Conceden licencia con goce de remuneraciones a magistrado para participar en actividades a realizarse en Bolivia
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
047-2026-P/TC
Lima, 24 de abril de 2026
VISTAS
La invitación de la presidenta del Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia de fecha 15 de abril de 2026; las comunicaciones electrónicas del director general de Administración y de la Secretaría General de la fecha; y,
CONSIDERANDO
Que, el secretario general informa que, en atención a la invitación cursada por la presidenta del Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia, el Pleno del Tribunal Constitucional, en su sesión del 24 de abril de 2026, acuerda la participación del señor vicepresidente Helder Domínguez Haro en las “Jornadas Nacionales para el descongestionamiento de causas en el Tribunal Constitucional Plurinacional” que se realiza el 29 de abril de 2026, en las instalaciones de la Universidad de Aquino Bolivia (UDABOL), y el 30 de abril de 2026, de la reunión de trabajo con el director del Centro de Formación de la Cooperación Española, instituciones domiciliadas en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, Bolivia;
Que, la participación de los funcionarios públicos en eventos que versan sobre importantes temas constitucionales a los que asisten magistrados de diferentes cortes internacionales estrecha lazos de colaboración, intercambio de experiencias y enriquece la labor jurisdiccional de nuestra institución, en aras de mejorar la calidad del servicio de impartición de justicia a la ciudadanía, por lo cual, se estima que la participación redunda en el mejoramiento de la jurisprudencia constitucional en nuestro país;
Que, el director general de Administración informa que la Oficina de Logística comunica la cotización de los pasajes aéreos y el seguro de viaje internacional; y la jefa de la Oficina de Finanzas determina el monto que por concepto de viáticos corresponde asignar al magistrado comisionado;
Que, el artículo 5 de la Ley 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establece que dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el comisionado deberá presentar ante el Pleno, un informe con el detalle de las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje en comisión de servicios que se autoriza;
Que, el artículo 4 del Decreto Supremo 047-2002-PCM señala que las resoluciones de autorizaciones de viaje deben publicarse en el diario oficial “El Peruano” con anterioridad al viaje;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley 28301, Ley Orgánica del Tribunal Constitucional; el Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional, aprobado por la Resolución Administrativa 095-2004-P/TC; la Ley 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; el Decreto Supremo 047-2002-PCM; el Decreto Legislativo 1440 y la Directiva de Otorgamiento de Pasajes y Viáticos para Comisiones de Servicios al Interior y Exterior del País, aprobada por Resolución de Dirección General 012-2019-DIGA/TC,
SE RESUELVE
Artículo Primero.- Conceder licencia con goce de remuneraciones al magistrado Helder Domínguez Haro del 29 de abril al 01 de mayo de 2026 para en comisión de servicios participe el 29 de abril de 2026 en las “Jornadas Nacionales para el descongestionamiento de causas en el Tribunal Constitucional Plurinacional” y el 30 de abril de 2026, en la reunión de trabajo con el director del Centro de Formación de la Cooperación Española, instituciones domiciliadas en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, Bolivia;
Artículo Segundo.- El cumplimiento de lo dispuesto en esta resolución irrogará egresos del presupuesto del Tribunal Constitucional según el siguiente detalle:
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COMISIONADO |
FECHA DE VIAJE |
PASAJE AÉREO SOLES S/ |
TARJETA DE SEGURO INTERNACIONAL SOLES S/ |
VIÁTICOS US$ AMÉRICA DEL SUR |
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Magistrado Helder Dominguez Haro |
29 de abril al 01 de mayo de 2026 |
4,160.00 |
129.50 |
740.00 |
Artículo Tercero.- La presente resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros, cualquiera fuera su denominación.
Artículo Cuarto.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de realizado el referido viaje, el magistrado comisionado debe informar al Pleno los resultados obtenidos con motivo de su participación en las actividades mencionadas, así como rendir cuenta a la Oficina de Finanzas de los viáticos asignados.
Artículo Quinto.- COMUNICAR la presente resolución al magistrado comisionado, a la Secretaría General y a la Dirección General de Administración.
Artículo Sexto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario oficial “El Peruano” y en el portal institucional (www.tc.gob.pe).
Regístrese, publíquese y comuníquese.
LUZ I. PACHECO ZERGA
Presidenta
Tribunal Constitucional
2509757-1