir del 29 de abril de 2026 y por el término de cuatro (4) días, para participar en el curso denominado “MÉTODOS, INSTRUMENTACIÓN Y ANÁLISIS ENFOCADOS AL MONITOREO ATMOSFÉRICO”, a llevarse a cabo en la Paz - Bolivia; para lo cual solicita se otorgue pasajes aéreos y viáticos para cubrir los costos de alimentación y hospedaje;

Que, el Director del Departamento Académico de Educación, a través del Oficio Nº 030-2026-DAE/FED-UNSAAC, comunica que la Junta de Docentes del Departamento Académico de Educación de la Facultad de Educación, en sesión extraordinaria de fecha 30 de marzo de 2026, ha aprobado por unanimidad conceder licencia con goce de haber a favor del Dr. Humberto Alzamora Flores, así consta en el acta de sesión extraordinaria que obra en el expediente;

Que, el referido profesional ha cumplido con acreditar a las docentes que lo reemplazarán durante el período de duración de la licencia con goce de haber, conforme se verifica en la Carta s/n de fecha 25 de marzo de 2026 que obra en el expediente, con lo que garantiza la solución a la carga académica;

Que, mediante Oficio Nº 135-2026-VRAC-UNSAAC, el Vicerrector Académico de la Institución, tomando en cuenta las actuaciones administrativas precedentemente señaladas, emite opinión favorable para la concesión de licencia con goce de haber;

Que, conforme a lo señalado la jefa de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto expide el Informe de Disponibilidad de Crédito Presupuestario Nº 583-2026 indicando la afectación presupuestal para atender lo solicitado, conforme al anexo que forma parte presente resolución;

Que, obra en el expediente el Informe Escalafonario Nº 721-2026-SUEP-URH-DIGA/UNSAAC (VIRTUAL), a través del cual, la entonces jefe de la Sub Unidad de Escalafón y Pensiones da a conocer el resumen del vínculo laboral del Dr. Humberto Alzamora Flores;

Que, la petición, ha sido puesta a consideración del Consejo Universitario, en Sesión Ordinaria de fecha 22 de abril de 2026, siendo aprobada por unanimidad;

Que, a la fecha en lo concerniente a la ejecución de gasto público, está vigente la Ley Nº 32513 del Presupuesto del Sector Público del Año Fiscal 2026; especialmente la Ley que regula viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos Nº 27619, Reglamentado por el D.S. Nº 047-2002-PCM, de fecha 05 de junio de 2002; Normas Legales que establecen procedimientos rigurosos para dichos fines;

Que, al respecto el Art. 1º de la Ley 27619, ordena expresamente que los viajes al exterior de servidores de las Universidades Públicas, se autorizan mediante resolución de la más alta autoridad, asimismo el Art. 3º de la referida ley, señala que las resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano, con anterioridad al viaje;

Estando al acuerdo del Consejo Universitario y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley y el Estatuto Universitario;

RESUELVE:

Primero.- CONCEDER LICENCIA CON GOCE DE HABER a favor del DR. HUMBERTO ALZAMORA FLORES, profesor auxiliar a Tiempo Completo en el Departamento Académico de Educación de la Facultad de Educación de la UNSAAC, a partir del 29 de abril de 2026 y por el término de cuatro (4) días, a fin de participar en el curso denominado “MÉTODOS, INSTRUMENTACIÓN Y ANÁLISIS ENFOCADOS AL MONITOREO ATMOSFÉRICO”, a llevarse a cabo el 30 de abril y 01 de mayo de 2026, en la Universidad Mayor de San Andrés, La Paz - Bolivia.

Segundo.- DISPONER que la Dirección General de Administración de la Institución otorgue a favor del DR. HUMBERTO ALZAMORA FLORES lo siguiente:

– Apoyo económico traducido en dos (02) días de viáticos, en el importe de S/ 2,547.08 soles ($740=T.C. S/ 3.442 al 22/04 - SUNAT).

– Publicación en el diario oficial “El Peruano”.

– Pasajes Cusco - La Paz (Bolivia) - Cusco

Tercero.- El EGRESO que se origine por la aplicación de la presente resolución se atenderá con cargo al Informe de Disponibilidad de Crédito Presupuestario 583-2026, de acuerdo al anexo que forma parte de la presente Resolución.

Cuarto.- DISPONER, que la Unidad de Abastecimiento de la Dirección General de Administración, proceda a la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial “El Peruano”, de conformidad con lo establecido en el Art. 3º de la Ley 27619.

Quinto.- DEJAR ESTABLECIDA la obligación del comisionado de presentar ante la Dirección General de Administración, el Formato Nº 1 Declaración de Compromiso, asimismo está en la obligación de presentar ante la Dirección General de Administración, la rendición de cuenta documentada con los comprobantes de pago que constituya la sustentación de gasto (Facturas, Boletas de Venta y/o Electrónica, Tickets, Boletos de viaje y Declaración Jurada con carácter excepcional) siempre que no haga uso de la movilidad institucional, el comisionado deberá de sustentar con alimentación y alojamiento al 100% con comprobantes de pago, debidamente girados a nombre de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco, “UNSAAC”, por concepto de ALIMENTACIÓN Y ALOJAMIENTO; rendición de cuentas que debe ser presentada en el plazo de diez (10) días hábiles posteriores a la fecha de retorno, perdiendo el derecho luego del citado periodo y el Formato Nº 3 que deberá ser remitido de manera virtual al correo electrónico institucional área.integracióncontable@unsaac.edu_pe. el mismo día de la presentación de la documentación física, con el tenor “RENDICIÓN DE CUENTAS-RESOLUCIÓN Nº .... NOMBRE DEL BENEFICIARIO”, para cuyo efecto presentará los formatos Nros. 02, 03 y 04 aprobados mediante Resolución Nº CU-0309-2020-UNSAAC de fecha 10 de septiembre de 2020 proporcionados por la Subunidad de Tesorería de la Dirección General de Administración, igualmente presentará informe ante el DIGA y Despacho Rectoral, respectivamente.

Sexto.- DISPONER que al vencimiento del plazo establecido, la Dirección General de Administración, deberá comunicar, el incumplimiento a la Unidad de Recursos Humanos, para la correspondiente retención en Planilla Única de Pagos y demás acciones contempladas en el Numeral 6.1.6.3 de la DIRECTIVA PARA AUTORIZACIÓN DE VIAJES Y OTORGAMIENTO DE VIÁTICOS POR COMISIÓN DE SERVICIO DENTRO Y FUERA DEL PAÍS de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco, aprobada por Resolución Nº CU-0309-2020-UNSAAC.

El Vicerrectorado Académico, la Dirección General de Administración, la Unidad de Recursos Humanos, adoptarán las medidas complementarias del caso, para el cumplimiento de la presente Resolución.

Regístrese, comuníquese y archívese.

LAURO ENCISO RODAS

Rector

2510533-1