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Fecha de publicación: 26/04/2026
Designan Jefe de la Unidad de Tecnologías de la Información del Programa de Mejor Atención al Ciudadano – Programa MAC

Aprueban el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Bienes Incautados - PRONABI

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

N° 164-2026-JUS

Lima, 24 de abril de 2026

VISTOS, el Informe N° 0225-2026-JUS/PRONABI-CA y el Informe N° 124-2026-JUS/PRONABI-CE del Programa Nacional de Bines Incautados - PRONABI; el Informe N° 044-2026-OGPM-OOM, de la Oficina de Organización y Modernización de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, el Informe N° 0563-2026-JUS/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:

Que, la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, declara al Estado peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos; con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 011-2017-JUS se crea el Programa Nacional de Bienes Incautados – PRONABI, en el ámbito del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, y se establece que tiene por objeto recibir, registrar, calificar, custodiar, asegurar, conservar, administrar, arrendar, asignar en uso temporal o definitiva, gestionar la disposición y venta en subasta pública, los objetos, instrumentos, efectos y ganancias generadas por la comisión de delitos en agravio del Estado a que se refiere el Decreto Legislativo N° 1104, que modifica la legislación sobre pérdida de dominio;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 0143-2021-JUS, de fecha 26 de julio de 2021, se aprobó el Manual de Operaciones - MOP del Programa Nacional de Bienes Incautados;

Que, mediante Resolución de Secretaría General N° 0075-2023-JUS, de fecha 13 de julio de 2023, se aprobó el Mapa de Procesos del Programa Nacional de Bienes Incautados – PRONABI;

Que, el Decreto Legislativo N° 1104 fue derogado por el Decreto Legislativo N° 1373, Decreto Legislativo sobre extinción de dominio, el cual establece que el Programa Nacional de Bienes Incautados asume la administración de los bienes que se encuentran afectados con las medidas adoptadas en el marco de dicho dispositivo legal a nivel nacional, y los bienes sobre los cuales recaigan medidas cautelares y sentencias de extinción de dominio, así como respecto de activos repatriados al Estado peruano;

Que, mediante Decreto Supremo N° 001-2021-JUS se aprueban los Lineamientos para la administración y disposición de bienes a cargo del Programa Nacional de Bienes Incautados, en el marco del Decreto Legislativo N° 1373, Decreto Legislativo sobre extinción de dominio, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 007-2019-JUS, y dispone que el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos apruebe el nuevo Manual de Operaciones del PRONABI, agregando que el PRONABI apruebe las normas complementarias que desarrollen los procedimientos específicos y otros aspectos complementarios al referido Decreto Supremo;

Que, el artículo 53 de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por Decreto Supremo N° 054-2018-PCM y su modificatoria, establece que el Manual de Operaciones – MOP es el documento técnico normativo organizado que formaliza la estructura funcional de los programas y proyectos especiales,; en tanto que el artículo 54 del acotado dispositivo legal, señala que la estructura del Manual de Operaciones incluye: las disposiciones generales, la estructura, los procesos y el anexo que contiene el organigrama respectivo;

Que, asimismo, el numeral 55.1 del artículo 55 de los Lineamientos de Organización del Estado, dispone que la propuesta del Manual de Operaciones - MOP se sustenta en un informe técnico elaborado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto o la que haga sus veces, el cual justifica su estructura y los mecanismos de control y coordinación; y, en un informe legal elaborado por la Oficina de Asesoría Jurídica o la que haga sus veces, que valida la legalidad de las funciones sustantivas asignadas;

Que, mediante los documentos de vistos, la Coordinación Ejecutiva del PRONABI propone el Manual de Operaciones que desarrolla los aspectos necesarios acorde a las facultades señaladas en el Decreto Legislativo N° 1373, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2019-JUS, así como respecto de sus Lineamientos para la administración y disposición de bienes, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2021-JUS; el cual cuenta con la opinión favorable de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y la Oficina General de Asesoría Jurídica;

Que, por las consideraciones expuestas, resulta necesario expedir la Resolución Ministerial que aprueba el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Bienes Incautados - PRONABI;

Con las visaciones de la Coordinación Ejecutiva del Programa Nacional de Bienes Incautados, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; y, el Decreto Supremo N° 013-2017-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Bienes Incautados - PRONABI, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial N° 0143-2021-JUS que aprobó el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Bienes Incautados – PRONABI y la Resolución de Secretaría General N° 0075-2023-JUS que aprobó el Mapa de Procesos del Programa Nacional de Bienes Incautados - PRONABI;

Artículo 3.- Disponer que la presente Resolución Ministerial, el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Bienes Incautados - PRONABI y su Anexo se publiquen en sede digital del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (www.gob.pe/minjus), en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LUIS ENRIQUE JIMÉNEZ BORRA

Ministro

Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

2509868-1