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Fecha de publicación: 28/04/2026
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Aceptan renuncia de fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de Madre de Dios

RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN

Nº 1204-2026-MP-FN

Lima, 27 de abril de 2026

VISTOS:

Los oficios Nºs. 000492 y 000824-2026-MP-FN-PJFSMADREDEDIOS, de fechas 2 de marzo y 16 de abril de 2026, respectivamente, e informe Nº 0263-2026-MP-FN-OREF-MYGL, de fecha 20 de abril de 2026, y;

CONSIDERANDO:

Mediante los oficios de vistos, cursados por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Madre de Dios, se eleva y otorga conformidad a la carta y escrito complementario presentados en fechas 2 de marzo y 16 de abril de 2026, respectivamente, suscritos por la abogada Ñaudelina Teresa Corimanya Calsin, fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de Madre de Dios, designada en la Fiscalía Provincial Mixta de Iberia, quien presenta su renuncia por motivos personales y de salud.

En su carta de renuncia y complemento, la citada abogada señala como fecha de último día de labores el 1 de marzo de 2026 y solicita la exoneración del plazo de anticipación previsto en la ley, cumpliendo así con los lineamientos establecidos en el oficio circular Nº 001-2022-MP-FN-PJFS, de fecha 20 de abril de 2022.

Con Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 1304-2013-MP-FN y 1805-2021-MP-FN, de fechas 14 de mayo de 2013 y 15 de diciembre de 2021, respectivamente, se resolvió nombrar a la abogada Ñaudelina Teresa Corimanya Calsin, como fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de Madre de Dios y designarla en la Fiscalía Provincial Mixta de Iberia; vigencia sujeta a lo dispuesto en la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024.

Del reporte de quejas y denuncias Nº 01100-2026-202000500, de fecha 20 de abril de 2026, emitido por la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, se advierte que la referida abogada registra veintiséis (26) quejas en trámite; asimismo, presenta sanciones, estas son dieciséis (16) amonestaciones, once (11) multas, dos (2) suspensiones y una (1) propuesta de destitución.

El numeral 3 del artículo 106 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, prevé que el cargo de fiscal termina, entre otros, por motivo de renuncia desde que es aceptada. El artículo 183 del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, establece que “el término de la carrera administrativa se expresa por resolución del titular de la Entidad o de quien esté facultado para ello, con clara mención de la causal que se invoca y los documentos que acrediten la misma” (aplicación supletoria al régimen especial de carrera de los señores fiscales).

El numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, establece que “la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopción”.

En virtud de la facultad concedida al Fiscal de la Nación, conforme al marco normativo antes citado y en mérito a lo señalado en el informe Nº 0263-2026-MP-FN-OREF-MYGL, de fecha 20 de abril de 2026, resulta necesario emitir el acto resolutivo que acepte la renuncia de la abogada Ñaudelina Teresa Corimanya Calsin, con eficacia anticipada a partir del 2 de marzo de 2026.

De conformidad con lo establecido en el artículo 64 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por la abogada Ñaudelina Teresa Corimanya Calsin, como fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de Madre de Dios, y a su designación en la Fiscalía Provincial Mixta de Iberia, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 1304-2013-MP-FN, 1805-2021-MP-FN y 2956-2024-MP-FN, de fechas 14 de mayo de 2013, 15 de diciembre de 2021 y 30 de diciembre de 2024, respectivamente, con eficacia anticipada a partir del 2 de marzo de 2026; sin perjuicio de las acciones legales que estuviesen pendientes, por las quejas o denuncias que pudiesen encontrarse en trámite.

Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento a la abogada Ñaudelina Teresa Corimanya Calsin que debe efectuar la entrega de cargo, conforme a lo dispuesto en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002.

Artículo Tercero.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Madre de Dios, Coordinador Nacional de las Fiscalías Penales de competencia de los Distritos Fiscales que integran el Grupo “A” y encargado de los Distritos Fiscales que integran el Grupo “B”, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Control de la Productividad Fiscal, Registro Nacional de Detenidos y Sentenciados a Pena Privativa de Libertad Efectiva, Oficina de Imagen Institucional y a la abogada mencionada.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Tomás Aladino Gálvez Villegas

Fiscal de la Nación

2510312-3